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66 NORMAS LEGALES Martes 12 de febrero de 2019 / El Peruano Designan funcionario responsable de entregar la información que soliciten los ciudadanos a la Municipalidad, en virtud de lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 40-2019-MDP/A Pachacámac, 10 de enero de 2019El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC CONSIDERANDO:Que, conforme con lo establecido en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú, es un derecho fundamental de toda persona solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Que, mediante Ley Nº 27806 modi fi cada por la Ley Nº 27927, se aprobó la “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, la misma que promueve la transparencia en los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú. Que, a través del Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM se aprobó el Texto Único Ordenando de la Ley Nº 27806, “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, estableciéndose en su artículo 3º que el Estado debe adoptar medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad. Que, conforme a lo establecido en el artículo 8º del Texto Único Ordenando de la Ley Nº 27806, “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, en concordancia con el artículo 3º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, existe la obligatoriedad de la máxima autoridad de la Entidad de designar al funcionario responsable de brindar la información de acceso al público que en virtud de la normativa reseñada soliciten los ciudadanos. Que, según el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, la designación del funcionario responsable de entregar la información solicitada, se efectúa mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y colocada en lugar visible de cada una de las sedes administrativas. Que, con Resolución de Alcaldía Nº 003-2019-MDP/A de fecha 01.01.2019 se designó a partir del 01 de Enero del 2019, al Señor Juan José Avalos Yaca, en el cargo de Sub Gerente de Trámite Documentario y Archivo de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, correspondiendo sea designado como funcionario responsable de entregar la información que soliciten los ciudadanos a la Municipalidad Distrital de Pachacámac. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al Señor JUAN JOSE AVALOS YACA, Sub Gerente de Trámite Documentario y Archivo de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, como funcionario responsable de entregar o brindar la información que soliciten los ciudadanos a la Municipalidad Distrital de Pachacámac, en virtud de lo establecido en el Texto Único Ordenando de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto toda designación efectuada con anterioridad a la vigencia de la presente Resolución. Artículo Tercero.- DISPONER que los funcionarios y servidores de la Corporación Municipal proporcionen la información y documentación que solicite la Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo en virtud de la normativa en mención, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos sobre la materia, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO Alcalde 1739691-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Declaran en situación de desabastecimiento debidamente comprobada de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2019-MPL Pueblo Libre, 29 de enero del 2019EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUEBLO LIBREVISTO, en sesión ordinaria de Concejo de la fecha; con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de Lectura y Aprobación de Acta; y, CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194 de la Constitución Política del Estado concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, con Memorándum Nº 011-2019-MPL/GDHFD de fecha 11 de enero del 2019 la Gerencia de Desarrollo Humano, Familia y DEMUNA, informa que el 22 de octubre del 2018 las coordinadoras del Programa Vaso de leche dan a conocer los insumos elegidos para la distribución durante el año 2019, los cuales consisten en leche evaporada entera lata de 410 g., Hojuela de cereal enriquecido azucarado (presentación: bolsa de 500 g), Cereal instantáneo (presentación: bolsa de 500 g); que, el 12 de noviembre del 2018 se envía el informe Nº 70-2018-MPL-GDHFD, a través del cual se solicita la designación del Comité de Administración; que el 16 de noviembre del 2018 el Sub Gerente de Logística y Patrimonio, según Informe Nº 499-2018-MPL-GAF/SGLP solicita dar trámite al requerimiento a través del Formato Único de Requerimiento para iniciar con el Procedimiento de Selección; que el 20 de noviembre del 2018 la Gerencia de Desarrollo Humano, Familia y DEMUNA con Informe Nº 071-2018-MPL-GDHDFD-PVL, adjunta el requerimiento anual y mensual correspondiente al año 2019, con las especi fi caciones técnicas requeridas para la compra de los insumos para el PVL; que el 21 de noviembre de 2018 las coordinadoras del PVL, ingresan por mesa de partes la rati fi cación de sus representantes; que, el 30