Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2019 (15/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES
RESUELVE:

Jueves 15 de agosto de 2019 /

El Peruano

Autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura de agencia en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 3560-2019 Lima, 7 de agosto de 2019 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se autorice la apertura de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que el referido Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D"; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 1678-2018 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013.

Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura de una (01) agencia, según se indica: · Agencia Tienda Camacho, situada en Av. Circunvalación del Golf Los Incas 134, Oficina 1501, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1797090-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
Concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en los meses de abril y mayo de 2019
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 239 -2019-GRL-GRDE-DREM Huacho, 5 de agosto de 2019

COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS
REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las diversas entidades públicas que a partir del 1 de octubre del año 2018, para efecto de la publicación de sus dispositivos en la separata de normas legales, que contengan o no anexos, se está tomando en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá de lunes a viernes, en el horario de 9.00 am a 5.30 pm. La solicitud de publicación deberá adjuntar los dispositivos legales refrendados por el funcionario acreditado con registro de firma ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales. 2. Para todo dispositivo legal, tenga o no anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que nos entregan para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 3. Toda solicitud de publicación deberá adjuntar obligatoriamente la respectiva "unidad de almacenamiento" o enviar el archivo correspondiente al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 4. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado como hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justificar. El texto en formato Word y si incluye gráficos, deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises, cuando corresponda. 5. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación final. 6. Este comunicado rige para las entidades públicas que actualmente no hacen uso del Portal de Gestión de Atención al Cliente ­ PGA, el cual consiste en un sistema de solicitud de publicación de normas legales online (www.elperuano.com.pe/pga).

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