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52 NORMAS LEGALES Martes 12 de febrero de 2019 / El Peruano Municipalidad Distrital de San Antonio de Chuca, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Claudio Bernardino Apaza Velásquez, identi fi cado con DNI Nº 30662026, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de San Antonio de Chuca, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Tomasa Quispe Condori de Llosa, identi fi cada con DNI Nº 42752015, con el fi n de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Antonio de Chuca, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1740072-17 Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de regidores del Concejo Distrital de Islay, provincia de Islay, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN Nº 2710-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00728 ISLAY - ISLAY - AREQUIPA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, seis de setiembre de dos mil dieciocho.VISTO el O fi cio Nº 162-2018-DA/MDI presentado, el 24 de agosto de 2018, por Regina Lavalle Sullasi, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Islay, provincia de Islay, departamento de Arequipa, mediante el cual comunica la licencia, sin goce de haber, que le fue concedida junto a dos regidores, Naldy Irene Flores Ramos de Santos y Gerald Enrique Palomino Pomier. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018- PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá e fi cacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Mediante el O fi cio Nº 162-2018-DA/MDI presentado, el 24 de agosto de 2018, por Regina Lavalle Sullasi, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Islay, se informó a este órgano electoral que el Concejo Distrital de Islay, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, otorgó licencia sin goce de haber a la alcaldesa de la municipalidad junto a los siguientes regidores: REGIDORESACUERDO DE CONCEJO Nº Fecha Fojas Naldy Irene Flores Ramos de Santos 074-2018-MDI 13.06.2018 4 y 5Gerald Enrique Palomino Pomier 088-2018-MDI 26.07.2018 6 y 7 6. De la revisión de los documentos que obran en autos, se aprecia que los regidores Naldy Irene Flores Ramos de Santos y Gerald Enrique Palomino Pomier, presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo estas aprobadas por el concejo municipal. Por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la LOM, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a los siguientes candidatos no proclamados, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral y, en el supuesto de no quedar su fi cientes candidatos, se incorporará a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Asimismo, en el supuesto de que el candidato no proclamado también se encuentre participando como candidato en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, se procederá a convocar al siguiente candidato de la lista. En ese sentido, resulta procedente convocar a: CANDIDATOS CONVOCADOS PARA REGIDORESDNIORGANIZACIÓN POLÍTICALICENCIA Wilber Alfredo Apaza Ccarita 41545652 Alianza para el Progreso de Arequipa30 Moisés Hernani Rodríguez Aguirre30831881 Fuerza Arequipeña 30 7. Por último, con relación a la solicitud de licencia presentada por la alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Islay, la misma ha sido comunicada a este Supremo Tribunal Electoral el 8 de agosto de 2018, la que se viene tramitando a través del Expediente Nº J-2018-00646, por lo cual, en este extremo debe estarse a lo resuelto en el citado expediente. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,