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50 NORMAS LEGALES Lunes 18 de febrero de 2019 / El Peruano Finanzas de los Proyectos Priorizados en el proceso de Presupuesto Participativo. Artículo Cuarto .- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a través de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto .- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza 428-MSI y su modi fi catoria, así como cualquier dispositivo que se oponga a la presente ordenanza. Artículo Sexto .- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; y a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen su publicación, así como de los anexos que contiene, en el Portal Institucional (www.msi.gob.pe). Artículo Séptimo .- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro, a los 13 días del mes de febrero del 2019. AUGUSTO CACERES VIÑAS Alcalde REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL DISTRITO DE SAN ISIDRO TITULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1.- BASE LEGAL La presente Ordenanza se sustenta en la siguiente base legal: - Constitución Política del Perú. - Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. - Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.- Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de inversión pública y modi fi caciones. - Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y modi fi catorias. - Ley Nº 29298, que modi fi ca la Ley Nº 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo - Decreto Supremo N° 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, que precisa los criterios para delimitar los proyectos por su impacto regional, provincial y distrital. - Decreto Supremo N° 131-2009-EF, que modi fi ca el artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 28056, referido al fi nanciamiento del presupuesto participativo. - Decreto Supremo N° 132-2009-EF, modi fi ca los artículos, 3, 4, y 5 del Decreto Supremo N° 097-2009-EF. - Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, que aprueba el Instructivo Nº 001-2010 EF/76.01 para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Artículo 2.- OBJETO El presente Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones que regulen del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de San Isidro, estableciendo los mecanismos y procedimientos para el desarrollo del mismo, en concordancia con la normatividad vigente de la materia. Artículo 3.- FINALIDAD Garantizar la mayor participación de los representantes de la sociedad Civil y Entidades del Gobierno Nacional a fi n de conocer sus expectativas y necesidades respecto al desarrollo del distrito. Artículo 4.- ÁMBITO El ámbito de aplicación del presente Reglamento es el distrito de San Isidro y tiene carácter multianual.TITULO II DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Artículo 5.- AGENTES PARTICIPANTES Los Agentes Participantes son los actores que participan activamente en la de fi nición, priorización y toma de decisión respecto a resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos que contribuirán al logro de dichos resultados. Es así que, suscribe las actas y demás instrumentos que garantizan la formalidad y transparencia del proceso. Está conformado por: a. Los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital b. Los miembros del Concejo Municipalc. Los representantes de la Sociedad Civil, quienes deberán inscribirse para participar en el Proceso del Presupuesto Participativo y son: - Las organizaciones sociales de base territorial o temática del distrito, tales como juntas vecinales, comités vecinales, clubs de madres, comités del programa vaso de leche y cualquier otra agrupación representativa, cuyos miembros residan en el distrito. - Los organismos e instituciones privadas promotoras del desarrollo, tales como universidades, colegios profesionales, organizaciones no gubernamentales, cámaras de comercio, asociaciones o gremios empresariales, laborales, agrarias, de productores, de comerciantes, organismos de cooperación técnica internacional, fundaciones, iglesias, entro otros con presencia en el distrito de San Isidro. - Los representantes de las Entidades del Gobierno Nacional que desarrollen acciones en el ámbito del distrito. - Los miembros del Equipo Técnico que darán soporte al proceso, quienes participan con voz pero sin voto. Los Agentes Participantes deberán inscribirse y acreditarse en el Libro de Registros de Participantes de acuerdo a lo dispuesto en el cronograma respectivo. Artículo 6.- EQUIPO TECNICO El equipo técnico brinda apoyo para la organización y desarrollo del proceso, facilita la identi fi cación y priorización de resultados, realiza la evaluación técnica y fi nanciera, determinando la metodología para dicho fi n, presenta los resultados de la evaluación y efectúa las acciones para la capacitación y rendición de cuentas de los procesos. Se encuentra conformado por: - Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, quien lo presidirá. - Subgerente de Planeamiento y Presupuesto, Como Secretario técnico. - Gerente de Desarrollo Distrital.- Gerente de Planeamiento Urbano.- Gerente de Sostenibilidad.- Gerente de Desarrollo Humano.- Gerente de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres. - Gerente de Tecnologías de Información y Comunicación. - Gerente de Cultura y Turismo.- Subgerente de Participación Vecinal.- Un (01) Representante de la Sociedad Civil, residente del distrito de San Isidro, profesional con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto y gestión de inversión pública, cuya incorporación resultará de la evaluación que efectúe la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo entre el (los) candidatos (s) que proponga el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD en pleno. De ser necesario, el presidente del Equipo Técnico podrá solicitar el apoyo de las demás unidades orgánicas de la Municipalidad según sus competencias.