Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2019 (02/04/2019)


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NORMAS LEGALES

Martes 2 de abril de 2019 /

El Peruano

de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Sexto.- DEJAR SIN EFECTO cualquier otra norma que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Sétimo.- ENCARGAR la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano a la Oficina de Secretaría General y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico su publicación en la página web de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. C. KEVIN YÑIGO PERALTA Alcalde 1755633-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2020
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 129-2019-ALC/MDLP La Perla, 28 de marzo del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: Que, el Informe Nº 044-2019-GGA-MDLP, de fecha 28 de marzo de 2019, de la Gerencia de Gestión Ambiental, a fs. 23, el memorándum 543-2019-GMMDLP, de fecha 28 de marzo de 2019, del Gerente Municipal, a fs. 24, el Proveído Nº 081-2019-GPPMDLP, de fecha 28 de marzo de 2019 de la Gerente de Planificación y Presupuesto; a fs. 24 el Informe Nº 026-2019-SGP-GPP-MDLP, de fecha 28 de marzo de 2019 de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; a fs. 28, el Informe Nº 053-2019-GPP/MDLP, de fecha 28 de marzo de 2018, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; a fs. 31, y el Informe Nº 319-2019-GAJMDLP, de fecha 28 de marzo de 2019 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; a fs. 35, que sustenta el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental de la Municipalidad de La Perla para el año 2020; y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305 (Ley de Reforma Constitucional) concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, las Municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que de conformidad con el numeral 22) del Artículo 2º, los numerales 1, 6 y 8 del Artículo 195º y el Artículo 1970 de la Constitución Política del Perú; los Gobiernos Locales son competentes para aprobar su organización interna y su prepuesto, promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, Desarrollan y regulan actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente y sustentabilidad de los recursos naturales, el desarrollo integral a fin de garantizar el derecho de las personas a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, una de las funciones específicas y exclusivas de las Municipalidades Distritales, es la protección y conservación ambiental, en cumplimiento de lo dispuesto

en el numeral 3, del Artículo 73º de la Ley Nº 27972, "Ley Orgánica de Municipalidades"; Que, mediante Resolución de Presidencia del Concejo Directivo Nº 026 - 2016 - OEFA/CD, modifica la Resolución de Presidencia del Concejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/ CD, que aprueba los "Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­PLANEFA"; Que, la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, se otorga al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA, ser ente rector del citado sistema, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de las personas naturales y jurídicas; Que, conforme lo señala la Resolución Directivo Nº 004-2014-OEFA/CD, para la formulación, ejecución y evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA, el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental 2019 de la Municipalidad de La Perla deberá ser aprobado mediante Resolución de Alcaldía; Que, el Informe Nº 044-2019-GGA-MDLP, de fecha 28 de marzo de 2019, de la Gerencia de Gestión Ambiental, donde remite al Gerente Municipal para que prosiga el trámite y se emita el acto resolutivo para su aprobación del instrumento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA; Que, el memorándum 543-2019-GM-MDLP, de fecha 28 de marzo de 2019, del Gerente Municipal, corre traslado el expediente a la Gerencia de Planificación y Presupuesto, para su respectivo informe para la Aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental del Año 2020 y lo eleve a la Gerencia de Asesoría Jurídica, para su respectiva opinión Legal; Que, con Proveído Nº 081-2019-GPP-MDLP, de fecha 28 de marzo de 2019 de la Gerente de Planificación y Presupuesto, remite el expediente a la Sub Gerencia de Planeamiento, para su atención correspondiente sobre la Aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental del Año 2020; Que, el Informe Nº 026-2019-SGP-GPP-MDLP, de fecha 28 de marzo de 2019 de la Sub Gerencia de Planeamiento, emite informe al Gerente de Planificación y Presupuesto, concluyendo que el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental del Año 2020; se encuentra acorde marco Legal y a las normas legales; Que, el Informe Nº 053-2019-GPP/MDLP, de fecha 28 de marzo de 2018, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; le remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica, informándole que el Proyecto del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental del Año 2020, cuenta con disponibilidad Presupuestal; Que el Informe Nº 319-2019-GAJ-MDLP, de fecha 28 de marzo de 2019 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite informe dando viabilidad al Proyecto del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental de la Municipalidad de La Perla para el año 2020; y; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del artículo 20º y Art.43º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el PLAN ANUAL DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL PLANEFA - 2020 de la Municipalidad Distrital de La Perla, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Ambiental el cumplimiento de la presente Resolución, derivándose a la Sub Gerencia de Tecnología de la información, para su respectiva publicación en la página web de la Entidad (www.munilaperla.gob.pe) y el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístre, comuníquese y cúmplase. ANIBAL NOVILO JARA AGUIRRE Alcalde 1755502-1

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