Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2019 (03/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Martes 3 de diciembre de 2019 /

El Peruano

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento y sus modificatorias, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE; y la Resolución de Consejo Directivo N° 18-2019-OTASS/CD, que aprueba la Directiva N° 02-2019-OTASS/CD, Directiva que establece el Procedimiento para la Aprobación, Seguimiento, Monitoreo, Liquidación y Evaluación de las Transferencias Financieras que realiza el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento a favor de las Empresas Prestadoras Públicas de Accionariado Municipal; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de San Martín Sociedad Anónima. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 207-UE 001 1589: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento ­ OTASS, hasta por la suma de S/ 1 118 787,00 (Un millón ciento dieciocho mil setecientos ochenta y siete con 00/100 soles), con cargo a los recursos asignados a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de San Martín Sociedad Anónima, destinada a financiar una (01) Ficha Técnica detallada en el Anexo de la presente Resolución, en el marco del proceso de integración de las áreas urbanas del distrito de Tocache de la provincia de Tocache, Región San Martín, al ámbito de responsabilidad de la empresa prestadora. Artículo 2. Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2019, de la Sección Primera: Gobierno Central, del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento ­ OTASS, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Actividad 5006196: Asistencia Técnica y Financiera a los Prestadores, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución deberán ser destinados exclusivamente, bajo responsabilidad, a los fines para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Ejecución oportuna y eficiente Corresponde a la Dirección de Operaciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento coordinar y apoyar la ejecución oportuna y eficiente de los recursos de la transferencia autorizada mediante el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 5.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.otass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR ANDRÉS PASTOR PAREDES Director Ejecutivo

ANEXO ESTRUCTURA DE FINANCIAMIENTO DE CONVENIO Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de San Martín Sociedad Anónima ­ EMAPA SAN MARTÍN S.A.
N° CÓDIGO DE FICHA NOMBRE DE LA ACCIÓN PRESUPUESTO (S/)

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Adquisición de unidades móviles operativas para operación y mantenimiento de los servicios de FTI-02-GO saneamiento de las áreas urbanas del distrito de Tocache de la Provincia de Tocache ­ Región San Martín MONTO TOTAL A TRANSFERIR (S/)

1 118 787,00

1 118 787,00

1832698-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA
Otorgan Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Tumbes para ofrecer el servicio educativo superior universitario
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 155-2019-SUNEDU/CD Lima, 2 de diciembre de 2019 VISTOS: La Solicitud de licenciamiento institucional (en adelante, SLI) con Registro de trámite documentario N° 33328-2017-SUNEDU-TD, presentada el 19 de septiembre de 2017 por la Universidad Nacional de Tumbes1 (en adelante, la Universidad), el Informe técnico de licenciamiento N° 050-2019-SUNEDU/02-12 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic); y el Informe N° 785-2019-SUNEDU-03-06 de la Oficina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: I. Antecedentes Según lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria), el licenciamiento es el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento. Los numerales 15.1 y 19.3 de los artículos 15 y 19 de la citada ley, establecen como una de las funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu), atribuida al

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La Universidad nace como la filial de Tumbes de la Universidad Nacional de Piura. Posteriormente, el 8 de septiembre de 1980 se presenta el proyecto de Ley N° 213 sobre creación de la Universidad Nacional de Tumbes, no obstante, este proyecto recién desencadena en la dación de la Ley N° 23881 el 23 de junio de 1984, fecha en la cual se crea la Universidad Nacional de Tumbes sobre la base de los programas académicos de Agronomía, Ingeniería Pesquera y Contabilidad de la Universidad Nacional de Piura en su filial de Tumbes. Posteriormente, por Ley N° 24894 del 30 de septiembre de 1988 se modifica el artículo 2 de la Ley de creación N° 23881, ampliándose la oferta académica con las carreras de la Facultad de Ciencias de la Salud, Obstetricia, Enfermería y Dietética y Laboratorio.

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