Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2019 (27/04/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de abril de 2019 /

El Peruano

prohibiciones de las leyes anuales de presupuesto, que impiden la contratación indefinida y el nombramiento, será posible, de manera excepcional y obedeciendo a causas debidamente justificadas, que las entidades del Sector Público contraten Auxiliares Coactivos mediante el régimen laboral del Contrato Administrativo de Servicios; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 165-2019/ MINSA, de fecha 18 de febrero de 2019, se encargó a la abogada Katia María del Carmen Núñez Mariscal, las funciones de Auxiliar Coactivo de la Oficina de Cobranzas y Ejecución Coactiva de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, en adición a sus funciones de Ejecutora Coactiva de la citada Oficina; Que, mediante los documentos de Visto, se informa que el abogado Carlos Alberto Jacobo Huavil fue seleccionado como Auxiliar Coactivo (CAP ­ P N° 550) de la Oficina de Cobranzas y Ejecución Coactiva de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios -CAS, regulado mediante el Decreto Legislativo N° 1057, como resultado del Proceso CAS N° 003-2019; Que, en tal sentido, conforme a la opinión emitida por la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y la normativa señalada en los considerandos precedentes, resulta necesario emitir la presente Resolución que formalice la designación del Auxiliar Coactivo de la Oficina de Cobranzas y Ejecución Coactiva de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Administración, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General, y; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27204, Ley que precisa que los cargos de ejecutor y de auxiliar coactivo no son cargos de confianza; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificada por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la encargatura de la abogada Katia María del Carmen Núñez Mariscal, efectuada mediante Resolución Ministerial N° 165-2019/ MINSA, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al abogado Carlos Alberto Jacobo Huavil, como Auxiliar Coactivo (CAP ­ P N° 550) de la Oficina de Cobranzas y Ejecución Coactiva de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1764372-1

el Memorando N° 262-2019-MTPE/4/9 de la Oficina de General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 984-2019-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título preliminar de la Ley del Servicio Civil, Ley Nº 30057 y modificatorias, dispone como finalidad de la referida Ley que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor Servicio Civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran; Que, el artículo 129 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, , Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modificatorias, establece que todas las entidades públicas están obligadas a contar con un único Reglamento Interno de los Servidores Civiles ­ RIS, el cual tiene como finalidad establecer condiciones en las cuales debe desarrollarse el servicio civil en la entidad, señalando los derechos y obligaciones del servidor civil y la entidad pública, así como las sanciones en caso de incumplimiento; Que, la definición contenida en el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014TR y modificatoria; dispone, entre otros, que el Secretario General es la máxima autoridad administrativa del Ministerio; Que, mediante el literal b) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 004-2019-TR, establece que: "El Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo tiene la facultad de aprobar, modificar, derogar (...) actos de administración interna; Que, el literal a) del artículo 40 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, del Decreto Supremo Nº 0042014-TR y modificatoria, establece como función de la Oficina General de Recursos Humanos diseñar, proponer y ejecutar las políticas referidas a la gestión y desarrollo de los recursos humanos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, la Oficina General de Recursos Humanos, a través del Informe Nº 060-2018-MTPE/4/12 y del Memorando N° 205-2019-MTPE/4/12, propone la aprobación de un nuevo Reglamento Interno de los Servidores Civiles del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, así como la derogación de la la Resolución del Secretario General Nº 208-2016-TR/SG, de fecha 11 de julio de 2016; Que, mediante el Memorando N° 262-2019-MTPE/4/9 de la Oficina de General de Planeamiento y Presupuesto, se emite opinión favorable a lo solicitado por la Oficina General de Recursos Humanos; Con las visaciones de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, Recursos Humanos y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y modificatorias; Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modificatoria; y, con las facultades delegadas por el literal b) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 004-2019TR; SE RESUELVE:

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban Reglamento Interno de Servidores Civiles del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DEL SECRETARIO GENERAL N° 014-2019-TR/SG Lima, 25 de abril de 2019 VISTO: El Informe N° 060-2018-MTPE/4/12 y el Memorando N° 205-2019-MTPE/4/12, ambos documentos emitidos por la Oficina General de Recursos Humanos,

Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Interno de Servidores Civiles (RIS) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que consta de dieciséis (16) Capítulos, ochenta y siete (87) artículos y seis (6)

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