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51 NORMAS LEGALES Martes 12 de febrero de 2019 El Peruano / de junio de 2018 (fojas 2 a 5), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que los citados regidores presentaron su solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a Magui Rodríguez Merejildo, identi fi cada con DNI Nº 46845187, y Adelita Marilú Álvarez Lozano, identi fi cada con DNI Nº 70507559, candidatas no proclamadas de la organización política Restauración Nacional, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Trujillo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Merly Zanabel Rodríguez Castro, regidora del Concejo Provincial de Otuzco, departamento de La Libertad, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre al 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Magui Rodríguez Merejildo identi fi cada con DNI Nº 46845187, con el fi n de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Otuzco, departamento de La Libertad, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Santos Agapito Gerónimo Polo, regidor del Concejo Provincial de Otuzco, departamento de La Libertad, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Adelita Marilú Álvarez Lozano, identi fi cada con DNI Nº 70507559, con el fi n de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Otuzco, departamento de La Libertad, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1740072-16 Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor del Concejo Distrital de San Antonio de Chuca, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN Nº 2708-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00583 SAN ANTONIO DE CHUCA - CAYLLOMA - AREQUIPACONVOCATORIA DE CANDIDATO NOPROCLAMADOLICENCIALima, seis de setiembre de dos mil dieciocho. VISTOS los O fi cios Nº 273-2018-MDSACH y Nº 327-2018-MDSACH presentados, el 24 de julio y el 3 de setiembre de 2018, respectivamente, por Bibiano Quispe Cayllahua, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Antonio de Chuca, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, mediante los cuales comunica la licencia, sin goce de haber, que le fue concedida por el concejo municipal. CONSIDERANDOS1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá e fi cacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Bibiano Quispe Cayllahua, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Antonio de Chuca, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo Nº 15-2018-MDSCH, de fecha 18 de junio de 2018 (fojas 5 y 6), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que el alcalde presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como en aplicación supletoria del numeral 1, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar al primer regidor Claudio Bernardino Apaza Velásquez, identi fi cado con DNI Nº 30662026, para que asuma, inmediatamente, por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. 7. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a Tomasa Quispe Condori de Llosa, identi fi cada con DNI Nº 42752015, candidata no proclamada de la organización política Fuerza Arequipeña, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Bibiano Quispe Cayllahua, alcalde de la