Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2019 (08/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Martes 8 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; DECRETA: Artículo 1.- Declarar como Área de No Admisión de Petitorios Mineros - ANAP, por el plazo de cinco (5) años calendario, al área denominada "ANAP AJARUNI" de 9,900 hectáreas, ubicada en los distritos de Huacullani y Kelluyo, provincia de Chucuito del departamento de Puno. Las coordenadas UTM WGS84 de los vértices de la poligonal cerrada que encierra el área son: ANAP AJARUNI Vértices 1 2 3 4 Este 470000 470000 461000 461000 Norte 8163000 8152000 8152000 8163000

Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0042013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor CARLOS ANTONIO RIVERA BECERRA, en el cargo público de confianza de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el señor Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1729359-7

Artículo 2.- El traslado y custodia de la información técnica y los archivos físicos de las muestras y/o testigos del proyecto Santa Ana estará a cargo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET, de conformidad a lo dispuesto en numeral 71.4 del artículo 71 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM. Artículo 3.- El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de enero del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1729359-4

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Procurador Público Anticorrupción Descentralizado de Moquegua
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2019-JUS Lima, 7 de enero de 2019 VISTO, el Oficio N° 4777-JUS/CDJE, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO:

INTERIOR
Designan Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2019-IN Lima, 7 de enero de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, que establece la estructura orgánica del Sector; Que, se encuentra vacante el cargo público de confianza de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC; Que, por razones de servicio resulta necesario designar al servidor que asuma el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1127, que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de

Que, el artículo 47 de la Constitución Política del Perú, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos; Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, dispone como finalidad del sistema fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1068 establece que el Consejo de Defensa Jurídica del Estado evalúa y propone al Presidente de la República la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo, quienes son designados mediante Resolución Suprema con refrendo del Presidente del Consejo de Ministros, del Ministro de Justicia y Derechos Humanos y del Ministro del sector correspondiente; Que, el literal b) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1068, establece que es atribución y obligación del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, de acuerdo a la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1068, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2008-JUS, las Procuradurías Públicas Anticorrupción Descentralizadas forman parte de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción, teniendo los Procuradores Públicos Anticorrupción nivel de Procuradores Públicos Adjuntos; Que, mediante Sesión Extraordinaria del 06 de diciembre de 2018, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado acordó proponer la designación del abogado Carlos Marcelo Ponce Arpasi, como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado de Moquegua;

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