Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2019 (29/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Domingo 29 de diciembre de 2019 /

El Peruano

acciones estratégicas aprobadas en el Plan Estratégico Institucional (PEI) cuya ejecución permite producir bienes o servicios y realizar inversiones, en un período anual. Una vez aprobado el presupuesto, el POI debe ajustarse al Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), utilizando las prioridades establecidas por la institución. La propuesta de POI financiado refleja la decisión de lograr los objetivos de política institucional con la estrategia diseñada. Luego se debe hacer seguimiento a la ejecución del POI para verificar el cumplimiento de lo planificado y finalmente, evaluar si se lograron los objetivos y metas a nivel de PEI y POI; Que, el numeral 6 de la "Guía para el Planeamiento Institucional", señala que, con la implementación del POI, la entidad busca reducir las brechas de atención en cuanto a cobertura, calidad y satisfacción de los usuarios de los bienes y servicios que entrega, en consecuencia, el seguimiento a su ejecución debe ser permanente. Se establece que los recursos financieros y las metas físicas mensuales, para cada periodo anual (programación física, de costeo y financiera), en relación con los logros esperados de los objetivos del PEI, asimismo, en su subnumeral 6.1, señala que las Actividades Operativas son el medio necesario y suficiente que contribuyen en la entrega los bienes y servicios a los usuarios, garantizando el cumplimiento de una Acción Estratégica Institucional (AEI) que forma parte de un Objetivo Estratégico Institucional (OEI); Que, conforme lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo N° 023-2018-CD-OSITRAN de fecha 28 de agosto de 2018, se aprobó el Plan Estratégico Institucional para el período 2019-2022, el cual contiene la Declaración de la Política Institucional, Misión, Objetivos Estratégicos Institucionales, Acciones Estratégicas Institucionales, Ruta Estratégica, Indicadores y Metas, con la finalidad de ejecutar el mencionado Plan; Que, mediante el Informe N° 00145-2019-GPPOSITRAN de fecha 13 de diciembre 2019, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto presentó la propuesta de Plan Operativo Institucional 2020, señalando que éste ha sido formulado de conformidad con la normativa del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, por medio del Memorando N° 00558-2019-GAJOSITRAN, la Gerencia de Asesoría Jurídica ha señalado que la aprobación del POI correspondiente al Año Fiscal 2020 se encuentra de conformidad con la normativa de la materia; Que, a través del Memorando N° xxx-2019-GG-OSITRAN, la Gerencia General hizo suyo el Informe N° 145-2019-GPPOSITRAN emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Que, de acuerdo con el numeral 4 del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2015-PCM, establece que una de las funciones del Consejo Directivo es aprobar el Plan Operativo Institucional (POI); Que, resulta necesario aprobar el Plan Operativo Institucional de OSITRAN del Año Fiscal 2020, para efectos de ejecutar el Plan Estratégico Institucional 2019-2022, en función al Presupuesto Institucional de Apertura aprobado para el Pliego 022: Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público ­ OSITRAN; De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 0142019, que aprobó el Presupuesto del sector público para el año fiscal 2020, el Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2015-PCM y sus modificatorias, la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada con Resolución de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y sus modificatorias y la Directiva N° 002-2019-EF/50.01, Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 004-2019-EF/50.01 y modificada por Resolución Directoral N° 017-2019-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) correspondiente al Año Fiscal 2020 del Organismo

Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; asimismo, disponer la publicación de la presente Resolución y sus anexos respectivos en el Portal Institucional del OSITRAN (www. ositran.gob.pe ) y en el Portal de Transparencia de la Entidad. Regístrese y comuníquese. VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidenta del Consejo Directivo 1841270-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban metas de gestión, fórmula tarifaria y estructura tarifaria que deberá cumplir EPS SEDACUSCO S.A. en el quinquenio regulatorio 2020 - 2025, y emiten otras disposiciones
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 052-2019-SUNASS-CD EXP.: 009-2018-SUNASS-GRT-FT Lima, 27 de diciembre de 2019 VISTO: El Memorándum N° 169-2019-SUNASS-DRT emitido por la Dirección de Regulación Tarifaria, que presenta el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta para el quinquenio regulatorio 2020-2025; de: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EPS SEDACUSCO S.A.1 (en adelante, SEDACUSCO S.A.) y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria N° 011-2018-SUNASS-GRT se admitió a trámite la solicitud de SEDACUSCO S.A. de aprobación de: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, que serán aplicables para el quinquenio regulatorio 20202025 por SEDACUSCO S.A. Que, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas2 se ha cumplido con: i) publicar en el diario oficial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales y ii) realizar la audiencia pública correspondiente el 15 de noviembre de 2019. Que, la Dirección de Regulación Tarifaria ha evaluado los comentarios realizados al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública conforme se aprecia en el Anexo N° IX del estudio tarifario que sustenta la propuesta final de fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por SEDACUSCO S.A., durante el quinquenio regulatorio 2020-2025.

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