Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2019 (08/01/2019)


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NORMAS LEGALES

Martes 8 de enero de 2019 /

El Peruano

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Guillermo Ignacio Chávez Cossío como Coordinador de Carreteras del Equipo de Trabajo "Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones", dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor César Augusto Sánchez Salas como Coordinador de Carreteras del Equipo de Trabajo "Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones". Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1729352-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 022-2018-MTC Mediante Oficio Nº 000035-2019-DP-SG/SCM la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 022-2018-MTC publicado en la edición del 31 de diciembre de 2018. DICE: "Artículo 7.- Funciones del Despacho Ministerial (...) h) Expedir mesoluciones ministeriales y refrendar los actos presidenciales en el marco de su competencia; (...)". DEBE DECIR: "Artículo 7.- Funciones del Despacho Ministerial (...) h) Expedir resoluciones ministeriales y refrendar los actos presidenciales en el marco de su competencia; (...)". 1729358-1

y Urbanismo hace suyo el Informe Técnico - Legal N° 202-2018-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DV-JHA-JACV de la Dirección de Vivienda; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, establecen que este Ministerio es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro del ámbito de su competencia, entre otros, en la materia de vivienda, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; teniendo, entre otras competencias exclusivas, el dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el numeral 2 del artículo 10 de la referida Ley señala entre las funciones compartidas del MVCS, normar, aprobar, efectuar y supervisar las políticas nacionales sobre ordenamiento y desarrollo urbanístico, habilitación urbana y edificaciones, uso y ocupación del suelo urbano y urbanizable, en el ámbito de su competencia, en concordancia con las leyes orgánicas de los gobiernos regionales y de municipalidades; Que, el literal b) del artículo 66 del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, establece que la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo - DGPRVU tiene entre sus funciones, proponer o aprobar y difundir las normas, planes, reglamentos, lineamientos, directivas, procedimientos, metodologías, mecanismos y estándares, entre otros, de alcance nacional en las materias de vivienda, urbanismo y ordenamiento e integración de los centros poblados en el marco de las políticas y normas que se vinculen; Que, a través del Decreto Supremo Nº 010-2018VIVIENDA, se aprueba el Reglamento Especial de Habilitación Urbana y Edificación, con el objeto de establecer las disposiciones básicas para diseñar y, con posterioridad a la expedición de la respectiva licencia municipal, ejecutar proyectos de habilitación urbana y/o de edificación para viviendas de interés social, sujetas a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-VIVIENDA y sus Reglamentos; asimismo, se deroga el Decreto Supremo Nº 013-2013-VIVIENDA que aprobó el Reglamento Especial de Habilitación Urbana y Edificación; Que, mediante los documentos del Visto, la DGPRVU sustenta la modificación del Reglamento Especial de Habilitación Urbana y Edificación y propone, entre otros aspectos, incorporar zonificaciones residenciales y compatibles con dicho uso para el diseño y ejecución de los proyectos de habilitación urbana y de edificación de viviendas de interés social, a fin de no limitar su desarrollo; establecer que las características del sistema de drenaje pluvial, se sujetan a la normativa sobre la materia; disponer características de diseño de vías locales secundarias para las habilitaciones urbanas en general y para las habilitaciones urbanas en laderas; en los proyectos de edificación, se permiten distintas soluciones de diseño para la ubicación del número resultante de bicicletas calculadas sobre el área neta prevista para los estacionamientos vehiculares; disponer que para acogerse a lo establecido en el Reglamento, el proyecto de edificación debe desarrollar no menos del 50% de área techada exclusivamente para viviendas de interés social y el área restante puede contemplar edificaciones con usos complementarios al residencial y compatibles con la zonificación permitida; incorporar parámetros urbanísticos y edificatorios para viviendas multifamiliares y conjuntos residenciales en Zonas Residenciales de Densidad Baja; Que, de acuerdo a lo indicado en los considerandos precedentes, es necesario aprobar la modificación del Reglamento Especial de Habilitación Urbana y Edificación, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2018-VIVIENDA, por lo que corresponde disponer la publicación del referido proyecto de norma en el portal institucional del MVCS, a

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Disponen la publicación en el portal institucional del Ministerio del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la modificación del Reglamento Especial de Habilitación Urbana y Edificación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2018-VIVIENDA y de su Exposición de Motivos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 002-2019-VIVIENDA Lima, 4 de enero del 2019 VISTO, el Informe N° 357-2018-VIVIENDA/ VMVU-DGPRVU, por el cual el Director General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda

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