Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2019 (03/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Martes 3 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Consejo Directivo, aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades. Mediante Resolución N° 006-2015-SUNEDU/CD, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó el "Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano" (en adelante, el Modelo), que contiene: el Modelo de Licenciamiento Institucional, las CBC, el Plan de Implementación Progresiva del Proceso de Licenciamiento y el Cronograma-Solicitud de Licenciamiento Institucional2. El 14 de marzo de 2017 se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD, que aprobó las "Medidas de simplificación administrativa para el licenciamiento Institucional" y el "Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional" (en adelante, el Reglamento de Licenciamiento), dejando sin efecto los indicadores 16, 18, 25 y 26 del Anexo N° 2 del Modelo. Asimismo, la referida resolución dejó sin efecto parcialmente el indicador 19 respecto al requerimiento del Reglamento de seguridad y salud en el trabajo y determinó que los indicadores 21, 22, 23 y 24 del Anexo N° 2 del Modelo sean evaluados en la etapa de verificación presencial, una vez que la Universidad cuente con una opinión favorable. El 19 de septiembre de 2017, la Universidad presentó su SLI, adjuntando la documentación exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de licenciamiento. La Dilic efectuó observaciones a la SLI presentada por la Universidad a través del Informe N° 24-2018-SUNEDU/ DILIC-EV del 13 de febrero de 2018, el mismo que fue notificado a la Universidad el 21 de febrero de 2018 mediante Oficio N° 130-2018/SUNEDU-02-12 del 16 de febrero de 2018, requiriéndosele la presentación de información para la subsanación de las observaciones formuladas, en un plazo de diez (10) días hábiles. Mediante Oficio N° 146-2018/UNTUMBES-OGC-R presentado el 12 de marzo de 2018, la Universidad solicitó la ampliación del plazo otorgado para el levantamiento de observaciones recaídas en su SLI, la cual fue otorgada mediante Oficio N° 217-2018/SUNEDU-02-12 del 15 de marzo de 2018, notificado el 20 de marzo a la universidad, por diez (10) días hábiles. El 27 de marzo de 2018, la Universidad presentó documentación mediante la Carta S/N3 con el objetivo de levantar las observaciones realizadas en el marco del procedimiento de licenciamiento institucional. Asimismo, mediante las cartas S/N del 18 de abril de 2018 y del 2 de mayo de 20184, presentó información adicional. El 29 de junio de 2018, se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" la Resolución del Consejo Directivo N° 063-2018-SUNEDU/CD, que aprobó las "Disposiciones para culminar la evaluación de las condiciones básicas de calidad en marco del licenciamiento institucional de las universidades" estableciendo que los indicadores 4, 6, 8 y 52 del Modelo se evaluarían en la etapa de verificación presencial. Con Oficio N° 113-2018/UNTUMBES-SG del 3 de agosto de 2018, la Universidad presenta información sobre la implementación progresiva de los planes de estudios adecuados a la Ley Universitaria; y mediante Oficio N° 113-A-2018/UNTUMBES-SG del 14 de agosto de 2018, presenta información complementaria a la misma. El 29 de agosto de 2018, se notificó el Oficio N° 648-2018-SUNEDU/02-12 del 24 de agosto de 2018, mediante el cual se remitió a la Universidad el Informe de Revisión Documentaria (en adelante, IRD) desfavorable, requiriéndosele la presentación del Plan de Adecuación (en adelante, PDA) en un plazo no mayor a treinta (30) días. Al respecto, mediante Oficio N° 0274-2017/ UNTUMBES-R del 28 de septiembre de 2018, la Universidad presentó el PDA requerido. Posteriormente, mediante Oficio N° 555-2018/ UNTUMBES-OGC-R del 21 de noviembre de 2018, la Universidad remite información presupuestal adicional sobre los indicadores 43, 44, 45, 46 y 47 en el marco del PDA y con Oficio N° 584-2018/UNTUMBES-OGC-R del 11 de diciembre de 2018, la Universidad presentó modificaciones al PDA presentado. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 002-2019-SUNEDU/CD del 10 de enero de 2019, el

Consejo Directivo de la Sunedu aprobó el PDA presentado por la Universidad. El 15 de marzo de 2019, la Universidad presentó su Plan de Ejecución y Cumplimiento de su PDA mediante Oficio N° 80-2019/UNTUMBES-OGC-R. Mediante el Oficio N° 282-2019/UNTUMBES-OGC del 16 de septiembre de 2019, la Universidad presentó información adicional. El 18 de septiembre de 2019, mediante Oficio N° 389-2019-SUNEDU-02-12, la Dilic notificó a la Universidad la Resolución de Trámite N° 9 del 17 de septiembre de 2019, por la cual se decidió llevar a cabo una Diligencia de Actuación Probatoria (en adelante, DAP) el 25, 26 y 27 de septiembre de 2019, en sus locales académicos declarados como SL01 ubicado en Av. Universitaria S/N, Pampa Grande, distrito, provincia y departamento de Tumbes, SL02 en Parcela asignada como Unidad Catastral 11375 del Predio Rústico Lotes 3, 4, 5, y 7 Lateral 8 Ex fundo Fiscal La Cruz- Campus Universitario Lateral "C", distrito de Corrales y provincia de Tumbes, SL03 en Av. Arica N° 361 Calle Tarapacá N° 344, distrito y provincia de Tumbes, SL04 AAHH Puerto Pizarro Av. Miguel Grau N° 300, distrito y provincia de Tumbes y SL05 en Av. Tumbes 863, distrito y provincia de Tumbes, conducentes a grado académico y título profesional, a fin de recabar información que evidencie el cumplimiento de los indicadores observados. El 19 de septiembre de 2019, mediante los Oficios N° 282-2019/UNTUMBES-OGC-R, N° 286-2019/ UNTUMBES-OGC-R, N° 288-2019/UNTUMBES-OGC-R y N° 289-2019/UNTUMBES-OGC-R, la Universidad presentó información adicional para su evaluación. Posteriormente, la Universidad presentó información complementaria mediante los Oficios N° 306-2019/ UNTUMBES-R el 2 de octubre de 2019; N° 299-2019/ UNTUMBES-R, N° 300 -2019/UNTUMBES-OGC-R, N° 3012019/UNTUMBES-R, N° 307-2019/UNTUMBES-OGC-R, N° 308-2019/UNTUMBES-OGC-R, N° 309-2019/ UNTUMBES-OGC-R, N° 310-2019/UNTUMBES-OGR-R y N° 311-2019/UNTUMBES-OGC-R el 3 de octubre de 2019; N° 312-2019/UNTUMBES-OGC-R el 7 de octubre de 2019; N° 313-2019/UNTUMBES-OGC-R el 9 de octubre de 2019; N° 314-2019/UNTUMBES-OGC-R el 11 de octubre de 2019; N° 337-2019/UNTUMBES-R, N° 338-2019/ UNTUMBES-R y N° 320-2019/UNTUMBES-OGR-R el 17 de octubre de 2019; y N° 321-2019/UNTUMBES-OGR-R el 18 de octubre de 2019. Asimismo, la Universidad presentó información adicional mediante correos electrónicos del 22 y 23 de octubre de 20195. El 24 de octubre de 2019, la Dilic emitió el Informe Complementario N° 182-2019-SUNEDU/DILIC-EV, con resultado favorable. A continuación, mediante Oficio N° 494-2019-SUNEDU-02-12 del 24 de octubre de 2019, se notificó el 28 de octubre del 2019 a la Universidad el resultado favorable de la etapa de revisión documentaria y el inicio de la etapa de verificación presencial con las fechas programadas para su realización, así como la conformación de la Comisión de Verificación a cargo. Al respecto, mediante Oficio N° 335-2019-UNTUMBESOGC-R del 28 de octubre de 2019, presentado el 29 de octubre de 2019, la Universidad comunicó su conformidad con las fechas programadas para la realización de la visita de verificación presencial, así como la relación de las personas que facilitarían la información y el acceso a los ambientes de la Universidad. Los días 5, 6 y 7 de noviembre de 2019, se realizó la visita de verificación presencial en los locales SL01, SL02, SL03 y SL04 declarados por la Universidad como conducentes a grado académico y título profesional. El 12 de noviembre de 2019, se emitió el Informe de verificación presencial N° 196-2019-SUNEDU-DILIC-

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Publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 24 de noviembre de 2015. RTD N° 14856-2018-SUNEDU-TD. RTD N° 17908-2018-SUNEDU-TD y RTD N° 19508-2018-SUNEDU-TD. Se incorporó al Expediente N° 20093-2016-SUNEDU-TD mediante Resolución de Trámite N° 10 del 23 de octubre de 2019.

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