Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2019 (25/12/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 25 de diciembre de 2019 /

El Peruano

y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el ámbito del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN); Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN-PCD se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, modificada mediante las Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N° 00053-2018 y 00016-2019/CEPLAN/PCD (en adelante, la Guía), que prevé las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, la Guía señala que el POI es un instrumento de gestión que orienta la asignación de recursos para implementar la estrategia institucional, y contiene la programación de metas física y financiera de las actividades operativas de los órganos, unidades orgánicas y unidades ejecutoras, a ser ejecutadas en un periodo anual; asimismo, indica que la entidad elabora y aprueba su POI Multianual con la finalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas prioritarias por un periodo no menor de tres (3) años, para ello toma en cuenta la situación económica y fiscal del país, descrita en el Marco Macroeconómico Multianual y la estructura presupuestal del año vigente; para dicho fin, la entidad utiliza el aplicativo CEPLAN V.01 para registrar y aprobar el POI Multianual, y consistenciar el POI Anual con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), considerando la estructura funcional programática del Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF; Que, mediante Resolución Ministerial N° 416-2019-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondiente al Año Fiscal 2020; Que, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y SaneamientoMVCS, constituida por la Resolución Ministerial N° 484-2017-VIVIENDA, ha validado la propuesta del documento POI 2020 consistente con el PIA del Año Fiscal 2020; conforme se aprecia en el "Acta de Priorización y Validación de las Actividades Operativas del Plan Operativo Institucional del Año 2020", de fecha 20 de diciembre de 2019; Que, de acuerdo a los literales b) y g) del artículo 38 del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tiene como funciones el normar y conducir la formulación, seguimiento y evaluación del POI; y el proponer a la Alta Dirección la aprobación de los planes del Ministerio en el marco de la normatividad vigente; Que, mediante Memorando N° 2960-2019-VIVIENDAOGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe N° 533-2019-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, a través del cual se sustenta y propone la aprobación del POI Anual 2020, destacando que el citado documento cuenta con la validación de la Comisión de Planeamiento Estratégico del MVCS; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento

de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLANPCD y sus modificatorias, que aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del POI Anual 2020 Apruébese el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura 2020, documento que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Cumplimiento El cumplimiento de la programación de metas físicas y financieras consideradas en el documento aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución es responsabilidad de los órganos, unidades orgánicas y unidades ejecutoras del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 3.- Monitoreo, Seguimiento y Evaluación La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto realiza el monitoreo, seguimiento y evaluación de la implementación del documento aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4.- Publicación y Difusión del POI Anual 2020 Disponer la publicación de la presente Resolución y el documento aprobado en su artículo 1 en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www. gob.pe/vivienda), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO YAÑEZ WENDORFF Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1840232-1

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos, para damnificados en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 423 -2019-VIVIENDA Lima, 23 de diciembre del 2019 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante la Resolución Ministerial Nº 432-2018-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 262

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