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68 NORMAS LEGALES Martes 3 de diciembre de 2019 / El Peruano Tercera Sala Civil Dr. César Augusto Solís Macedo PresidenteDra. Rocío Del Pilar Romero Zumaeta (T)Dra. Rosario Del Pilar Encinas Llanos (P) Artículo Cuarto: DESIGNAR a la doctora IRINA DEL CARMEN VILLANUEVA ALCÁNTARA, Juez Titular del 17° Juzgado Especializado en lo Penal de Lima como Juez Superior Provisional integrante de la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos Libres de Lima, a partir del día 03 de diciembre del presente año, por la licencia de la doctora Poma Valdivieso, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Tercera Sala Penal con Reos Libres de Lima Dr. Juan Carlos Vidal Morales PresidenteDra. Luisa Estela Napa Lévano (P)Dra. Irina Del Carmen Villanueva Alcántara (P) Artículo Quinto: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la O fi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerencia de Administración Distrital, de la Junta Nacional de Justicia, de la Coordinación de Recursos Humanos de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. MIGUEL ÁNGEL RIVERA GAMBOA Presidente 1832816-1 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Índice de reajuste diario, a que se refiere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de diciembre de 2019 CIRCULAR Nº 0028-2019-BCRP Lima, 2 de diciembre de 2019El índice de reajuste diario, a que se re fi ere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de diciembre es el siguiente: DÍA ÍNDICE DÍA ÍNDICE 1 9,25868 17 9,26388 2 9,25900 18 9,264203 9,25933 19 9,264534 9,25965 20 9,26485 5 9,25998 21 9,26518 6 9,26030 22 9,265507 9,26063 23 9,265838 9,26095 24 9,26616 9 9,26128 25 9,26648 10 9,26160 26 9,26681 11 9,26193 27 9,2671312 9,26225 28 9,26746 13 9,26258 29 9,26778 14 9,26290 30 9,2681115 9,26323 31 9,2684316 9,26355El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artículo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al día del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley No. 26598). RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General 1832553-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viajes de docentes de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a los EE.UU., en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 1028-2019 Arequipa, 28 de noviembre del 2019Visto el O fi cio Nº 1360-2019-VR.AC. presentado por la Vicerrectora Académica de la UNSA, sobre autorización, pasajes aéreos, seguro de viaje y los viáticos por tres días respecto del viaje con fi nes de participar en un intercambio académico al extranjero correspondiente a: MARÍA DEL PILAR LOURDES GUILLÉN NUÑEZ, Docente adscrita a la Facultad de Ciencias Históricos Sociales, SUSANNE CAROL ORBEGOZO TEJADA, Docente adscrita a la Facultad de Arquitectura y Urbanismo, y JULIO RAUL MEZA ARAGÓN, Docente adscrito a la Facultad de Medicina. CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, según el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8º del Estatuto Universitario, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la citada Ley y demás normativa aplicable y se mani fi esta en los regímenes Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico. Que, mediante el documento del visto, el Vicerrectorado Académico, solicita la autorización de viaje al extranjero con el fi nanciamiento de pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos por tres días de los docentes mencionados en el documento del visto para que participen en un intercambio académico del 01 al 07 de diciembre del 2019, a llevarse a cabo en la Universidad Brigham Young (BYU) de Utha - EEUU; adjuntando para tal efecto copias de las cartas de invitación para un intercambio académico de fecha 09 de octubre del 2019; suscrito por el Dr. Richard E. West, Profesor Asociado del Departamento de Psicología y Tecnología de la Instrucción, Universidad Brigham Young (BYU) de Utha – EEUU. Que, dentro de este contexto, en Sesión de Consejo Universitario de fecha 14 de octubre del 2019, se acordó autorizar el viaje de los docentes mencionados en el documento del visto, para que participen en un