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16 NORMAS LEGALES Domingo 29 de diciembre de 2019 / El Peruano SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos RegionalesCATEGORIA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos HumanosFUENTE DE 1 : Recursos OrdinariosFINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 54 572 957,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 55 700 323,00 ============ 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 y los montos de transferencia por pliego y unidad ejecutora, se detallan en el Anexo “Entregas económicas por cumplimiento de metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios al personal de la salud correspondiente al año fi scal 2018”, que forma parte de la presente norma, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi ficaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras a elaborar las correspondientes “Notas para Modi ficación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas MARÍA ELIZABETH HINOSTROZA PEREYRA Ministra de Salud 1841327-1Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 395-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el numeral 31.1 del artículo 31 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, hasta por el monto de S/ 1 654 483 336,00 (MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para fi nanciar, entre otros, lo dispuesto en el literal g) del citado numeral, referido al fi nanciamiento del pago de la entrega y boni fi cación económica correspondiente a los condecorados con las Palmas Magisteriales, en el marco de lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final de la LeyN° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, disponiéndose adicionalmente en el numeral 31.3 del citado artículo 31, que dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación, a solicitud de esta última; Que, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante el Informe N° 01190-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, cuenta con los recursos necesarios para fi nanciar el pago de la entrega y boni fi cación económica correspondiente a los condecorados con las Palmas Magisteriales; en virtud de lo cual, con el O fi cio N° 04067-2019-MINEDU/SG, el citado ministerio solicita dar trámite a una transferencia de partidas; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación y la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos mediante el Memorando N° 1856-2019-EF/53.04 y el Informe N° 1113-2019-EF/53.04, ha determinado que el monto a transferir a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales, asciende a la suma de S/ 54 000,00 (CINCUENTA Y CUATRO MIL Y 00/100 SOLES), para fi nanciar el pago de la entrega y boni fi cación económica correspondiente a los condecorados con las Palmas Magisteriales; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, del pliego 010: Ministerio de Educación, hasta por la suma de S/ 54 000,00 (CINCUENTA Y CUATRO MIL Y 00/100 SOLES), a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal g) del numeral 31.1 y el numeral 31.3 del artículo 31 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; DECRETA:Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 54 000,00 (CINCUENTA