Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2019 (19/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Martes 19 de febrero de 2019 /

El Peruano

4.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 5. Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario y de la Transferencia de Partidas a que se refieren los artículos 1 y 2 de este Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados. Artículo 6. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1742345-1

EDUCACION
Aprueban la Norma Técnica denominada "Norma para la contratación administrativa de servicios del personal de las intervenciones y acciones pedagógicas, en el marco de los Programas Presupuestales 0090, 0091, 0106 y 0107, para el año 2019"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 030-2019-MINEDU Lima, 18 de febrero de 2019 VISTOS, el Expediente Nº 007318-2019, los Informes N° 00004-2019-MINEDU/VMGP-DIGEBR, Nº 007-2019-MINEDU/VMGP/DIGEBR-PELA, N° 009-2019MINEDU/VMGP-DIGEBR-PELA, N° 012-2019-MINEDU/ VMGP-DIGEBR-PELA de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe Nº 00150-2019-MINEDU/SGOGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general de Estado; Que, el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley señala que es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales del personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial; Que, el numeral 32.1 del artículo 32 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Educación a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por el monto de S/ 248 682 587,00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES) mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, y el Ministro de Educación a propuesta de este último, para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de los gobiernos regionales; asimismo, el numeral 32.3 del referido artículo, establece que el Ministerio de Educación

aprueba, según corresponda, las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de las referidas intervenciones y acciones pedagógicas; Que, mediante Informe N° 00004-2019-MINEDU/ VMGP-DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 007-2019-MINEDUVMGP-DIGEBR-PELA, el mismo que fue complementado con los Informes N° 009-2019-MINEDU/VMGP-DIGEBRPELA y N° 012-2019-MINEDU/VMGP-DIGEBR-PELA, con los cuales sustenta la necesidad de aprobar la norma para la Contratación Administrativa de Servicios del personal de las intervenciones y acciones pedagógicas, en el marco de los Programas Presupuestales 0090, 0091, 0106, 0107, para el año 2019; señalando que han participado en la elaboración de la propuesta normativa las unidades orgánicas del Ministerio de Educación involucradas con las referidas intervenciones y acciones pedagógicas, cuyos puestos serán contratados en el marco de los Programas Presupuestales antes señalados; Que, la referida norma tiene por objetivo, orientar la adecuada y oportuna implementación del proceso de contratación administrativa de servicios; brindar los perfiles y características de los puestos que serán contratados en dicho proceso; y coadyuvar a garantizar que la selección del personal que prestará servicios bajo dicho régimen, se desarrolle de manera transparente y en igualdad de oportunidades; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 735-2018-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional; de la Secretaría de Planificación Estratégica; de la Dirección General de Educación Básica Regular; de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados; de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; de la Dirección General de Desarrollo Docente; de la Dirección General de Gestión Descentralizada; de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 735-2018-MINEDU y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Norma para la contratación administrativa de servicios del personal de las intervenciones y acciones pedagógicas, en el marco de los Programas Presupuestales 0090, 0091, 0106 y 0107, para el año 2019", la misma que como anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA HELFER LLERENA Viceministra de Gestión Pedagógica 1742343-1

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