Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2019 (14/04/2019)


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NORMAS LEGALES

Domingo 14 de abril de 2019 /

El Peruano

Transportes, que tiene como objetivo coordinar, proponer y realizar las acciones necesarias para la implementación del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, bajo la competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conformado, entre otros, por un/a Coordinador/a de Carreteras y un/a Coordinador/a de Monitoreo, Seguimiento y Supervisión, que son designados/as mediante Resolución Ministerial; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 782-2018 MTC/01 del 09 de octubre de 2018, se designa al señor Hermes Roberto Mosqueira Ramírez como Coordinador de Monitoreo, Seguimiento y Supervisión del Equipo de Trabajo; asimismo, mediante la Resolución Ministerial N° 040-2019 MTC/01 del 28 de enero de 2019, se designa al señor Abel Francisco Ticllacuri Romero como Coordinador de Carreteras del Equipo de Trabajo, las mismas que se han visto por conveniente dar por concluidas; Que, en este sentido, resulta necesario, designar al/ la Coordinador/a de Carreteras, y al/la Coordinador/a de Monitoreo, Seguimiento y Supervisión, del Equipo de Trabajo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 145-2019 MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones efectuadas mediante Resoluciones Ministeriales N° 7822018 MTC/01 y N° 040-2019 MTC/01, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a los/las señores/as, como coordinadores/as del Equipo de Trabajo "Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones"; conforme al siguiente detalle: Hermes Roberto Coordinador de Carreteras del Equipo de Trabajo Mosqueira Ramírez "Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones". Sully Maribett Coordinadora de Monitoreo, Seguimiento y Cabello Supervisión del Equipo de Trabajo "Equipo Rivadeneyra Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones". Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1760599-3

Multimodal, y el Informe Nº 095-2019-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en adelante la Ley, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, el literal a) del artículo 16 de la Ley, establece que el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, en adelante, MTC, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, siendo competente para dictar los Reglamentos Nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito; Que, el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009MTC, en adelante, el RENAT, tiene por objeto regular el servicio de transporte terrestre de personas y mercancías de conformidad con los lineamientos previstos en la Ley; Que, el Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, en adelante el RNV, tiene por objeto establecer los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0172008-MTC, tiene por objeto regular la Placa Única Nacional de Rodaje, como elemento de identificación vehicular durante la circulación de los vehículos por las vías públicas terrestres, estableciendo su clasificación y características, así como los procedimientos para su manufactura, obtención y expedición, conforme a los lineamientos establecidos en la Ley; Que, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, mediante Memorándum Nº 180-2019MTC/18, sustentado en el Informe Nº 095-2019-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial, propone la modificación de diversos aspectos normativos del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, del Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, y del Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-MTC, con la finalidad de regular e introducir cambios en los citados Reglamentos para optimizar los procedimientos para los servicios de transporte, que permitan una mejor aplicación de las disposiciones legales en beneficios del usuario, así como corregir aspectos que incidirán en la mejora de la fiscalización a los prestadores del servicio de transporte especial de personas en la modalidad de transporte turístico; Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009JUS, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Oficial "El Peruano", en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, el numeral 5.1 de la Directiva N° 010-2018MTC/01, Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos, aprobada por Resolución Ministerial N° 977-2018-MTC/01, establece que mediante resolución ministerial publicada en el Diario Oficial El Peruano se dispone la difusión de todo proyecto normativo de carácter general, en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones o mediante cualquier otro medio, por un plazo no menor de diez (10) días hábiles, salvo que por mandato legal expreso se establezca un plazo diferente; Que, en consecuencia, es necesario disponer la publicación del referido proyecto normativo en el

Disponen la publicación en el portal institucional del Ministerio de proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, Reglamento Nacional de Vehículos, Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje y establece otras disposiciones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 278-2019 MTC/01.02 Lima, 12 de abril de 2019 VISTOS: El Memorándum Nº 180-2019-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte

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