Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2019 (05/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Sábado 5 de enero de 2019 /

El Peruano

Sánchez en el cargo de Director de la Dirección General de Recursos Humanos - Director de Sistema Administrativo II. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1728584-1

su participación en el Ejercicio Multinacional UNITASLIX-2018. Artículo 2.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de América y al Grupo Consultivo y de Ayuda Militar del mencionado país por su importante contribución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1728586-1

Aceptan donación dineraria efectuada por el USSOUTHCOM a favor del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, destinado a gastos del Ejercicio Multinacional UNITAS-LIX-2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1910 2018-DE/MGP Jesús María, 31 de diciembre de 2018 VISTA: La Carta G.500-5484 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 15 de octubre de 2018; CONSIDERANDO:

Aprueban el Llamamiento Ordinario correspondiente al AF-2019 en el Ejército del Perú, para la incorporación voluntaria al Servicio Militar en el Activo del personal de la Clase 2001 y clases anteriores
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 001-2019 DE/EP Lima, 2 de enero de 2019 Visto, la Hoja de Recomendación N° 003 /F-6.b, del Comandante General del Ejército de fecha 02 de noviembre de 2018. CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 0397/MAAG/NAVSEC de fecha 8 de agosto de 2018, el Jefe de la Sección Naval del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América hace de conocimiento que el Comando Sur de los Estados Unidos de América (USSOUTHCOM), cuenta con una cantidad disponible ascendente a SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS DOS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$. 683,302.00), a favor de la Marina de Guerra del Perú, para ser destinado a los gastos de combustibles y lubricantes necesarios para su participación en el Ejercicio Multinacional UNITASLIX-2018; Que, el artículo 69 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las donaciones dinerarias provenientes de Instituciones Nacionales o Internacionales, públicas o privadas diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano", cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, señala en el numeral 37) de su artículo 10, que es función del Ministerio de Defensa, emitir Resoluciones Ministeriales en los asuntos que le corresponden conforme a Ley; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y estando a lo recomendado por el Jefe del Estado Mayor General de la Marina y a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar y aprobar, la donación dineraria efectuada por el Comando Sur de los Estados Unidos de América (USSOUTHCOM), a través del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, a favor del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, por un monto de US$. 683,302.00 (Seiscientos ochenta y tres mil trescientos dos con 00/100 Dólares Americanos), para ser destinado a los gastos de combustibles y lubricantes necesarios para

Que, el artículo 163 de la Constitución Política del Perú establece que el Estado garantiza la seguridad de la Nación, mediante el Sistema de Defensa Nacional indicando que, toda persona natural o jurídica está obligada a participar en la Defensa Nacional conforme a Ley; Que, el artículo 165 de la Carta Magna, establece que las Fuerzas Armadas tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República; Que, el artículo 47 de la Ley N° 29248, Ley del Servicio Militar, modificado por el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1146, establece que el llamamiento ordinario busca satisfacer los requerimientos del personal para el Servicio Militar Acuartelado. Es dispuesto anualmente, mediante Resolución Ministerial, en las fechas que determine cada Instituto de las Fuerzas Armadas y comprende a los inscritos de la última clase y a los de las clases anteriores, de acuerdo a las necesidades de efectivos para la Seguridad y Defensa Nacional; Que, de acuerdo a lo recomendado por el Comandante General del Ejército en el documento de la referencia, a fin de satisfacer las necesidades de personal para el Servicio Activo en el año 2019, en la modalidad de Acuartelado, se requiere efectuar el Llamamiento Ordinario en dos (02) etapas, del personal de la clase 2001 y clases anteriores, para instruirlos y entrenarlos para su eficiente participación en la Defensa Nacional; y, Estando a lo recomendado por el Comando de Reemplazos y Movilización del Ejército y a lo propuesto por la Comandancia General del Ejército. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Llamamiento Ordinario correspondiente al AF-2019 en el Ejército del Perú, para la incorporación voluntaria al Servido Militar en el Activo del personal de la clase 2001 y clases anteriores, mediante la modalidad de Acuartelado. Artículo 2°.- Autorizar al Señor General de Ejército Comandante General del Ejército, para que determine la fecha de dicho llamamiento Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1728585-1

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