Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2019 (29/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Domingo 29 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Que, en la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 039-2019, que establece medidas extraordinarias en materia presupuestaria que contribuyan a la ejecución del gasto público en los Años Fiscales 2019 y 2020, y aprueba otras medidas, se autoriza de manera excepcional y por única vez, el otorgamiento de una bonificación extraordinaria de S/ 1 500,00 (MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES) a favor del personal administrativo del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales, sujeto al régimen del Decreto Legislativo Nº 276, para lo cual mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud, a propuesta de esta última, se aprueban las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los organismos públicos del Ministerio de Salud y los Gobiernos Regionales con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud, quedando exonerados de lo establecido en los artículos 6 y 9 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, a través del Informe Nº 1060-2019-OP-OGPPM/ MINSA, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud sustenta que cuenta con los recursos necesarios para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para financiar el otorgamiento de una bonificación extraordinaria, en el marco de lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 039-2019; en virtud de lo cual, con Oficio N° 3555-2019-SG/MINSA, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de partidas; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Salud y la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Memorando N° 1898-2019EF/53.04, remite el Informe N° 1141-2019-EF/53.04 con el costo para financiar el otorgamiento de una bonificación extraordinaria, en el marco de lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 039-2019, correspondiente a los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de veinticinco (25) Gobiernos Regionales; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 13 528 500,00 (TRECE MILLONES QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES), para financiar el otorgamiento de una bonificación extraordinaria, en el marco de lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 039-2019; De conformidad con lo establecido en la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 039-2019, que establece medidas extraordinarias en materia presupuestaria que contribuyan a la ejecución del gasto público en los Años Fiscales 2019 y 2020, y aprueba otras medidas; DECRETA: Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 13 528 500,00 (TRECE MILLONES QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES) del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para financiar el otorgamiento de una bonificación extraordinaria, en el marco de lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria Final

del Decreto de Urgencia N° 039-2019, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO 011 UNIDAD EJECUTORA 001 CATEGORIA 9001 PRESUPUESTARIA ACTIVIDAD 5000001 FUENTE DE 1 FINANCIAMIENTO : : : : Gobierno Central Ministerio de Salud Administración Central - MINSA Acciones Centrales En Soles

: Planeamiento y Presupuesto : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO 131 UNIDAD EJECUTORA 001 CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9001 ACTIVIDAD 5000005 FUENTE DE 1 FINANCIAMIENTO

13 528 500,00 --------------------13 528 500,00 ============ En Soles

: Gobierno Central : Instituto Nacional de Salud : Instituto Nacional de Salud : Acciones Centrales : Gestión de Recursos Humanos : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

222 000,00

136 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas-INEN 001 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas

CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE 1 : Recursos Ordinarios FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales SECCION SEGUNDA PLIEGO CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9001 ACTIVIDAD 5000005 FUENTE DE 1 FINANCIAMIENTO : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales : Acciones Centrales : Gestión de Recursos Humanos : Recursos Ordinarios 396 000,00

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS

12 910 500,00 --------------------13 528 500,00 ============

1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 y los montos de transferencia por pliego y unidad ejecutora, se detallan en el Anexo "Otorgamiento de una bonificación extraordinaria, en el marco de lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 039-2019", que forma parte integrante de la presente norma, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/ minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05)

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