NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (29/09/2018)
CANTIDAD DE PAGINAS: 156
TEXTO PAGINA: 151
151 NORMAS LEGALES Sábado 29 de setiembre de 2018 El Peruano / administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de resoluciones de concejo. (…)”. Que, la atribución del Concejo Municipal, antes descrita se expresa a través de Ordenanzas Municipales conforme lo prescrito en el Art. 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal. (…) Mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley (…).” Que, en mérito a lo establecido en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades se establece en su Art. 9º, Inc. 8) es atribución del Concejo Municipal: “Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”. Que, mediante Proveído Nº 147-2018-MPCP- SES.ORD-GSG de fecha 07.09.2018, la Gerencia de Secretaría General se dirige a la Gerencia de Asesoría Jurídica comunicando que mediante Acuerdo Nº 147-2018 adoptado en Sesión Ordinaria Nº 018-2018-MPCP de fecha 06.09.2018, por Unanimidad de votos de sus miembros, el Concejo Municipal acordó: “APROBAR el Dictamen Nº 008-2018-MPCP-CR-CP-CPPRyDE de fecha 29.08.2018, emitido por la Comisión de Plani fi cación, Presupuesto, Rentas y Desarrollo Económico, Presidido por el Señor Regidor Lic. Adm. Cesar Augusto Palacios Herrera; el mismo que APRUEBA la “Ordenanza Municipal que otorga Bene fi cio de Descuento de Pago por Deudas Tributarias, derivadas de Papeletas de Infracción y Actas de Control” Que, por las consideraciones anteriormente expuestas, en uso de las facultades conferidas en el Art. 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y según lo señalado por el Acuerdo Nº 147-2018, adoptado por el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria Nº 018-2018-MPCP de fecha 06.09.2018. SE ORDENA APROBAR: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIO DE DESCUENTO DE PAGO POR DEUDAS NO TRIBUTARIAS DERIVADAS DE PAPELETAS DE INFRACCIÓN Y ACTAS DE CONTROL Artículo Primero: FINALIDAD La presente ordenanza tiene por fi nalidad establecer un régimen de bene fi cios no tributarios en favor de las personas naturales y jurídicas que registren deuda vencida por obligaciones no tributarias referidas a las papeletas de infracción al tránsito y actas de control, que se encuentran en cuentas pendientes. Artículo Segundo: ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente ordenanza Municipal establece en la Jurisdicción de la Provincia de Coronel Portillo. Artículo Tercero: APLICACIÓN DE BENEFICIO Los bene fi cios señalados solo se aplicarán sobre el valor total de la multa, cuando ha vencido el período de descuento de ley, luego de lo cual se procederá a aplicar el descuento respectivo conforme al cuadro de bene fi cios de descuentos. Artículo Cuarto: ACOGIMIENTO DEL BENEFICIO En caso el contribuyente se encontrase con expediente administrativo pendiente de trámite, presentado contra la infracción levantada, se dará por concluido el procedimiento administrativo sancionados respectivo. Artículo Quinto: VENCIMIENTO DE BENEFICIO Las deudas vencidas (prescritas y caducadas), y no pagadas dentro de la vigencia de la presente Ordenanza Municipal, perderán automáticamente los bene fi cios señalados de la presente a su vencimiento, por lo que su valor impago retornará a los montos y porcentajes establecidos en la escala de infracciones señaladas en los Reglamentos u Ordenanzas respectivas y se proseguirán con los procedimientos sancionados hasta llegar a la vía coactiva, para su cobro respectivo. Artículo Sexto: VEHÍCULOS EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL Los vehículos que se encuentran internadas en el Depósito Municipal serán exonerados de pago por concepto de guardianía, siempre y cuando sea por infracción al tránsito y transporte que se subsane los motivos que originaron el internamiento vehicular, y el pago se efectúe dentro del período de vigencia de la presente ordenanza. Artículo Séptimo: FORMA DE PAGO Para acogerse a la amnistía, el pago debe realizarse al contado sin fraccionamiento. Artículo Octavo: RÉGIMEN DE BENEFICIOS DE LA DEUDA NO TRIBUTARIA Los contribuyentes que se acojan a la presente ordenanza gozarán de los siguientes bene fi cios. 1. Papeletas de Infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito y Actas de Control emitidas hasta el 15 de agosto de 2018 (ver cuadro). Papeletas impuestas al REGLAMENTO NACIONAL DE TRÁNSITO (D.S. Nº 016-2009-MTC y sus modi fi catorias) TIPOS DE INFRACCIONESBENEFICIO DE DESCUENTOAÑO DE INFRACCIÓNBENEFICIO POR DESCUENTO POR GUARDIANÍA MUY GRAVESM.1 a 42 90%Emitidas hasta el 15 de agosto del 2018100%GRAVES G.1 a G.72 LEVES L.1 a L.8 Para Actas de Control emitidas hasta el 15 de agosto de 2018 (ver cuadro) TIPOS DE INFRACCIONESBENEFICIO DE DESCUENTOAÑO DE INFRACCIÓNBENEFICIO POR DESCUENTO POR GUARDIANÍA Nº 012- 2016-MPCP T.1 a T.44 80%Emitidas hasta el 15 de agosto de 2018100%Nº 005- 2011-MPCPQ.14 a Q.65 Q.1 a Q.13 Q.66 a Q.6790%Emitidas hasta el 15 de agosto de 2018 Artículo Noveno: La presente Ordenanza Municipal, entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación, conforme a la normatividad vigente, hasta el 31 de diciembre del 2018. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Deróguese o déjese sin efecto todas las normas o disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Segunda.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, pueda ampliar la vigencia de la presente ordenanza, en caso lo amerite o dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Transporte Urbano, la Sub Gerencia de Tránsito y Transporte, el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta.- ENCARGAR a la Imagen Institucional y Protocolo la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario El Peruano. Quinta.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de Información, la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo www.municportillo.gob.pe. Sexta.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General la noti fi cación y distribución (mediante correo electrónico institucional) de la presente Ordenanza. Séptima.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario El Peruano. Publíquese, difúndase, regístrese y cúmplase. ANTONIO MARINO PANDURO Alcalde 1696327-3