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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (29/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 140

140 NORMAS LEGALES Sábado 29 de setiembre de 2018 / El Peruano Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones 1696334-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Aprueban convocatoria a la Primera Audiencia Pública Regional - 2018 DECRETO REGIONAL Nº 001-2018- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR La Gobernación Regional Amazonas Ha emitido el Decreto Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional Amazonas, es una persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de competencia, con jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales y que tiene como fi nalidad esencial, fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública, privada y el empleo, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, según lo dispuesto por el Artículo 24º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado con Ley Nº 27902, “El Gobierno Regional realizará como mínimo dos audiencias públicas regionales al año, una en la capital de la región y otra en una provincia, en la que dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo”. Que, con Ordenanza Regional Nº 367-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, se aprobó el reglamento que norma la realización de las Audiencias Públicas 2015-2018, en el Gobierno Regional Amazonas, el mismo que precisa en su art. 15º, que “La convocatoria a las Audiencias Públicas Regionales será efectuada por el Presidente Regional mediante Decreto Regional, precisando lugar, día, hora, con una anticipación no menor de veinte (20) días antes de la realización de la misma. Decreto Regional que se publicará en el diario ofi cial o en el de mayor circulación nacional”, por lo que estando a lo normado, se debe emitir el Decreto Regional correspondiente. Con la visación de la O fi cina Regional de Asesoría Regional de Asesoría Jurídica, en uso de las atribuciones conferidas a este Despacho mediante Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 27902. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR, la convocatoria a la PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA REGIONAL - 2018, en la que el Gobierno Regional Amazonas, dará cuenta de los logros y avances alcanzados, la misma que se realizará en: LOCALIDAD : Luya, Distrito de Luya – Provincia de LuyaLUGAR : Coliseo Cerrado “GRAN CHILLAOS” – Jr. Diego Morí Zuta Nº 445 DÍA : Jueves 25 de octubre de 2018HORA : 09:30 a.m Artículo Segundo.- NOTIFÍQUESE, el presente Decreto Regional a las instancias Internas y Órganos descentralizados y desconcentrados del Gobierno Regional Amazonas, así como, publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano. Aprobado y suscrito en San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los 24 días del mes de setiembre del 2018. GILMER W. HORNA CORRALES Gobernador Regional 1696320-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 473-MDA, que establece beneficio de condonación de deudas tributarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 033-2018/MDA Ate, 27 de septiembre de 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; la Ordenanza Nº 473-MDA que establece el Bene fi cio de Condonación de Deudas Tributarias; el Informe Nº 0075-2018-MDA-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria; el Proveído Nº 1234-2018-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 42º, señala que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 473-MDA, de fecha 26 de julio del 2018, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”, el 02 de agosto del 2018, se estableció un régimen de bene fi cios tributarios, a favor de las personas naturales y jurídicas, con el objeto de incentivar la regularización de sus obligaciones, generadas hasta la entrada en vigencia de la presente norma, que se encuentren pendientes de pago en la vía ordinaria o coactiva; Que, la Ordenanza Municipal antes indicada, en su Cuarta Disposición Complementaria, faculta al señor Alcalde para que dicte normas complementarias si fuera necesario, así como la prórroga por medio de Decreto de Alcaldía, de la vigencia del bene fi cio otorgado a través de la referida Ordenanza, para lo cual deberá contar con el informe previo de la Gerencia de Administración Tributaria y con cargo a dar cuenta al Concejo de esta Comuna; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 032-2018/ MDA, de fecha 12 de setiembre del 2018 y publicado en el Diario O fi cial “El Peruano”, el 14 de setiembre del 2018, se prorrogó los bene fi cios establecidos en la Ordenanza Nº 473-MDA, hasta el 29 de setiembre del 2018; Que, mediante Informe Nº 0075-2018-MDA-GAT, la Gerencia de Administración Tributaria considera pertinente el otorgamiento de mayores facilidades a