Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2019 (24/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Domingo 24 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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Expediente Nº J-2018-00819 SANTIAGO - CUSCO - CUSCO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, once de setiembre de dos mil dieciocho. VISTOS la solicitud del 3 de setiembre de 2018 y el Oficio Nº 391-2018-SG/MDS, de fecha 5 de setiembre de 2018, presentados por los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Santiago, provincia y departamento de Cusco, mediante los cuales comunican las licencias, sin goce de haber, que le fueron concedidas al alcalde Franklin Isaac Sotomayor Apaza y los regidores Washington Valencia Huallparimachi, Nanci Vilca Maque y Tania Cardeña Zúniga. CONSIDERANDOS Cuestión previa: Acumulación de los Expedientes N° J-2018-00802 y N° J-2018-00819 1. El artículo 83 y siguientes del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, norma de aplicación supletoria a los procesos de suspensión sustanciados en esta instancia jurisdiccional, establecen la posibilidad de acumular procesos, en razón de la existencia de más de una pretensión y/o de más de dos personas, ante la conveniencia y oportunidad que derivan de la conexión de las pretensiones formuladas. 2. De la revisión de los actuados, se advierte una evidente vinculación entre los Expedientes N° J-201800802 y N° J-2018-00819, toda vez que en ambos se trata de solicitudes de licencia de las mismas autoridades del Concejo Distrital de Santiago, provincia y departamento de Cusco. 3. Así, atendiendo a los principios de economía y celeridad procesal, corresponde acumular los Expedientes N° J-2018-00802 y N° J-2018-00819, con el propósito de emitir un pronunciamiento único en dichas solicitudes. Sobre la solicitud de licencia del alcalde Franklin Isaac Sotomayor Apaza y los regidores Washington Valencia Huallparimachi, Nanci Vilca Maque y Tania Cardeña Zúniga 4. Mediante el Decreto Supremo N° 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 5. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 6. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 7. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución N° 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 8. Con fecha 7 de junio de 2018, Franklin Isaac Sotomayor Apaza, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago, con motivo de su participación en las Elecciones

Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo Municipal N° 078-2018-MDS, de fecha 22 de agosto del año en curso, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de dicho año. 9. Así también, los regidores Washington Valencia Huallparimachi y Tania Cardeña Zúniga, solicitaron licencia sin goce de haber en fecha 19 de junio de 2018, y Nanci Vilca Maque el 18 de junio del presente año; por lo que, mediante dicho acuerdo municipal les fue concedida la licencia sin goce de haber, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre del presente año. 10. En el presente caso, se aprecia que las autoridades presentaron su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como en aplicación supletoria del numeral 1 del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar a la primera regidora Luisa Loaiza Valencia, identificada con DNI N° 04825750, para que asuma inmediatamente las funciones de alcaldesa, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. 11. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a Mildred Brígida Lovatón Ramos, identificada con DNI N° 42259871 y a Alberth Luna Calancha, identificado con DNI N° 44841169, candidatos no proclamados por la organización política Partido Democrático Somos Perú; así como a los candidatos Luis Condori Orue, identificado con DNI N° 23939735, candidato no proclamado por la organización política Movimiento Regional Tawantinsuyo, así también, convocar a Nancy Candía Ccoto, identificada con DNI N° 23859906 candidata no proclamada por la organización política Kausachun Cusco, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Cusco, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- ACUMULAR los Expedientes N° J-2018-802 y N° J-2018-008019, de conformidad con los considerandos 1, 2 y 3 de la presente resolución. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Franklin Isaac Sotomayor Apaza, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago, provincia y departamento de Cusco, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a Washington Valencia Huallparimachi, Nanci Vilca Maque y Tania Cardeña Zúniga, regidores del Concejo Distrital de Santiago, provincia y departamento de Cusco, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Luisa Loaiza Valencia, identificada con DNI N° 04825750, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Santiago, provincia y departamento de Cusco, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Quinto.- CONVOCAR a Mildred Brígida Lovatón Ramos, identificada con DNI N° 42259871, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Santiago, provincia y departamento de Cusco, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Sexto.- CONVOCAR a Alberth Luna Calancha, identificado con DNI N° 44841169, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Santiago, provincia y departamento de Cusco, por el periodo comprendido entre el 7 de

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