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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2019 (04/01/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Viernes 4 de enero de 2019 El Peruano / opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre los proyectos de los documentos señalados en el artículo precedente deberán ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miró Quesada N° 425, 4to piso, Magdalena del Mar, Lima y/o a la dirección electrónica guiastecnicas@minam.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1728220-5 Disponen la prepublicación del proyecto de Guía para el Diseño y Construcción de Infraestructuras de Disposición Final de Residuos Sólidos Municipales, en el portal institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 459-2018-MINAM Lima, 31 de diciembre de 2018Vistos, el Memorando N° 00815-2018-MINAM/VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 00020-2018-MINAM/VMGA/DGRS-OCCD, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Informe N° 00789-2018-MINAM/SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1278, se aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, la cual tiene por objeto establecer derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la fi nalidad de propender la maximización constante de la efi ciencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a las obligaciones, principios y lineamientos señalados en esta Ley; Que, el literal g) del artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1278, establece que el Ministerio del Ambiente, en su calidad de ente rector a nivel nacional para la gestión y manejo de los residuos sólidos, es competente para normar sobre el manejo de residuos sólidos, incluyendo los correspondientes a la infraestructura de manejo de residuos sólidos, actividades de reutilización, recuperación, valorización material y energética; gestión de áreas degradadas por la acumulación de residuos sólidos de gestión municipal, entre otros aspectos; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 41 del Decreto Legislativo N° 1278, los residuos que no puedan ser valorizados por la tecnología u otras condiciones debidamente sustentadas, deben ser aislados y/o confi nados en infraestructuras debidamente autorizadas, de acuerdo a las características físicas, químicas y biológicas del residuo con la fi nalidad de eliminar el potencial peligro de causar daños a la salud o al ambiente; Que, el numeral 98.2 del artículo 98 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, referido a las condiciones generales para la implementación de infraestructuras de residuos sólidos, establece que el Ministerio del Ambiente aprobará normas complementarias para el diseño, operación y mantenimiento de las infraestructuras de residuos sólidos, las mismas que serán de cumplimiento obligatorio; Que, conforme a lo dispuesto en la Sexta Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1278, se declara de necesidad pública e interés nacional prioritario para efectos de la inversión pública, la construcción y reconversión de infraestructuras de disposición fi nal durante el plazo de diez (10) años;Que, mediante Informe N° 00020-2018-MINAM/ VMGA/DGRS-OCCD, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos sustenta la prepublicación del proyecto de “Guía para el Diseño y Construcción de Infraestructuras de Disposición Final de Residuos Sólidos Municipales”, la cual tiene por fi nalidad dar las pautas para el desarrollo de expedientes técnicos, orientando a los formuladores y a los evaluadores sobre los aspectos prioritarios en la elaboración y la evaluación de los referidos expedientes, así como proveer al operador de infraestructuras de disposición fi nal de residuos sólidos insumos para facilitar su adecuado funcionamiento; Que, el referido Informe plantea la necesidad de poner en conocimiento del público el referido proyecto para recibir sus opiniones y sugerencias, conforme a lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, y el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, a fi n de recibir sus opiniones y sugerencias; Con el visado del Viceministro de Gestión Ambiental; la Directora General de Gestión de Residuos Sólidos; y de la Directora de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la prepublicación del proyecto de “Guía para el Diseño y Construcción de Infraestructuras de Disposición Final de Residuos Sólidos Municipales”. Dicha prepublicación se realizará en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam.gob.pe/consultaspublicas), a fi n de conocer las opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo precedente deberán ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miró Quesada N° 425, 4to piso, Magdalena del Mar, Lima y/o a la dirección electrónica guiastecnicas@minam.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1728220-6 Disponen la prepublicación del proyecto de Decreto Supremo que establece los límites máximos permisibles de ruido generado por las aeronaves que operan en el territorio nacional, en el portal institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 460-2018-MINAM Lima, 31 de diciembre de 2018