TEXTO PAGINA: 36
36 NORMAS LEGALES Martes 19 de febrero de 2019 / El Peruano Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho sistema, que fueron fi nanciados en el Año Fiscal 2018 con la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, a cargo de los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales comprendidos en el Decreto de Urgencia Nº 006-2018 y Decretos Supremos Nºs. 109, 117, 136, 149 y 150-2018-EF, se establece que su fi nanciamiento se realiza con cargo a los recursos del “Fondo para la continuidad de las inversiones” a los que se re fi ere el inciso 5 de la referida Disposición Complementaria Final, estableciendo que dichas transferencias se efectúan hasta el 31 de marzo de 2019; Que, la citada Disposición Complementaria Final establece que lo dispuesto en los considerandos precedentes es aplicable siempre que dicho fi nanciamiento no haya sido considerado en el presupuesto institucional del Año Fiscal 2019 por parte del respectivo pliego, para la misma inversión bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones o proyecto que no se encuentran bajo el ámbito de dicho sistema; Que, el “Fondo para la continuidad de las inversiones” se constituye en el Pliego del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 1 946 000 000,00 (MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 SOLES), de los cuales hasta por la suma de S/ 600 000 000,00 (SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES) corresponden a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; y hasta por la suma de S/ 1 346 000 000,00 (MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 SOLES), corresponden a la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, recursos que se trans fi eren mediante modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, que se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, y para el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales solo con el refrendo del Ministro de Economía y Finanzas; Que, en el marco de lo establecido por la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, y los lineamientos para su aplicación, aprobados por la Resolución Directoral Nº 002-2019-EF/50.01, resulta necesario autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 285 368 189,00 (DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) y una Transferencia de Partidas hasta por la suma de S/ 577 433 303,00 (QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TRES Y 00/100 SOLES), a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para el fi nanciamiento de la continuidad de ejecución de inversiones, teniendo en cuenta que dichos recursos no han sido considerados en el presupuesto institucional de los respectivos pliegos para este año, para los fi nes antes señalados; De conformidad con lo establecido en la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; DECRETA:Artículo 1. Autorización de incorporación de recursos vía Crédito Suplementario Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 hasta por la suma de S/ 285 368 189,00 (DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para fi nanciar la continuidad de ejecución de inversiones, de acuerdo al siguiente detalle:INGRESOS En Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 285 368 189,00 ---------------------- TOTAL INGRESOS 285 368 189,00 ============ EGRESOS En SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos RegionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 138 915 954,00 ---------------------- SUBTOTAL 138 915 954,00 SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos LocalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 146 452 235,00 ---------------------- SUBTOTAL 146 452 235,00 ============ TOTAL EGRESOS 285 368 189,00 ============ Artículo 2. Autorización de Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 hasta por la suma de S/ 577 433 303,00 (QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TRES Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con cargo al “Fondo para la continuidad de las inversiones”, para fi nanciar la continuidad de ejecución de inversiones, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA : En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5006227 : Fondo para la Continuidad de Inversiones FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTOS DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias 577 433 303,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 577 433 303,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos RegionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 446 078 407,00 --------------------- SUBTOTAL 446 078 407,00 SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos LocalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito