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101 NORMAS LEGALES Viernes 1 de febrero de 2019 El Peruano / de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora de la Concejo Municipal Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Sexto.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Ángel Ricardo Tejedo Huamán, regidor del Concejo Municipal Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Sétimo.- CONVOCAR a Marden Omar Vásquez Sandoval, identi fi cado con DNI Nº 05330780, con el fi n de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Municipal Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1737017-10 Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de consejeros del Gobierno Regional de La Libertad RESOLUCIÓN Nº 2556-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00554 LA LIBERTADCONVOCATORIA DE CANDIDATO NOPROCLAMADOLICENCIA Lima, veintinueve de agosto de dos mil dieciocho.VISTO el O fi cio Nº 777-2018-GRLL-CR/SGCR, presentado el 5 de julio, por Carlos Enrique Mori Betteta, secretario general del Consejo Regional de La Libertad, mediante el cual comunica la licencia, sin goce de haber, que fue concedida a los consejeros regionales Joel David Díaz Velásquez, Henry Eduardo Guanilo Che, Frank Eduardo Sánchez Romero, Manuel Espíritu Quijano Muñoz, Edwin Martín Castellanos García, Edgar Robinson García Flores y Omar Valdemar Zavaleta Cortijo. CONSIDERANDOS1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. De las elecciones regionales y municipales 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá e fi cacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano , con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). Del caso concreto4. Que, mediante el O fi cio Nº 777-2018-GRLL-CR/ SGCR, presentado por Carlos Enrique Mori Betteta, secretario general del Consejo Regional de La Libertad, mediante el cual informó a este órgano electoral que el Gobierno Regional de La Libertad, con motivos de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, otorgó las siguientes licencias sin goce de haber: CONSEJEROS REGIONALESSOLICITUD ACUERDO MUNICIPAL Licencia Fecha Fojas Nº Fecha Fojas Joel David Díaz Velásquez30 días 12.06.2018 6 043-2018-GR-LL-CR 28.06.2018 3 y 4 Henry Eduardo Guanilo Che30 días 12.06.2018 7 043-2018-GR-LL-CR 28.06.2019 3 y 4 Frank Eduardo Sánchez Romero30 días 15.06.2018 5 043-2018-GR-LL-CR 28.06.2018 3 y 4 Manuel Espíritu Quijano Muñoz30 días 14.06.2018 10 044-2018-GR-LL-CR 28.06.2018 8 y 9 Edwin Martín Castellanos García30 días 18.06.2018 13 044-2018-GR-LL-CR 28.06.2018 8 y 9 Edgar Robinson García Flores30 días 15.06.2018 12 044-2018-GR-LL-CR 28.06.2018 8 y 9 Omar Valdemar Zavaleta Cortijo30 días 15.06.2018 11 044-2018-GR-LL-CR 28.06.2018 8 y 9 De la licencia a los consejeros regionales 5. En el presente caso, se aprecia que los consejeros presentaron su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el consejo regional, así las cosas, para completar el número de consejeros, corresponde convocar al accesitario, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar su fi cientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, para completar el número de consejeros, resulta procedente convocar a: ACCESITARIOS CONVOCADO PARA CONSEJEROS REGIONALESDNI ORGANIZACIÓN POLÍTICALICENCIA Gonzalo Amador Angulo Ramírez08664708 Alianza Para el Progreso 30 días Flor de María Nolasco Pérez 17967526 Alianza Para el Progreso 30 días Jhonny Miguel Hoyos Romero 47358756 Alianza Para el Progreso 30 díasLiana Kendy Caballero Alfaro 45487224 Súmate por una Nueva Libertad30 días Marco Antonio Chayguaque Málaga40722006 Alianza Para el Progreso 30 días Julissa Kazandra Aguilar Huamán74246695 Partido Aprista Peruano 30 días Estefany Cristina Cieza Pérez 73880052 Restauración Nacional 30 días Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,