Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2019 (04/01/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 4 de enero de 2019 /

El Peruano

del Ministerio del Ambiente, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1728220-4

Disponen la prepublicación del proyecto de "Términos de Referencia para la Formulación de Planes de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales", así como del proyecto de "Guía para la Formulación del Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales", en el portal institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 458-2018-MINAM Lima, 31 de diciembre de 2018 VISTOS; el Memorando N° 00816-2018-MINAM/ VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 00026-2018-MINAM/VMGA/DGRS-QRAM de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Informe N° 01098-2018-MINAM/VMGA/DGPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Informe N° 00791-2018-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1278, se aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, la cual tiene por objeto establecer derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la finalidad de propender la maximización constante de la eficiencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a las obligaciones, principios y lineamientos señalados en esta Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el literal j) del artículo 6 del Decreto Legislativo en mención, la gestión integral de los residuos sólidos deberá estar orientada a establecer acciones tendientes a recuperar las áreas degradadas por la descarga inapropiada e incontrolada de los residuos sólidos o transformarlas gradualmente en sitios en los cuales funcionen rellenos sanitarios de acuerdo a Ley; Que, el artículo 45 de la citada norma, establece que las áreas degradadas por residuos sólidos deben ser recuperadas y clausuradas o reconvertidas en infraestructuras de disposición final de residuos. Asimismo, señala que el titular del proyecto de recuperación o reconversión debe contar con el instrumento de gestión ambiental aprobado por la autoridad competente, antes del inicio de las operaciones de recuperación o reconversión, según corresponda; Que, por su parte, el literal b) del artículo 66 del Decreto Legislativo en mención, establece que aquellas áreas degradadas que no cuenten con un instrumento de gestión ambiental podrán optar por el Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos, el cual constituye un instrumento de gestión ambiental que tiene como finalidad garantizar que no subsistan impactos ambientales negativos al cierre de las áreas degradadas por residuos; Que, según los artículos 118 y 119 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, las áreas degradadas por residuos sólidos municipales son aquellos lugares donde se realiza o se ha realizado la acumulación permanente de residuos sólidos municipales sin las consideraciones técnicas

establecidas en dicho Reglamento y/o sin autorización. La municipalidad de la jurisdicción correspondiente es responsable de la recuperación o reconversión de aquellas áreas degradadas que hayan generado en su jurisdicción; por lo que se encuentran obligadas a ejecutar proyectos de recuperación o reconversión, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales a que hubiere lugar. El Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos constituye un instrumento de Gestión Ambiental complementario al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA); Que, de conformidad con lo establecido en el literal g) del artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1278, el Ministerio del Ambiente (MINAM), en su calidad de ente rector a nivel nacional para la gestión y manejo de los residuos sólidos, es competente para normar sobre el manejo de residuos sólidos, incluyendo los correspondientes a la infraestructura de manejo de residuos sólidos, actividades de reutilización, recuperación, valorización material y energética; gestión de áreas degradadas por la acumulación de residuos sólidos de gestión municipal, entre otros aspectos; Que, según lo dispuesto en la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, el MINAM aprueba las normas complementarias que desarrollen otros aspectos que deben contener el Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos, incluyendo los criterios para la evaluación de la calidad ambiental de los mismos; Que, mediante Informe N° 00026-2018-MINAM/ VMGA/DGRS-QRAM, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos sustenta la prepublicación del proyecto de "Términos de Referencia para la Formulación de Planes de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales" y del proyecto de "Guía para la Formulación del Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales", para que sean puestos en conocimiento del público a fin de recibir sus opiniones y sugerencias, atendiendo a lo señalado por la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental en el Informe N° 01098-2018-MINAM/ VMGA/DGPIGA, y conforme a lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, así como en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Con el visado del Viceministro de Gestión Ambiental; la Directora General de Gestión de Residuos Sólidos; la Directora General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; y de la Directora de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la prepublicación del proyecto de "Términos de Referencia para la Formulación de Planes de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales", así como del proyecto de "Guía para la Formulación del Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales". Dicha prepublicación se realizará en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (http://www. minam.gob.pe/consultaspublicas), a fin de conocer las

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