Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2019 (01/02/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Viernes 1 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

101

de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora de la Concejo Municipal Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Sexto.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Ángel Ricardo Tejedo Huamán, regidor del Concejo Municipal Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Sétimo.- CONVOCAR a Marden Omar Vásquez Sandoval, identificado con DNI Nº 05330780, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Municipal Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1737017-10

no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). Del caso concreto 4. Que, mediante el Oficio Nº 777-2018-GRLL-CR/ SGCR, presentado por Carlos Enrique Mori Betteta, secretario general del Consejo Regional de La Libertad, mediante el cual informó a este órgano electoral que el Gobierno Regional de La Libertad, con motivos de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, otorgó las siguientes licencias sin goce de haber:
CONSEJEROS REGIONALES SOLICITUD Licencia Fecha Fojas 6 7 5 ACUERDO MUNICIPAL Nº Fecha Fojas

Joel David Díaz 30 días 12.06.2018 Velásquez Henry Eduardo 30 días 12.06.2018 Guanilo Che Frank Eduardo 30 días 15.06.2018 Sánchez Romero

043-2018-GR-LL-CR 28.06.2018 3 y 4 043-2018-GR-LL-CR 28.06.2019 3 y 4 043-2018-GR-LL-CR 28.06.2018 3 y 4 044-2018-GR-LL-CR 28.06.2018 8 y 9 044-2018-GR-LL-CR 28.06.2018 8 y 9 044-2018-GR-LL-CR 28.06.2018 8 y 9 044-2018-GR-LL-CR 28.06.2018 8 y 9

Manuel Espíritu 30 días 14.06.2018 10 Quijano Muñoz Edwin Martín 30 días 18.06.2018 Castellanos García Edgar Robinson 30 días 15.06.2018 García Flores Omar Valdemar 30 días 15.06.2018 Zavaleta Cortijo 13 12 11

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de consejeros del Gobierno Regional de La Libertad
RESOLUCIÓN Nº 2556-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00554 LA LIBERTAD CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, veintinueve de agosto de dos mil dieciocho. VISTO el Oficio Nº 777-2018-GRLL-CR/SGCR, presentado el 5 de julio, por Carlos Enrique Mori Betteta, secretario general del Consejo Regional de La Libertad, mediante el cual comunica la licencia, sin goce de haber, que fue concedida a los consejeros regionales Joel David Díaz Velásquez, Henry Eduardo Guanilo Che, Frank Eduardo Sánchez Romero, Manuel Espíritu Quijano Muñoz, Edwin Martín Castellanos García, Edgar Robinson García Flores y Omar Valdemar Zavaleta Cortijo. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. De las elecciones regionales y municipales 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que

De la licencia a los consejeros regionales 5. En el presente caso, se aprecia que los consejeros presentaron su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el consejo regional, así las cosas, para completar el número de consejeros, corresponde convocar al accesitario, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, para completar el número de consejeros, resulta procedente convocar a:
ACCESITARIOS CONVOCADO PARA CONSEJEROS REGIONALES Gonzalo Ramírez Amador DNI ORGANIZACIÓN POLÍTICA LICENCIA

Angulo 08664708 Alianza Para el Progreso 17967526 Alianza Para el Progreso 47358756 Alianza Para el Progreso 45487224 Súmate por una Nueva Libertad

30 días 30 días 30 días 30 días 30 días 30 días 30 días

Flor de María Nolasco Pérez Jhonny Miguel Hoyos Romero Liana Kendy Caballero Alfaro Marco Antonio Málaga Julissa Huamán

Chayguaque 40722006 Alianza Para el Progreso Aguilar 74246695 73880052 Partido Aprista Peruano Restauración Nacional

Kazandra

Estefany Cristina Cieza Pérez

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.