Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2019 (29/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA CATEGORÍA PRESUPUESTAL ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO

NORMAS LEGALES
En Soles : Gobierno Central 001 : Presidencia de Consejo de Ministros 017 : Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos 5005970 : Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales 1 : Recursos Ordinarios

Domingo 29 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del pliego Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO Nº 398-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias FUENTE DE FINANCIAMIENTO

32 406 283,00

3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 156 902 599,00 --------------------189 308 882,00 ============

GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS

1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas, a que hace referencia el numeral 1.1, se encuentra en el Anexo: "Transferencia de Partidas a favor del Pliego Presidencia de Consejo de Ministros - Autoridad para la Reconstrucción con Cambios", que forma parte integrante de la presente norma, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitadores y habilitado en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 1, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1841327-4

Que, a través del Oficio N° 1084-2019-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa solicita recursos adicionales para financiar, en el presente año fiscal, el pago de los aportes a los Fondos de Salud y de Vivienda de las Fuerzas Armadas; Que, mediante los Oficios N°s 1414 y 1586-2019-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa solicita recursos adicionales para financiar, en el presente año fiscal, el pago de la Compensación por Tiempo de Servicio del personal militar en situación de retiro y personal civil que ha cesado del Ejército Peruano, Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea del Perú; Que, mediante Oficio N° 1581-2019-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa solicita recursos adicionales, a favor de dicho pliego, para financiar en el presente año fiscal, el desarrollo de la Vigésima Séptima Campaña Científica del Perú a la Antártida - ANTAR XXVII; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Defensa y la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Memorando N° 784-2019EF/53.05 remite el monto de los aportes a los Fondos de Salud y de Vivienda de las Fuerzas Armadas; y Memorando N°s 1745 y 1808-2019-EF/53.04, los cuales remite los Informes N°s 1064 y 1093-2019EF/53.04 con el costo del pago de la Compensación por Tiempo de Servicio del personal militar en situación de retiro y del personal civil que ha cesado del Ejército Peruano, Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea del Perú; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma total de S/ 128 244 394,00 (CIENTO VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, para financiar el pago de los aportes a los Fondos de Salud y de Vivienda de las Fuerzas Armadas; el pago de la Compensación por Tiempo de Servicio del personal militar en situación de retiro y del personal civil que ha cesado del Ejército Peruano, Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea del Perú; y el desarrollo de la Vigésima Séptima Campaña Científica del Perú a la Antártida - ANTAR XXVII; teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del mencionado pliego en el presente año fiscal; De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

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