Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2019 (14/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Domingo 14 de abril de 2019 /

El Peruano

Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, señala que es función de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del MINEDU, promover la revisión periódica de las normas técnicas sectoriales y participar en su actualización, en coordinación con las Unidades Formuladoras, Unidades Ejecutoras de Inversiones y los órganos técnicos normativos competentes, de acuerdo a la tipología de proyectos de inversión, cuando corresponda; Que, el numeral 5.3 de la Directiva N° 023-2013-MINEDU/ SG-OAJ, denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de dispositivos normativos y actos resolutivos en el Ministerio de Educación", aprobada por la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED, establece que las Normas Técnicas se definen como el Documento Normativo que describe de manera detallada la ejecución de un proceso, actividad u otras disposiciones de similar naturaleza, que permitan cumplir un fin específico, en el marco de los objetivos del Sector Educación; las cuales pueden ser de naturaleza permanente o temporal y son de cumplimiento obligatorio para quienes así se establezca expresamente; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 279-2018-MINEDU, publicada el 22 de noviembre de 2018, en el Diario Oficial "El Peruano", se autorizó la difusión del proyecto de Norma Técnica "Criterios de Diseño para Locales Educativos de Primaria y Secundaria", su exposición de motivos y la descripción de los temas que involucra dicho proyecto de Norma Técnica, a efectos de recibir los comentarios que las personas o entidades públicas y/o privadas interesadas formulen; en el marco del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Que, mediante el Oficio N° 723-2019-MINEDU/VMGIDIGEIE la DIGEIE traslada al Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del MINEDU el Informe N° 032-2019-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DINOR emitido por la DINOR, a través del cual sustenta que se apruebe y autorice la publicación del proyecto de Norma Técnica "Criterios de Diseño para Locales Educativos de Primaria y Secundaria"; y solicita su aprobación y publicación, el cual fue suscrito en señal de conformidad de manera conjunta con las siguientes unidades orgánicas del MINEDU: DIGEIE, la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), el Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED), la Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD), la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación (DITE), la Unidad de Programación e Inversiones (UPI), la Dirección de Planificación de Inversiones (DIPLAN) y OPMI; ello conforme a lo requerido en el literal a) del numeral 6.4.1 de la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ aprobada por la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED; Con el visado del Viceministerio de Gestión Pedagógica, la Secretaría de Planificación Estratégica, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, la Unidad de Planificación e Inversiones, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación, la Dirección General de Infraestructura Educativa, la Dirección de Normatividad de Infraestructura, la Dirección de Planificación de Inversiones, la Dirección General de Educación Básica Regular, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, la Dirección General de Desarrollo Docente, la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación, el Programa Nacional de Infraestructura Educativa, y la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; la Resolución Ministerial N° 735-2018-MINEDU y su modificatoria; la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED; y la Resolución de Secretaría General Nº 279-2018-MINEDU;

SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Criterios de Diseño para Locales Educativos de Primaria y Secundaria", que como anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que con la aprobación de la Norma Técnica "Criterios de Diseño para Locales Educativos de Primaria y Secundaria" queda derogada la Resolución Jefatural N° 338-INIED-83 que aprobó las "Normas Técnicas de Diseño para Centros Educativos Urbanos ­ Educación Primaria ­ Educación Secundaria". Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de Infraestructura Educativa, en coordinación con la Dirección de Normatividad de Infraestructura y los órganos que resulten competentes, realice de manera oportuna la difusión y supervisión de la aplicación de la Norma Técnica a la que hace referencia el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. GUIDO ALFREDO ROSPIGLIOSI GALINDO Viceministro de Gestión Institucional 1760462-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote X
DECRETO SUPREMO Nº 011-2019-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es política del Estado Peruano promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, conforme lo establece el literal b) del artículo 6 concordado con el articulo 9 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, PERUPETRO S.A. se encuentra facultada a negociar, celebrar y supervisar, en su calidad de Contratante, los Contratos de Licencia, Contratos de Servicios y otras modalidades de contratación autorizadas por el Ministerio de Energía y Minas, para la realización de actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos; Que, mediante Decreto Supremo N° 015-94-EM, se aprueba el Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote X ubicado entre las provincias de Contralmirante Villar en el departamento de Tumbes y la provincia de Talara en el departamento de Piura, entre PERUPETRO S.A. y PETRÓLEOS DEL PERÚ S.A. -PETROPERÚ S.A.; Que, medíante Decreto Supremo N° 033-96-EM, se aprueba la modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote X, modificándose la conformación, extensión y delimitación del Lote X incorporándose las áreas de El Alto y Los Órganos; Que, mediante Decreto Supremo N° 042-96-EM, se aprueba la cesión total de participación en el Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote X, por parte de PETROPERÚ S.A. a favor de la empresa PEREZ COMPANC DEL PERÚ S.A; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2000-EM de fecha 10 de abril de 2000, se aprobó la modificación del

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