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55 NORMAS LEGALES Jueves 31 de enero de 2019 El Peruano / Ratifican el “ Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia relativo a la Ampliación de la Vigencia del Acuerdo sobre la Habilitación del Paso de Frontera San Lorenzo - Extrema” DECRETO SUPREMO Nº 008-2019-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el “Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia relativo a la Ampliación de la Vigencia del Acuerdo sobre la Habilitación del Paso de Frontera San Lorenzo – Extrema” fue efectuado mediante el intercambio de la Nota RE. (GAB) N° 6/5 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, de fecha 14 de enero de 2019, y la Nota CITE: GM-AG-Cs-5/2019 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, de fecha 16 de enero de 2019; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado acuerdo jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2° de la Ley N° 26647, que faculta al Presidente de la República a celebrar y rati fi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso. DECRETA:Artículo 1°.- Rati fi case el “Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia relativo a la Ampliación de la Vigencia del Acuerdo sobre la Habilitación del Paso de Frontera San Lorenzo – Extrema”, efectuado mediante el intercambio de la Nota RE. (GAB) N° 6/5, de fecha 14 de enero de 2019, y la Nota CITE: GM-AG-Cs-5/2019, de fecha 16 de enero de 2019; Artículo 2°.- De conformidad con los artículo 4° y 6° de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario o fi cial “El Peruano” el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1736853-4 Reconocen Cónsul General de Colombia en Lima RESOLUCIÓN SUPREMA N° 018-2019-RE Lima, 30 de enero de 2019 VISTA La Nota Nº EPELM 355/18, de 26 de noviembre de 2018, mediante la cual la Embajada de Colombia en Lima, solicita el reconocimiento del señor Emilio Merino González, como Cónsul General de Colombia en Lima;CONSIDERANDO: Que, mediante Nota RE (CON) Nº 6-8/83, de 19 de diciembre de 2018, el Gobierno peruano otorga su consentimiento a la designación del señor Emilio Merino González como Cónsul General de Colombia en Lima, con jurisdicción en la ciudad de Lima y los Departamentos Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, Tacna, Tumbes y Ucayali; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en el sentido que procede el reconocimiento del señor Emilio Merino González, como Cónsul General de Colombia en Lima; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, inciso 11) y 13) de la Constitución Política del Perú, así como los artículos 9º, inciso 1), y 12º de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Reconocer al señor Emilio Merino González, como Cónsul General de Colombia en Lima, con jurisdicción en la ciudad de Lima y los Departamentos Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, Tacna, Tumbes y Ucayali. Artículo 2º.- Extender el Exequátur correspondiente. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1736853-5 SALUD Aprueban Reglamento para la Gestión de Reclamos y Denuncias de los Usuarios de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - UGIPRESS, públicas, privadas o mixtas DECRETO SUPREMO N° 002-2019-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo y que la protección de la salud es de interés público; por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 123 de la precitada Ley, modi fi cada por la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a nivel