Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2019 (02/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Sábado 2 de febrero de 2019 /

El Peruano

como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y estructura orgánica; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 0962018-INBP, de fecha 27 de junio de 2018, se designó al Abogado Klaus Viviano Talaverano Ojeda en el cargo de confianza de Director de la Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, mediante Carta S/N de fecha 31 de enero de 2019, el Abogado Klaus Viviano Talaverano Ojeda, ha presentado renuncia al cargo de Director de la Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 1032018-INBP, de fecha 03 de julio de 2018, se designó al Abogado Jorge Luis Hernani Chávez en el cargo de confianza de Director de la Dirección de la Escuela de Bomberos de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2017-IN, de fecha 17 de septiembre de 2017, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, que tiene por finalidad definir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, así como definir su estructura orgánica hasta el tercer nivel organizacional siendo de aplicación a todos los órganos y unidades orgánicas de la INBP; Que, por Resolución Suprema Nº 121-2018-IN del 23 noviembre del 2018 se encargó al Mag. Charles Hallenbeck Fuentes en el cargo de Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, el Intendente Nacional tiene entre sus funciones conducir la gestión de recursos humanos, tecnológicos y financieros para el logro de los objetivos y funcionamiento de la INBP, así como designar y remover a los funcionarios directivos públicos y servidores de confianza de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, de conformidad con el artículo 7º del Reglamento de Organización de Funciones de la INBP el Intendente Nacional es la más alta autoridad de la entidad, ejerce funciones ejecutivas de dirección, es el titular del pliego y ejerce la representación legal de la entidad, tiene entre sus funciones aprobar y emitir las disposiciones normativas que le corresponda, así como emitir resoluciones de Intendencia en el ámbito de su competencia; Que, en uso de las facultades de las que está investido el Representante Legal de la Institución de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 1260 y en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la INBP aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 025-2017IN; y con el visto de la Gerencia General, la Oficina de la Asesoría Jurídica, la Oficina de Administración y la Unidad de Recursos Humanos de la INBP; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR la renuncia presentada por el Abogado Klaus Viviano Talaverano Ojeda en el cargo de confianza de Director de la Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, dándosele las gracias por los servicios prestados, debiendo proceder a la entrega de cargo conforme a las normas de orden administrativo, bajo responsabilidad. Artículo 2º.- DAR POR CONCLUIDA la designación efectuada al Abogado Jorge Luis Hernani Chávez en el cargo de confianza de Director de la Dirección de la Escuela de Bomberos de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, dándosele las gracias por los servicios prestados, debiendo proceder a la entrega de cargo conforme a las normas de orden administrativo, bajo responsabilidad. Artículo 3º.- DESIGNAR a partir de la fecha al Abogado FELIPE GUILLERMO SILVA SOLOGUREN,

en el cargo de confianza de Director de la Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Artículo 4º.- DESIGNAR a partir de la fecha al Abogado RAFAEL CANTONI BRICEÑO, en el cargo de confianza de Director de la Dirección de la Escuela de Bomberos de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Artículo 5º.- DISPONER, que la Unidad de Recursos Humanos de la INBP realice las acciones necesarias para la contratación de los funcionarios designados, conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057. Artículo 6º.- DISPONER, que la Oficina de Comunicación Social realice la publicación de la presente Resolución en el Portal de la página web de la entidad (www.inbp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CHARLES E. HALLENBECK FUENTES Intendente Nacional (e) 1737534-2

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban Saldos del Balance Final de la devolución de los pagos efectuados por concepto de CASE, SISE y TRS, y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 016-2019-OS/CD Lima, 31 de enero de 2019 CONSIDERANDO: Que, con fecha 30 de setiembre de 2017, se publicó la Resolución N° 206-2017-OS/CD mediante la cual se aprobó la Norma "Procedimiento para la devolución de los pagos efectuados por los conceptos de CASE, Cargo Tarifario SISE y TRS dispuesta por Ley N° 30543" (en adelante "Procedimiento de Devolución"). Este Procedimiento, establece los criterios, mecanismos, obligaciones y etapas para la aprobación de los saldos de liquidación a cada agente recaudador, la determinación de los montos a devolver y la transferencia a cada una de las empresas recaudadoras, para el posterior traslado a los usuarios finales beneficiarios; Que, con fecha 20 de diciembre de 2017, fue publicada en el diario oficial El Peruano la Resolución N° 230-2017OS/CD (en adelante "Resolución 230"), mediante la cual Osinergmin aprobó los saldos de la liquidación, determinó los montos a devolver y transferir a cada una de las empresas recaudadoras y sus respectivos factores de ajuste; y dispuso la publicación de las listas de Usuarios Finales Beneficiarios de la devolución de los montos recaudados por concepto del CASE, Cargo Tarifario SISE y TRS; Que, de acuerdo con la Séptima Disposición Complementaria del Procedimiento de Devolución, las devoluciones en favor de los Usuarios Finales Beneficiarios debían efectuarse en el siguiente ciclo de facturación, precisando que en casos excepcionales de reclamaciones o la no presentación de las listas de Usuarios Finales Beneficiarios por parte de las empresas recaudadoras, las devoluciones podrían efectuarse en

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