Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2019 (04/01/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 4 de enero de 2019 /

El Peruano

Evaluación del Impacto Ambiental ­ SEIA" y la "Guía para la identificación y caracterización de impactos ambientales en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental - SEIA" que, como Anexos, forman parte de la presente Resolución Ministerial. Articulo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el portal institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob. pe), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1728220-2

Aprueban el Instructivo para elaborar e implementar el Programa Municipal EDUCCA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 456-2018-MINAM Lima, 31 de diciembre de 2018 VISTOS: El Memorando N° 695-2018-MINAM/VMGA del Viceministro de Gestión Ambiental; el Memorando N° 950-2018-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 314-2018-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Dirección de la Oficina de Planeamiento y Modernización; los Memorandos N° 1015 y N° 672-2018-MINAM/VMGA/ DGECIA de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; los Informes N° 00001-2018-MINAM/VMGA/DGECIA/DECA-CMCM, N° 451-2018-MINAM/VMGA/DGECIA-DECA y N° 00028-2018-MINAM/VMGA/DGECIA/DECA/ CCRUZ de la Dirección de Educación y Ciudadanía Ambiental; y el Informe N° 00780-2018-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, el literal h), del numeral 127.2 del artículo 127 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, establece como un lineamiento orientador de la Política Nacional de Educación Ambiental, desarrollar programas de educación ambiental, como base para la adaptación e incorporación de materias y conceptos ambientales, en forma transversal, en los programas educativos formales y no formales de los diferentes niveles; Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2012-ED se aprobó la Política Nacional de Educación Ambiental, cuyo objetivo general es desarrollar la educación y la cultura ambiental orientadas a la formación de una ciudadanía ambientalmente responsable y una sociedad peruana sostenible, competitiva, inclusiva y con identidad; Que, posteriormente, con Decreto Supremo N° 016-2016-MINEDU se aprobó el Plan Nacional de Educación Ambiental (PLANEA 2017 ­ 2022), el mismo que incluye como Acción Estratégica 4.2.3, el diseño e implementación de programas, proyectos o actividades concertadas en educación ambiental para el desarrollo sostenible con participación de entidades públicas, privadas y organizaciones de la sociedad civil, con la finalidad de promover una educación y cultura ambiental que permita formar ciudadanos y ciudadanas ambientalmente responsables que contribuyan al

desarrollo sostenible y a hacer frente al cambio climático a nivel local, regional y nacional; Que, de acuerdo al PLANEA 2017 ­ 2022, el responsable del diseño e implementación de programas, proyectos o actividades concertadas en educación ambiental para el desarrollo sostenible con participación de entidades públicas, privadas y organizaciones de la sociedad civil es el Ministerio del Ambiente; Que, de conformidad con el artículo 78 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el ejercicio de las competencias y funciones específicas de las municipalidades se realiza de conformidad y con sujeción a las normas técnicas sobre la materia; Que, en materia de protección y conservación del ambiente, el numeral 3.3 del inciso 3 del artículo 73 de la Ley en mención señala que es función y competencia de las municipalidades promover la educación e investigación ambiental en su localidad e incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles; Que, en este contexto, mediante Informe N° 451-2018-MINAM/VMGA/DGECIA-DECA e Informe N° 00028-2018-MINAM/VMGA/DGECIA/DECA/CCRUZ, la Dirección de Educación y Ciudadanía Ambiental de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental (en adelante, la DGECIA), sustenta la necesidad de aprobar un instructivo que establezca las disposiciones para que los gobiernos locales puedan formular, aprobar, implementar y reportar el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (en adelante, Programa Municipal EDUCCA), permitiendo la articulación de las acciones de educación ambiental a nivel local; Que, según lo señalado en los documentos en mención, el Programa Municipal EDUCCA es un instrumento de planificación y gestión de los gobiernos locales para la implementación de la Política Nacional de Educación Ambiental y el cumplimiento de las metas del PLANEA 2017 ­ 2022; Que, con Memorando N° 950-2018-MINAM/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, ha ratificado y hecho suyo el Informe N° 314-2018-MINAM/ SG/OGPP/OPM mediante el cual la Oficina de Planeamiento y Modernización concluye que la propuesta de Instructivo permitirá a la DGECIA articular acciones para el fortalecimiento de capacidades dirigidas a los gobiernos locales y la promoción de la participación de la ciudadanía en general, así como efectuar el seguimiento de dichas acciones a nivel local respecto de las metas establecidas en el PLANEA 2017-2022, emitiendo opinión favorable para su aprobación; Que, mediante Memorando N° 695-2018-MINAM/ VMGA, el Viceministro de Gestión Ambiental, solicitó la prepublicación del Instructivo del Programa Municipal EDUCCA, la misma que fue dispuesta mediante Resolución Ministerial N° 400-2018-MINAM, por un plazo de diez (10) días hábiles, con la finalidad de conocer las opiniones y/o sugerencias de los interesados; Que, mediante Memorando N° 1015-2018-MINAM/ VMGA/DGECIA, el Director General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental, remite el Informe N° 00001-2018-MINAM/VMGA/DGECIA/DECACMCM, en el que comunica los resultados del proceso de prepublicación de la propuesta del Instructivo del Programa Municipal EDUCCA, donde señala que no se han recibido aportes ni comentarios que cumplan con las formalidades y plazos establecidos en la Resolución Ministerial N° 400-2018-MINAM; Que, mediante el Informe N° 00780-2018-MINAM/ SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha considerado legalmente viable la aprobación de la propuesta del Instructivo del Programa Municipal EDUCCA; Que, en este sentido, resulta necesario aprobar el "Instructivo para elaborar e implementar el Programa Municipal EDUCCA" con la finalidad que los Gobiernos Locales puedan formular, aprobar, implementar y reportar el Programa Municipal EDUCCA en sus respectivas localidades; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Educación, Ciudadanía

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