Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2019 (12/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 152

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2. Ing. DAVID EBER TORRES CELIS Sub Gerente de Programación e Inversiones

NORMAS LEGALES
Integrante

Jueves 12 de diciembre de 2019 /

El Peruano

SE RESUELVE: Artículo 1º.- CREAR el COMITÉ DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA ­ CPIP de la Municipalidad Distrital de Guadalupe, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF. Artículo 2º.- DESIGNAR como integrantes del COMITÉ DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA ­ CPIP de la Municipalidad Distrital de Guadalupe, a los siguientes miembros: 1. C.P.C. JULIO CESAR SANCHEZ GARCIA Gerente de Planificación y Presupuesto 2. Ing. DAVID EBER TORRES CELIS Sub Gerente de Programación e Inversiones Presidente Integrante

3. Lic. JUAN NICOLÁS DELGADO CASTAÑEDA Integrante Sub Gerente de Desarrollo Económico Que, mediante Informe Nº 204-2019-MDG/GAJ-LFP de fecha 02 de agosto del 2019 emitido por el Gerente de Asesoría Jurídica, precisa que por Decreto Legislativo Nº 1362, vigente desde el día siguiente de la publicación de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 2402018-EF, publicado el 30 de octubre de 2018, se derogó el Decreto Legislativo Nº 1224; Que, mediante los artículos 3º y 6º del Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, Decreto Legislativo Nº 1362, se declaró de interés nacional la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, para contribuir al crecimiento de la economía nacional, al cierre de brechas en infraestructura o en servicios públicos, a la generación de empleo productivo y a la competitividad del país, y que, entre otras entidades, el Gobierno Local asume la titularidad del proyecto a desarrollarse mediante las modalidades reguladas en dicha norma; Que, a su vez, el artículo 7º, numerales 7.1, 7.2 y 7.3, del Decreto Legislativo Nº 1362, establece que las entidades públicas titulares de proyectos que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en el referido Decreto Legislativo, crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada; el que asume los roles de Organismo Promotor de la Inversión Privada, y Órgano de coordinación con Proinversión y el Ministerio de Economía y Finanzas, así como, que la designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada se efectúa mediante Resolución de Alcaldía, en caso de Gobiernos Locales, y que dichas resoluciones se publican en el diario oficial El Peruano y se comunican al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas; Que, por su parte, el artículo 17º, numeral 17.2, del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF, prescribe que, en el caso de un Gobierno Local, las funciones del Comité de Promoción de la Inversión Privada ­CPIP, son ejercidas por el órgano designado para tales efectos, que cuenta con las facultades, obligaciones y responsabilidades establecidas en la normativa vigente; Que, por tales consideraciones, es necesario Crear el Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Guadalupe, conforme a la nueva normativa vigente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias;

3. Lic. JUAN NICOLÁS DELGADO CASTAÑEDA Integrante Sub Gerente de Desarrollo Económico Artículo 3º.- ESTABLECER que el COMITÉ DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA de la Municipalidad de Distrital de Guadalupe es un órgano colegiado que cuenta con las facultades, obligaciones y responsabilidades establecidas en la normativa aplicable, y asume los siguientes roles: 1. Organismo Promotor de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Guadalupe, en los procesos de promoción de la inversión privada bajo su competencia, ejerciendo las funciones necesarias para conducir y concluir dichos procesos. 2. Órgano de coordinación con Proinversión, en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a dicha entidad; y con el Ministerio de Economía y Finanzas, en materia de seguimiento y simplificación de la inversión. 3. Otras funciones señaladas en el Decreto Legislativo Nº 1362, su Reglamento y demás normativa complementaria aplicable. Artículo 4º.- DEJAR SIN EFECTO cualquier otra Resolución que contravenga a ésta. Artículo 5º.- AUTORIZAR a la Gerencia Municipal comunicar y solicitar la inscripción del Comité creado mediante la presente Resolución, en el Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen, en el portal institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. BENJAMIN JAVIER BANDA ABANTO Alcalde 1836002-1

REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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