Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2019 (04/01/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 4 de enero de 2019 /

El Peruano

sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía; Que, con fecha 22 de abril de 2018, se publicó en el diario oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 0422018-PCM, que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción, regulando en su artículo 1, que tiene por objeto orientar la correcta, transparente y eficiente actuación de los servidores públicos y de las entidades señaladas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; Que, el Decreto Supremo N° 044-2018-PCM aprobó el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, estableciendo en su artículo 2 que las máximas autoridades de las entidades públicas responsables en el mencionado Plan Nacional, adoptarán, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para su ejecución y velarán por su cumplimiento, asegurando

que las acciones y los gastos se incluyan en sus Planes Operativos y Presupuestos Institucionales; Que, en dicho contexto, con la Resolución Ministerial N° 578-2018-DE/SG se resolvió conformar el Grupo de Trabajo encargado de elaborar el Plan de Integridad y Anticorrupción del Sector Defensa 2018-2021, siendo que, mediante la Resolución Ministerial N° 1174-2018-SE/SG de fecha 12 de setiembre de 2018, se aprobó la Política Sectorial de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de Defensa; Que, mediante Oficio N° 0042-2018-MINDEF/SGGT-Anticorrupción el Coordinador Ejecutivo de la Unidad Funcional de Integridad Institucional, remite el Plan de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Sector Defensa, elaborado por el Grupo de Trabajo conformado por Resolución Ministerial N° 578-2018-DE/SG; Que, el Plan de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Sector Defensa presentado, contiene el diagnóstico de integridad efectuado en el MINDEF, en

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LOS REGLAMENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF EN EL PORTAL WEB DEL DIARIO OFICIAL EL PERUANO
De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo No. 054-2018-PCM, artículo 52.1, se comunica a todos los organismos públicos que, para efectos de la publicación de los ROF y sus modificaciones, en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, deberán tomar en cuenta lo siguiente: 1. La norma que aprueba el ROF o su modificación, se publicará en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa), mientras que el Anexo (ROF o su modificación), se publicará en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano. Los organismos públicos, para tal efecto solicitarán por oficio de manera expresa lo siguiente: La publicación de la norma que apruebe el ROF o su modificación, en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa). La publicación del Anexo (ROF o su modificación) en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano.

2. a) b)

Asimismo, en el Oficio precisarán que el contenido de los archivos electrónicos que envían para su publicación al correo (normaslegales@editoraperu.com.pe), son auténticos y conforme a los originales que mantienen en sus archivos, de los cuales asumen plena responsabilidad 3. a) b) 4. 5. a) b) c) d) e) f) g) h) Los documentos a publicar se enviarán de la siguiente manera: La norma aprobatoria del ROF se seguirá recibiendo en físico, conjuntamente con su respectiva versión electrónica; El anexo (ROF o su modificación) se recibirá exclusivamente en archivo electrónico, mediante correo institucional enviado a normaslegales@editoraperu.com.pe, más no en versión impresa. El ROF se publicará respetando el contenido del archivo electrónico tal como se recibe, de acuerdo a lo expresado en el item 2. El archivo electrónico del ROF deberá cumplir con el siguiente formato: Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word, en el caso de Microsoft Excel toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo. El tamaño del documento en hoja A4 al 100%. El tipo de letra Arial. El tamaño de letra debe ser no menor a 8 puntos. El interlineado sencillo. Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda. El Formato del archivo en Word y/o Excel, línea por celda. Todas las hojas deberán indicar en la parte superior al organismo emisor y la norma que aprueba el ROF.

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