Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2019 (02/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Sábado 2 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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Aceptan renuncia de Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 22-2019-INBP San Isidro, 30 de enero de 2019 VISTA: La Carta S/N, de fecha 30 de enero de 2019, de la señorita Kelly Karen Herrera Samanez, Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1260 fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y estructura orgánica; Que, mediante la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se estableció un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargos de éstas, cuyo título V regula el Régimen Disciplinario y el Procedimiento Sancionador aplicable a los servidores civiles; Que, en virtud a lo establecido en la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, en concordancia con la Undécima Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, el 14 de setiembre de 2014 entró en vigencia el Régimen Disciplinario y el Procedimiento Sancionador regulado en las citadas normas; Que, el artículo 92ºde la citada Ley, en concordancia con el artículo 94º de su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de un Secretario Técnico, que es de preferencia abogado y designado mediante resolución del titular de la entidad, pudiendo ser un servidor civil de la entidad que se desempeña como tal, en adición a sus funciones. El secretario técnico es el encargado de precalificar las presuntas faltas, documentar la actividad probatoria, proponer la fundamentación y administrar los archivos emanados del ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria de la entidad pública. No tiene capacidad de decisión y sus informes u opiniones no son vinculantes. La Secretaria Técnica depende de la Unidad de Recursos Humanos de la entidad o la que haga sus veces; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2017-IN, de fecha 17 de septiembre de 2017, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, que tiene por finalidad definir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, así como definir su estructura orgánica hasta el tercer nivel organizacional siendo de aplicación a todos los órganos y unidades orgánicas de la INBP; Que, el Intendente Nacional tiene entre sus funciones conducir la gestión de los recursos humanos, tecnológicos y financieros para el logro de los objetivos y funcionamiento de la INBP, así como designar y remover a los funcionarios, directivos públicos y servidores de confianza de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 1602018-INBP, de fecha 15 de octubre del 2018, se designó

a la señorita Kelly Karen Herrera Samanez en el cargo de Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, mediante Carta S/N, de fecha 30 de enero de 2019, la señorita Kelly Karen Herrera Samanez presenta renuncia a la función de Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, de conformidad con el artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de la INBP el Intendente Nacional es la más alta autoridad de la entidad, ejerce las funciones ejecutivas de dirección, es el titular del pliego y ejerce la representación legal de la entidad, tiene entre sus funciones aprobar y emitir las disposiciones normativas que le corresponda, así como emitir resoluciones de Intendencia en el ámbito de su competencia; Que, en uso de las facultades de las que está investido el Representante Legal de la Institución de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 1260 y en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la INBP aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2017IN; y, con el visto de la Gerencia General, la Oficina de Asesoría Jurídica, la Oficina de Administración y la Unidad de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR la renuncia presentada por la señorita Kelly Karen Herrera Samanez, como Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DISPONER que la secretaria técnica saliente efectúe la entrega de cargo correspondiente al profesional que se le designará dicha función, que incluya el listado y el acervo físico de los expedientes de los procedimientos administrativos disciplinarios por iniciar, en trámite y concluidos. Artículo 3º.- NOTIFICAR la presente Resolución de Intendencia a la servidora mencionada; así como a la Unidad de Recursos Humanos, para los fines pertinentes. Artículo 4º.- DISPONER, que la Oficina de Comunicación Social realice la publicación de la presente Resolución en el Portal de la página web de la entidad (www.inbp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. CHARLES E. HALLENBECK FUENTES Intendente Nacional (e) 1737317-4

Designan Director de la Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades y Director de la Dirección de la Escuela de Bomberos
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 023-2019-INBP San Isidro, 1 de febrero de 2019 VISTAS: La Nota Informativa Nº 93-2019-INBP-OA-URH, de fecha 30 de enero de 2019, de la Unidad de Recursos Humanos y la Carta S/N de fecha 31 de enero de 2019, del Abogado Klaus Viviano Talaverano Ojeda. Director de la Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; y, CONSIDERANDO: Que el Decreto Legislativo Nº 1260 fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú,

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