Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2019 (19/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

Martes 19 de febrero de 2019 /

El Peruano

y Gestión de Inversiones aprobado por Resolución Directoral N° 001-2017-EF/63'01, señala que la Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI), son Unidades Ejecutoras presupuestales. Así mismo, pueden ser cualquier órgano o entidad sujeto al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, incluyendo a los programas creados por norma expresa en el ámbito de éstos, que no requieren necesariamente ser Unidades Ejecutoras presupuestales, pero que por su especialidad realizan las funciones de UEI establecidas por la normatividad de dicho Sistema. La Unidad Ejecutora de Inversiones es designada por el Órgano Resolutivo (OR) y registrada por la OPMI para cada inversión en el aplicativo informático del Banco de Inversiones junto con su responsable, mediante el Formato Nº 03: Registro de la Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones, de la presente Directiva; Que en el contexto mediante la Resolución Jefatural N° 151-2017-JNAC/RENIEC (10NOV2017), se designó como Unidad Ejecutora de Inversiones del Proyecto de Inversión Pública "Mejoramiento del Acceso a Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional", a la Gerencia General; y como responsable de dicha Unidad Ejecutora al señor Luis Alberto Bullón Salazar, Gerente General del Registro de Identificación y Estado Civil; Que posteriormente, mediante la Resolución Jefatural N° 162-2018/JNAC/RENIEC (31DIC2018), en el cargo de Gerente General del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil al señor Bernardo Juan Pachas Serrano a partir del 01 de enero de 2019; en consecuencia, corresponde modificar el extremo del Artículo Primero de la Resolución Jefatural N° 151-2017-JNAC/RENIEC que designa al señor Luis Alberto Bullón Salazar, como responsable de la Unidad Ejecutora de Inversiones del Proyecto de Inversión Pública "Mejoramiento del Acceso a Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional". Que mediante la Resolución Jefatural N° 15-2019/ JNAC/RENIEC (05FEB2019) se declara que el señor Bernardo Juan Pachas Serrano, en su calidad de Gerente General, asuma interinamente las funciones de Jefe Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil en tanto se designe al nuevo titular de la institución y este asuma las funciones que por ley le corresponden; y, Estando a lo opinado favorablemente por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el Reglamento de Organización y Funciones y la estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 732016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y modificatoria; y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el Artículo Primero de la Resolución Jefatural N° 151-2017-JNAC/RENIEC (10NOV2017), el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo Primero.- Designación de la Gerencia General como Unidad Ejecutora de Inversiones Designar como Unidad Ejecutora de Inversiones del Proyecto de Inversión Pública "Mejoramiento del Acceso a Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional", a la Gerencia General; y como responsable de dicha Unidad Ejecutora al Gerente General del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal institucional del RENIEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO Jefe Nacional (i) 1742087-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan viaje de funcionario a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 576-2019 Lima, 13 de febrero de 2019 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por el Ministerio de Relaciones Exteriores a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la Reunión del Grupo de Trabajo de Contraterrorismo (CTWG, por sus siglas en inglés) del Foro de Cooperación Económica Asia - Pacífico (APEC, por sus siglas en inglés), que se llevará a cabo del 25 al 26 de febrero de 2019 en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; CONSIDERANDO: Que, el Grupo de Trabajo de Contraterrorismo (CTWG, por sus siglas en inglés) del Foro de Cooperación Económica Asia - Pacífico (APEC, por sus siglas en inglés) fue creado con el objetivo de coordinar la implementación de las declaraciones y compromisos de los líderes sobre la lucha contra el terrorismo y la seguridad humana, ayudar a los miembros a identificar y evaluar las necesidades de lucha contra el terrorismo, coordinar programas de capacitación y asistencia técnica, cooperar con organizaciones internacionales y regionales y facilitar la cooperación entre los foros de APEC en temas de lucha contra el terrorismo; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), a través de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), participa activamente en las reuniones del CTWG del APEC; Que, en atención a la invitación cursada y por ser de interés de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar al señor Enzo Paolo Yampier Paredes Castañeda, Coordinador de Enlace y Cooperación del Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, para que participe en el citado evento, en su calidad de punto focal ante el CTWG del APEC; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-22, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, así como en el Decreto Supremo N° 0472002-PCM y en el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM,

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