Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2019 (05/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Sábado 5 de enero de 2019 /

El Peruano

a) Previa al inicio del proceso de negociación o concurso. b) Previa al envío del proyecto de Contrato al Ministerio de Energía y Minas. c) Posterior a la suscripción del Contrato. Artículo 10.- Participación Ciudadana previa al inicio del proceso de negociación o concurso Previo al inicio del proceso de negociación o concurso, PERUPETRO S.A. informa a través de su Portal Institucional y mediante el desarrollo de Eventos Presenciales lo siguiente: a) Proceso(s) de negociación o concurso a desarrollar b) Mapa de lote(s). c) Empresa(s) petrolera(s) interesada(s). d) Criterios para seleccionar a la(s) empresa(s) y/o resultado de la calificación de la(s) empresa(s) petrolera(s). e) Aspectos generales del proceso de contratación indicando los beneficios de la Actividad de Hidrocarburos para la población. f) Aspectos generales sobre la industria de hidrocarburos indicando la normativa técnica, ambiental y social aplicable. Artículo 11.- Participación Ciudadana previa al envío del proyecto de Contrato al Ministerio de Energía y Minas Previo al envío del proyecto de Contrato de Exploración y/o Explotación de Hidrocarburos al Ministerio de Energía y Minas, PERUPETRO S.A. comunica a través de su Portal Institucional u otros mecanismos de comunicación e información, que permitan una correcta y oportuna difusión, lo siguiente: a) Nombre de la(s) empresa(s) petrolera(s) calificadas. b) Modalidad de contratación utilizada, de ser el caso. c) Mapa de lote(s). Artículo 12.- Participación Ciudadana luego de la suscripción del Contrato 12.1. Luego de suscrito el Contrato, PERUPETRO S.A. coordina con el Contratista la realización de Eventos Presenciales a efectos de brindar a la población la siguiente información: a) Información general referida al Contratista. b) Contenido del Decreto Supremo que autoriza la suscripción del Contrato. c) Criterios para la selección y/o calificación de la Contratista. d) Mapa del área del Contrato (lote). e) Programa Mínimo de Trabajo y otras cláusulas relevantes del Contrato. 12.2. PERUPETRO S.A. puede complementar los Eventos Presenciales de esta fase con Mecanismos de Comunicación e Información, en caso lo considere necesario. 12.3. La fase de Participación Ciudadana a la que se refiere este artículo se llevará a cabo en un plazo máximo de sesenta (60) días desde la suscripción del Contrato, por lo que la realización de los Eventos Presenciales debe sujetarse a dicho plazo. 12.4. PERUPETRO S.A. publica en su Portal Institucional los Contratos de Exploración y/o Explotación de Hidrocarburos una vez que estos sean suscritos y por el tiempo que estén vigentes. Artículo 13.- De los participantes en los Eventos Presenciales Para los Eventos Presenciales a realizarse de manera previa a la negociación o concurso y luego de la suscripción de los Contratos de Exploración y/o Explotación de Hidrocarburos, PERUPETRO S.A. realiza la convocatoria siguiendo las siguientes reglas: a) En el caso de las Actividades de Hidrocarburos que se desarrollen en tierra (onshore), se convoca

a las poblaciones que residan o realicen actividades económicas o socioculturales en los distritos que abarca el lote. b) En el caso de Actividades de Hidrocarburos que se desarrollen en mar (offshore), se convoca a las poblaciones que residan o realicen actividades económicas o socioculturales en los distritos ubicados en la franja costera, que estén comprendidos dentro de la latitud máxima y mínima de las coordenadas UTM que definen el lote. Artículo 14.- De la coordinación previa a la realización de los Eventos Presenciales 14.1. De forma previa al Evento Presencial y con el objeto de convocar a la población involucrada, PERUPETRO S.A toma como referencia las bases de datos oficiales con las que cuenten las autoridades competentes y levanta información de campo relevante para tales efectos. 14.2. PERUPETRO S.A. puede sostener reuniones de coordinación previas a los Eventos Presenciales, con los actores locales, públicos y privados, a efectos de abordar aspectos relacionados a la programación de los Eventos Presenciales a realizarse. Estas reuniones no constituyen Mecanismos de Participación Ciudadana. 14.3. Los Eventos Presenciales se realizan en fechas que no coincidan con feriados y actividades culturales de la población, y en horarios que permitan la participación de hombres y mujeres. Artículo 15.- De la colaboración entre entidades públicas En el marco de la colaboración interinstitucional, PERUPETRO S.A. puede solicitar la participación de otras entidades públicas en los Eventos Presenciales, así como la remisión de información que considere necesaria para el desarrollo de dichos eventos. Dichas invitaciones deberán ser cursadas con una anticipación mínima de siete (07) días hábiles a efectos de facilitar la presencia de dichas entidades. Asimismo, PERUPETRO S.A. canaliza las consultas o reclamos recogidos en cualquiera de las fases de Participación Ciudadana de las que es responsable, a las diferentes entidades de acuerdo a sus competencias; lo cual es puesto en conocimiento de la población involucrada y del Ministerio de Energía y Minas. Estas acciones se realizan sin perjuicio de la actuación de las autoridades bajo el ámbito de sus respectivas competencias, desde el inicio de los procesos de participación ciudadana en Actividades de Hidrocarburos. Artículo 16.- De la Convocatoria a los Eventos Presenciales 16.1. PERUPETRO S.A. realiza la convocatoria con una anticipación no menor de diez (10) días hábiles a la fecha de su realización. 16.2. Dicha convocatoria se realiza en idioma castellano y/o en el idioma o lengua propia de la población. La convocatoria contiene como mínimo la siguiente información: a) El lugar, fecha y hora de inicio del Evento Presencial; b) Los objetivos del Evento Presencial. c) Documentación o material informativo en relación a los temas a ser expuestos en el Evento Presencial. 16.3. La convocatoria será publicada en un medio de comunicación acorde a la realidad cultural de la población objeto de la convocatoria (diario, radio, parlantes, afiches, etc.), a fin de que se garantice una adecuada difusión del evento. Dicha convocatoria será publicada en el Portal Institucional de PERUPETRO S.A. Adicionalmente, PERUPETRO S.A. convoca mediante Cartas a los gobiernos regionales, provinciales y locales, así como a los principales actores previamente identificados. 16.4. Para el caso de anuncios radiales, se emitirán no menos de cinco (5) anuncios diarios durante diez (10) días calendario consecutivos. De igual forma, para el caso de publicaciones en diarios, estas se realizan durante diez (10) días calendarios consecutivos.

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