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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (29/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 145

145 NORMAS LEGALES Sábado 29 de setiembre de 2018 El Peruano / de aplicación de las ordenanzas, se sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 367/MDSM publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 31 de agosto del 2018, se aprobaron disposiciones para el pago de deudas tributarias vencidas en el Distrito de San Miguel; Que, la vigencia de la Ordenanza Nº 367/MDSM se encuentra establecida hasta el 29 de setiembre; por lo que, siendo política de ésta entidad brindar mayores bene fi cios a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones, resulta necesario prorrogar su vigencia; Que, estando a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo 1º.- PRORROGAR los alcances de la Ordenanza Nº 367/MDSM hasta el 31 de octubre del 2018, conforme a lo establecido en el presente Decreto. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, y a las Gerencias de Administración y Finanzas y Rentas y Administración Tributaria a través de las subgerencias a su cargo, así como a las Gerencias de Calidad de Servicios, Presupuesto y Planeamiento y Tecnologías de la Información y Comunicaciones el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo 3º.- PUBLICAR el presente decreto en el Diario O fi cial El Peruano y, en simultáneo en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS TAKAHESU UECHI RegidorEncargado del Despacho de Alcaldía 1696942-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO Aprueban actualización del Plan Integral de Gestión Ambiental de los Residuos Sólidos (PIGARS) de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2018-MPCP Pucallpa, 5 de setiembre de 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO POR CUANTO:El Concejo Municipal de la Provincia de Coronel Portillo, en Sesión Ordinaria Nº 017-2018-MPCP de fecha 03.09.2018, en el cual se aprobó el Acuerdo Nº 138-2018 referente al Expediente Interno Nº 23554-2018; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 387-2018-MPCP- GSPyGA-SGLP de fecha 15.05.2018, la Sub Gerencia de Limpieza Pública remite un Informe Técnico indicando que habiéndose aprobado el Plan Integral de Gestión Ambiental de los Residuos Sólidos (PIGARS) de la ciudad de Pucallpa mediante Ordenanza Municipal Nº 020-2005-MPCP de fecha 10.11.2005 y, siendo que la administración actual ha venido desarrollando importantes acciones integrales en torno a la solución de la problemática de los residuos sólidos, es necesario la urgente actualización del PIGARS en donde las metas y acciones se han reprogramado tomado en cuenta lo avanzado hasta la fecha y lo que se tiene pendiente por realizar. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades se establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el PIGARS aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 020-2005-MPCP con fecha 10.11.2005, constituye un instrumento de gestión ambiental de residuos sólidos para Gobiernos Locales, establecido por el Decreto Legislativo Nº 1278 – Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, que tiene como fi nalidad su manejo integral y sostenible, mediante la articulación, integración, compatibilización de las políticas, planes, programas, estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestión y el manejo de los residuos sólidos, aplicando los lineamientos de política correspondientes. Que, uno de los roles de las municipalidades en materia de minimización de los Residuos Sólidos, es promover e implementar progresivamente programas de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción, facilitando la valorización de los residuos y asegurando una disposición fi nal técnicamente adecuada, conforme al inciso 24.2) literal d) del artículo 24º del Decreto Legislativo Nº1278 - Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos. Que, el artículo 23º literal “a” del Decreto Legislativo Nº1278 - Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, estipula que: “Las Municipalidades Provinciales son competentes para: a) Plani fi car y aprobar la gestión integral de los residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción, a través de los Planes Provinciales de Gestión Integral de Residuos Sólidos, (PIGARS) los cuales deben identi fi car los espacios geográ fi cos para la ubicación de las infraestructuras de residuos, compatibilizando los planes de manejo de residuos sólidos de sus distritos y centros poblados menores, con las políticas de desarrollo local y regional y con sus respectivos Planes de Acondicionamiento Territorial y de Desarrollo Urbano, Planes de Desarrollo Regional Concertados y demás instrumentos de plani fi cación nacionales, regionales y locales.” Que, respecto a la formalidad que requieren la aprobación de este trámite, este Despacho comunica que en mérito a lo establecido en el Art. 9º numeral 7) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal: “Aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el Sistema de Gestión Ambiental Nacional y Regional”. Que, estando a lo expuesto y a las normas legales glosadas, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por Unanimidad de votos aprobó la siguiente ordenanza municipal: ORDENANZA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS (PIGARS) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO Artículo Primero.- APROBAR la actualización del PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS (PIGARS) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR las disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General la Distribución y Noti fi cación de la Presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Imagen Institucional y Protocolo la publicación de la presente Ordenanza, conforme los lineamientos de la