Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2019 (12/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 149

El Peruano / Jueves 12 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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la infracción de forma expresa y por escrito se dará por concluido el procedimiento, para lo cual el órgano resolutor encargado emitirá la respectiva resolución de sanción administrativa, debiendo otorgársele el descuento del 50% del monto total de la multa hasta el quinto día, y del 30% hasta el séptimo día internamiento. TITULO VII INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 22.- CLASIFICACION Y TIPIFICACION DE INFRACCIONES Son Infracciones que generan responsabilidades administrativas las descritas en el siguiente cuadro:
CODIGO 040-084 040-085 INFRACCIÓN Por dejar vehículos abandonados en la vía pública, afectando la vía pública. Por dejar vehículos, en desuso, carrocerías, chatarra, chasis o similares abandonados en la vía pública. Utilizar la vía pública como circuito de prueba o de enseñanza de manejo de automóviles con elementos de señalización físico, visual y audible. Obstaculizar el estacionamiento con giba, tranquera y/u otros obstáculos sin permiso municipal. Por Estacionar vehículos, de tránsito pesado en zonas no autorizadas y/o residenciales. Por estacionar vehículos en la vía pública con fines de lavado reparación, planchado o pintura. Por obstaculizar el estacionamiento destinado a personas con discapacidad. Por estacionar vehículo en doble fila. GRADUALIDAD Grave Leve MULTA PROCEDIMIENTO EN UIT PREVIO 30% 20% Multa Notificación Preventiva Multa Notificación Preventiva Multa Multa Multa Multa MEDIDAS PROVISIONAL Internamiento de vehículo Internamiento de vehículo Internamiento de vehículo Retiro de Obstáculos Internamiento de vehículo Internamiento de vehículo Internamiento de vehículo Internamiento de vehículo BASE LEGAL Ley Nº 27972; TUO del D.S. 016-2009-MTC Ley Nº 27972; TUO del D.S. 016-2009-MTC Ley Nº 27972; TUO del D.S. 016-2009-MTC Ley Nº 27972; TUO del D.S. 016-2009-MTC Ley Nº 27972; TUO del D.S. 016-2009-MTC Ley Nº 27972; TUO del D.S. 016-2009-MTC Ley Nº 27972; TUO del D.S. 016-2009-MTC Ley Nº 27972; TUO del D.S. 016-2009-MTC

040-086

Grave

30%

040-087 040-088 040-089 040-090 040-091

Leve Grave Grave Grave Grave

20% 30% 30% 30% 30%

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- OTORGAR un plazo de 10 días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente ordenanza, a fin de que los propietarios de los vehículos que se encuentren en presunta situación de abandono en la vía pública, procedan al retiro de los mismos. Segunda.- DISPONER que por decreto de Alcaldía se establecerán las disposiciones complementarias y reglamentarias que se requieran para la mejor ejecución y aplicación y cumplimiento de la presente ordenanza. Tercera.- En todo lo no previsto en la ordenanza, aplíquese de manera supletoria las disposiciones contenidas en la Ley General de Transporte y Transito ­ Ley Nº 27181, y Reglamento Nacional de Transito aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC, Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, y Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Cuarta.- La Municipalidad podrá prestar directamente el servicio o a través de cualquiera de las modalidades permitidas por la Ley; asimismo el depósito municipal podrá ubicarse en la jurisdicción del distrito de san Luis o fuera del mismo. Quinta.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, la Sub Gerencia de Obras Públicas, Tránsito y Mantenimiento Urbano y la Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres, Control y Sanciones, el estricto cumplimiento de las disposiciones señaladas en la presente ordenanza y conforma sus competencias. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres Control y Sanciones la elaboración de los documentos que deje constancia de los hechos durante el ejercicio de la potestad sancionadora; conforme lo dispone la presente ordenanza y el TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Segunda.- DEROGUESE; la Ordenanza Nº 124MDSL de fecha 28 de junio de 2011, y toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza.

Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a los 30 días hábiles después de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Cuarta.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación de la Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información la publicación en el portal electrónico de la Municipalidad: www.munisanluis.gob.pe y en el portal electrónico del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gbo.pe, la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando a que se regístrese, comuníquese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DAVID RICARDO V. ROJAS MAZA Alcalde 1835529-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUTERVO
Ordenanza que aprueba la prohibición del reajuste o incremento de remuneraciones de naturaleza remunerativa y no remunerativa de los trabajadores de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2019-MPC Cutervo, 29 de noviembre del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUTERVO

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