Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2019 (05/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Sábado 5 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0012-2019 DE/FAPLima, 4 de enero de 2019 Vistos, el FAX Nº 145 de fecha 09 de noviembre de 2018 del Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil, el FAX Nº 0284 EMGRA/ EMAI de fecha 10 de agosto de 2018 y el Mensaje EMAI.131753 de fecha 13 de diciembre de 2018 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, el Mensaje DEPE.-121625 de fecha 12 de diciembre de 2018 y el Oficio NC-50-DEPE-Nº 1597 de fecha 27 de diciembre de 2018 del Director General de Educación y Doctrina Accidental de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú mantiene una permanente e histórica relación de amistad con la Fuerza Aérea Brasileña (FAB), lo que permite a nuestra institución, el intercambio de oficiales, la observación y el aprendizaje sobre los adelantos que esa Fuerza Aérea ha logrado en las ciencias aeronáuticas, en los campos académicos, doctrinarios y tecnológico; Que, mediante el FAX Nº 0284 EMGRA/EMAI del 10 de agosto del 2018 el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú remite al Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil, la relación de los cursos a realizarse en el año 2019 en Brasil, dentro del cual se encuentra el Curso Avanzado de Comando y Estado Mayor; asimismo con el mensaje EMAI 131753 DIC-2018 comunica al Director General de Educación y Doctrina que indicada actividad se encuentra considerada en el proyecto PAVE-2019; Que, mediante el FAX Nº 145 de fecha 09 de noviembre de 2018 el Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil, informa al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, la reserva de una (01) vacante en el Curso Avanzado de Comando y Estado Mayor (CACEM), a desarrollarse del 07 de enero al 06 de diciembre de 2019, en la Escuela de Comando y Estado Mayor de Aeronáutica (EMAER), ubicada en la ciudad de Rio de Janeiro ­ República Federativa del Brasil del 07 de enero al 06 de diciembre de 2019; Que, mediante el mensaje DEPE.-121625 DIC-2018 el Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, informa al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú los nombres del personal FAP propuestos para los cursos que se realizarán en el extranjero los cuales se encuentran incluidos en el PAVE2019 (entre ellos se encuentra el Curso Avanzado de Comando y Estado Mayor); Que, mediante el Oficio NC-50-DEPE-Nº 1597 de fecha 27 de diciembre de 2018, el Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, solicita se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior en Misión de Estudios del MAY FAP PAUL CESAR LA ROSA RIVAS, para que participe en el Curso Avanzado de Comando y Estado Mayor (CACEM), a desarrollarse del 07 de enero al 06 de diciembre de 2019, en la Escuela de Comando y Estado Mayor de Aeronáutica (EMAER), ubicada en la ciudad de Rio de Janeiro ­ República Federativa del Brasil del 07 de enero al 06 de diciembre de 2019; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos suscrito por el Jefe del Departamento de Capacitación, Especialización y Perfeccionamiento de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, anexada al Oficio NC-50-DEPE-Nº 1597 de fecha 27 de diciembre de 2018, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del MAY FAP PAUL CESAR LA ROSA RIVAS, por cuanto, permitirá contar con personal competente en desenvolvimiento de competencias específicas para el desempeño de funciones administrativas, de asesoramiento y operaciones, así como una visión conjunta del arte militar en el campo de combate; contribuyendo además a maximizar las competencias

profesionales de los participantes en el curso, redundando en beneficio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-Nº 0180 DGVC-ME/SIAF-SP de fecha 27 de diciembre de 2018 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales y Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento, pasajes y Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 7 del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG; Que, el segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359 ­ "Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme al Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE de fecha 02 de octubre de 2013; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y

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