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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (27/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Sábado 27 de abril de 2019 / El Peruano prohibiciones de las leyes anuales de presupuesto, que impiden la contratación inde fi nida y el nombramiento, será posible, de manera excepcional y obedeciendo a causas debidamente justi fi cadas, que las entidades del Sector Público contraten Auxiliares Coactivos mediante el régimen laboral del Contrato Administrativo de Servicios; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 165-2019/ MINSA, de fecha 18 de febrero de 2019, se encargó a la abogada Katia María del Carmen Núñez Mariscal, las funciones de Auxiliar Coactivo de la O fi cina de Cobranzas y Ejecución Coactiva de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Salud, en adición a sus funciones de Ejecutora Coactiva de la citada O fi cina; Que, mediante los documentos de Visto, se informa que el abogado Carlos Alberto Jacobo Huavil fue seleccionado como Auxiliar Coactivo (CAP – P N° 550) de la Ofi cina de Cobranzas y Ejecución Coactiva de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Salud, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios -CAS, regulado mediante el Decreto Legislativo N° 1057, como resultado del Proceso CAS N° 003-2019; Que, en tal sentido, conforme a la opinión emitida por la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y la normativa señalada en los considerandos precedentes, resulta necesario emitir la presente Resolución que formalice la designación del Auxiliar Coactivo de la O fi cina de Cobranzas y Ejecución Coactiva de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Salud; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la O fi cina General de Administración, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General, y; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27204, Ley que precisa que los cargos de ejecutor y de auxiliar coactivo no son cargos de con fi anza; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cada por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la encargatura de la abogada Katia María del Carmen Núñez Mariscal, efectuada mediante Resolución Ministerial N° 165-2019/MINSA, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al abogado Carlos Alberto Jacobo Huavil, como Auxiliar Coactivo (CAP – P N° 550) de la O fi cina de Cobranzas y Ejecución Coactiva de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1764372-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban Reglamento Interno de Servidores Civiles del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DEL SECRETARIO GENERAL N° 014-2019-TR/SG Lima, 25 de abril de 2019VISTO: El Informe N° 060-2018-MTPE/4/12 y el Memorando N° 205-2019-MTPE/4/12, ambos documentos emitidos por la O fi cina General de Recursos Humanos, el Memorando N° 262-2019-MTPE/4/9 de la O fi cina de General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 984-2019-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo II del Título preliminar de la Ley del Servicio Civil, Ley Nº 30057 y modi fi catorias, dispone como fi nalidad de la referida Ley que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de e fi cacia y efi ciencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor Servicio Civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran; Que, el artículo 129 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, , Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modi fi catorias, establece que todas las entidades públicas están obligadas a contar con un único Reglamento Interno de los Servidores Civiles – RIS, el cual tiene como fi nalidad establecer condiciones en las cuales debe desarrollarse el servicio civil en la entidad, señalando los derechos y obligaciones del servidor civil y la entidad pública, así como las sanciones en caso de incumplimiento; Que, la de fi nición contenida en el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR y modi fi catoria; dispone, entre otros, que el Secretario General es la máxima autoridad administrativa del Ministerio; Que, mediante el literal b) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 004-2019-TR, establece que: “El Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo tiene la facultad de aprobar, modi fi car, derogar (…) actos de administración interna; Que, el literal a) del artículo 40 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, del Decreto Supremo Nº 004-2014-TR y modi fi catoria, establece como función de la Ofi cina General de Recursos Humanos diseñar, proponer y ejecutar las políticas referidas a la gestión y desarrollo de los recursos humanos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, a través del Informe Nº 060-2018-MTPE/4/12 y del Memorando N° 205-2019-MTPE/4/12, propone la aprobación de un nuevo Reglamento Interno de los Servidores Civiles del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, así como la derogación de la la Resolución del Secretario General Nº 208-2016-TR/SG, de fecha 11 de julio de 2016; Que, mediante el Memorando N° 262-2019-MTPE/4/9 de la O fi cina de General de Planeamiento y Presupuesto, se emite opinión favorable a lo solicitado por la O fi cina General de Recursos Humanos; Con las visaciones de las O fi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, Recursos Humanos y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y modi fi catorias; Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modi fi catoria; y, con las facultades delegadas por el literal b) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 004-2019-TR; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Interno de Servidores Civiles (RIS) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que consta de dieciséis (16) Capítulos, ochenta y siete (87) artículos y seis (6)