Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2019 (01/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de febrero de 2019 /

El Peruano

a Eriko Gesler Wayner Cueva Fuentes, identificado con DNI Nº 46648956, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Regional para el Desarrollo con Seguridad y Honradez, a fin de completar el número de regidores del Concejo Provincial de Trujillo. 7. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Provinciales Electas, de fecha 18 de noviembre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Trujillo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Juan Carlos Rojas Núñez, como regidor provisional del Concejo Provincial de Trujillo, departamento de La Libertad, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Eriko Gesler Wayner Cueva Fuentes, identificado con DNI Nº 46648956, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Regional para el Desarrollo con Seguridad y Honradez, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Trujillo, departamento de La Libertad, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1737017-7

gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). De la licencia del alcalde 5. De la revisión del expediente se advierte, que Tomás Villanueva Andía Crisóstomo, alcalde de la Municipalidad Provincial de Pisco, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, ello conforme obra a fojas 4. Al respecto, el Concejo Provincial de Pisco concedió licencia, sin goce de haber, a la mencionada autoridad edil mediante el Acuerdo de Concejo Nº 025-2018-MPP, de fecha 19 de julio de 2018 (fojas 2 y 3), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que el alcalde presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el Concejo Provincial de Pisco, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como en aplicación supletoria del numeral 1, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), resulta procedente convocar a Jessica Nogami Vera, segunda regidora, identificada con DNI Nº 22299751, para que asuma por encargatura las funciones de alcaldesa, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. Al respecto, se resalta que no se ha convocado al primer regidor para que asuma la encargatura del despacho para la alcaldía debido a que por medio del presente expediente se encuentra tramitando también su solicitud de licencia, sin goce de haber, para participar en las Elecciones Municipales 2018. 7. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a Bertha Ynes Espinoza de Ortega, identificada con DNI Nº 22257799, candidata no proclamada de la organización política Partido Regional de Integración, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Chincha, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. De la licencia a los regidores 8. Los regidores Bertila Mercedes Ferreyra Hernández, Javier Antonio Cavero Cabrera, Hernán Herrera Morán y Pedro Édgar Fuentes Hernández, con motivo de sus participaciones en las Elecciones Municipales 2018, presentaron sus solicitudes de licencia, sin goce de haber, ello conforme obra a fojas 5 a 8. Al respecto, el Concejo Provincial de Pisco concedió licencia, sin goce de haber, a las mencionadas autoridades ediles mediante el Acuerdo de Concejo Nº 025-2018-MPP, de fecha 19 de julio de

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidores del Concejo Provincial de Pisco, departamento de Ica
RESOLUCIÓN Nº 2553-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00678 PISCO - ICA CONVOCATORIA DE CANDIDATO PROCLAMADO LICENCIA Lima, veintinueve de agosto de dos mil dieciocho. VISTO el Oficio Nº 388-2018-MPP-ALC presentado el 15 de agosto de 2018, por Tomás Villanueva Andía Crisóstomo, alcalde de la Municipalidad Provincial de Pisco, departamento de Ica, mediante el cual se comunica la licencia, sin goce de haber, que le fue concedida a él y a los regidores Bertila Mercedes Ferreyra Hernández, Javier Antonio Cavero Cabrera, Hernán Herrera Morán y Pedro Edgar Fuentes Hernández. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de

NO

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