Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2019 (03/12/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Martes 3 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

65

Artículo Segundo.- Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Apurímac, Huaura, Ica, La Libertad, Madre de Dios, Piura, Selva Central y Tumbes, redistribuyan de manera aleatoria de los órganos jurisdiccionales permanentes hacia los órganos jurisdiccionales transitorios los expedientes en etapa de trámite que al 31 de diciembre de 2019 no se encuentren expeditos para sentenciar, y de corresponder, también aquellos expedientes en los que no se haya fijado fecha para la vista de causa; así como aquellos expedientes que se haya programado fecha para la vista de causa con posterioridad al 31 de enero de 2020, tal como se indica a continuación: Corte Cantidad Superior OO.JJ Origen OO.JJ Destino Máxima de de Expedientes Justicia 1° Juzgado Civil Juzgado Civil Transitorio Apurímac 150 - Abancay - Abancay 2° Juzgado Civil Juzgado Civil Transitorio 150 Apurímac - Abancay - Abancay 1° Juzgado Civil Juzgado Civil Transitorio Huaura 50 (*) - Barranca - Barranca 2° Juzgado Civil Juzgado Civil Transitorio 50 (**) Huaura - Barranca - Barranca 50 (***) 1° Juzgado de Juzgado de Familia Ica 50(****) Familia - Ica Transitorio - Ica 2° Juzgado de Juzgado de Familia 50(****) Ica Familia - Ica Transitorio - Ica 3° Juzgado de Juzgado de Familia 50(****) Ica Familia - Ica Transitorio - Ica 4° Juzgado de Juzgado de Familia 50(****) Ica Familia - Ica Transitorio - Ica Juzgado Mixto - Juzgado de Familia 100(****) Ica Parcona Transitorio - Ica 2° Juzgado de 1° Juzgado de Paz La Libertad Paz Letrado de Letrado de Familia 100 Familia - Trujillo Transitorio - Trujillo 6° Juzgado de 1° Juzgado de Paz La Libertad Paz Letrado de Letrado de Familia 250 Familia - Trujillo Transitorio - Trujillo 9° Juzgado de 1° Juzgado de Paz La Libertad Paz Letrado de Letrado de Familia 250 Familia - Trujillo Transitorio - Trujillo Madre de Juzgado Civil - Juzgado Civil Transitorio 50 (*) Dios Tambopata - Tambopata 150 (**) Juzgado de Piura Paz Letrado - Juzgado de Paz Letrado 350 Castilla Transitorio - Castilla Selva Juzgado Mixto - Juzgado Civil Transitorio 50 (*) Central Oxapampa - Oxapampa 150 (PCALP) Juzgado Civil - Juzgado Civil Transitorio Tumbes 250 Tumbes - Tumbes
(*) Expedientes de la especialidad materia civil (**) Expedientes de la especialidad contencioso administrativo (***) Expedientes de la especialidad laboral (****) Expedientes de familia que no correspondan a la Ley N° 30364 (*****) Expedientes de familia

Nuevo Chimbote, considerando aquellos expedientes que a la fecha de publicación de la presente resolución administrativa no se encuentren expeditos para sentenciar. Artículo Quinto.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín redistribuya de manera aleatoria del Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba hacia Juzgado Civil Permanente del mismo distrito como máximo 100 expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) y 100 expedientes de procesos laborales en liquidación (LPT), en etapa de trámite que al 31 de diciembre de 2019 no se encuentren expeditos para sentenciar, y de corresponder, también aquellos expedientes en los que no se haya fijado fecha para la vista de causa; así como aquellos expedientes que se les haya programado fecha para la vista de causa con posterioridad al 31 de enero de 2020. Artículo Sexto.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque efectúe las siguientes acciones administrativas: a) Cerrar turno a partir del 1 de diciembre de 2019, al Juzgado de Trabajo Transitorio de Jaén para conocer procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP). b) Abrir turno a partir del 1 de diciembre de 2019, al 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes de Jaén para que tramiten expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP). c) Que el 1° y 2° Juzgado Civil permanentes de la Provincia de Jaén remitan hacia el Juzgado de Trabajo Transitorio de la misma provincia respectivamente la cantidad de 700 y 300 expedientes de la subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP), correspondiente a aquellos procesos en etapa de trámite que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de diciembre de 2019. Artículo Sétimo.-Desestimar la solicitud del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín, para convertir a permanente el Juzgado de Trabajo Transitorio de Huancayo. Artículo Octavo.- Disponer que el Juzgado de Familia Permanente de la Provincia de Barranca redistribuya al Juzgado de Familia Transitorio de la misma provincia, toda la carga pendiente de expedientes en etapa de trámite que no correspondan a procesos de violencia familiar al amparo de la Ley N° 30364, que no se encuentre expedita para sentenciar al 31 de diciembre de 2019. Artículo Noveno.- Disponer que el 2°, 7° y 9° Juzgados Constitucionales Permanentes de Lima, Distrito Judicial de Lima, redistribuyan respectivamente de manera equitativa y aleatoria hacia el 1°, 2° y 3° Juzgados Constitucionales Transitorios de Lima la cantidad de 250, 300 y 300 expedientes en etapa de trámite, que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de diciembre de 2019. Artículo Décimo.- Disponer, a partir del 1 de diciembre de 2019 hasta el 31 de enero de 2020, el cierre de turno para el ingreso de expedientes del 3° Juzgado de Paz Letrado de Familia del Distrito de Chorrillos, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, debiendo la Presidencia de dicha Corte Superior remitir al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial el informe técnico sobre el progreso en la disminución de la carga pendiente del referido órgano jurisdiccional. Artículo Undécimo.- Desestimar la solicitud de los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Apurímac y San Martín para convertir a permanente el Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Abancay y el Juzgado de Trabajo Transitorio de Moyobamba; así como la solicitud de apertura de turno del Juzgado Civil Transitorio de Oxapampa, efectuada por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de la Selva Central. Artículo Duodécimo.- Reiterar a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo decimocuarto de la Resolución Administrativa N° 343-2019-CE-PJ. Artículo Decimotercero.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura adopte

Artículo Tercero.- Encargar al Jefe de la Oficina de Productividad Judicial para que en coordinación con la Presidencia del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, efectúe una propuesta para apoyar en la descarga procesal del 3° Juzgado de Trabajo Permanente de Ica, en el trámite de los procesos laborales de la subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP). Artículo Cuarto.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Santa redistribuya de manera aleatoria 200 expedientes de la especialidad familia del Juzgado de Paz Letrado de Nuevo Chimbote hacia el Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.