Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2019 (24/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Domingo 24 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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Confirman acuerdo que rechazó recurso de reconsideración contra el Acuerdo de Concejo N° 051-2017-MPO, que rechazó pedido de vacancia de alcalde de la Municipalidad Provincial de Otuzco, departamento de La Libertad
RESOLUCIÓN N° 2915-2018-JNE Expediente N° J-2017-00228-A01 OTUZCO - LA LIBERTAD VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, once de setiembre de dos mil dieciocho. VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Humberto Chávarry Saavedra contra el Acuerdo de Concejo N° 066-2017-MPO, de fecha 17 de noviembre de 2017, que rechazó su recurso de reconsideración presentado en contra del Acuerdo de Concejo N° 051-2017-MPO, del 15 de setiembre del mismo año, que rechazó su pedido de vacancia presentado en contra de Luis Francisco Rodríguez Rodríguez, alcalde de la Municipalidad Provincial de Otuzco, por la causal de restricciones de contratación, establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y teniendo a la vista el Expediente N° J-2017-00228-T01. ANTECEDENTES Expediente N° J-2017-00228-T01 La solicitud de declaratoria de vacancia El 21 de junio de 2017 (fojas 1 a 13), Humberto Chávarry Saavedra presentó una solicitud de declaratoria de vacancia en contra de Luis Francisco Rodríguez Rodríguez, alcalde de la Municipalidad Provincial de Otuzco, departamento de La Libertad, por la causal de restricciones de contratación, establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), sobre la base de los siguientes fundamentos: - El 13 de febrero de 2015, representantes del Gobierno Regional de La Libertad y de la Municipalidad Provincial de Otuzco se comprometieron a realizar gestiones para la construcción de un hospital estratégico en Tupullo, sector El Porvenir de Otuzco. Dichas gestiones consistían en la adquisición, por parte de la referida municipalidad, de un terreno de 8 000 m2, ubicado en Tupullo, y la consiguiente donación del inmueble al Gobierno Regional de La Libertad, para la construcción del referido centro hospitalario. - Así, el alcalde de la precitada comuna, Luis Francisco Rodríguez Rodríguez, mediante Resolución de Alcaldía N° 439-2015-MPO-A, de fecha 10 de diciembre de 2015, aprobó el expediente de contratación para la "Adquisición de terreno para la construcción del Nuevo Hospital de Otuzco, distrito de Otuzco, provincia de Otuzco - La Libertad" de 8 000 m2, para el correspondiente procedimiento de licitación pública; asimismo, aprobó el valor referencial de la adquisición por el monto de S/ 450 000.00, incluido el IGV. - En diciembre de 2015, se aprobaron las bases de la Licitación Pública N° 007-2015-MPO/CE, en la cual no se establece el pago de adelantos de ningún tipo, sino un pago único. - El 12 de febrero de 2016, se adjudicó la buena pro a Julio Enrique Armas Rodríguez, quien integra una sociedad conyugal con Ana María Castro de Armas. - En virtud de dicha adjudicación, el 25 de febrero de 2016, Julio Enrique Armas Rodríguez, en representación de la sociedad conyugal conformada por él y su cónyuge Ana María Castro de Armas, y la Municipalidad Provincial de Otuzco, representada por Luis Rodríguez Rodríguez, celebraron el Contrato de Bienes N° 004-2016-MPO/LOG. Por este contrato la municipalidad adquiere el "3.316 % de

acciones y derechos de un terreno ubicado en el predio El Tupullo - sector El Porvenir, [...] área 22.1289 Has, por el monto S/ 450 000.00", en el que también se estableció que la entidad se obliga a pagar la contraprestación en pago único. - El contrato se formalizó mediante Escritura N° 178, de compraventa, de fecha 29 de abril de 2016, suscrita por "Julio Enrique Armas Rodríguez y la Municipalidad Provincial de Otuzco representada por Luis Rodríguez Rodríguez". En dicha escritura, el notario dio fe de que el abogado que autorizó la minuta es el regidor Kremers Antonio Villarreal Salirrosas. Así, el alcalde suscribió la escritura con pleno conocimiento de que el regidor "había asesorado al vendedor en todo el proceso de transferencia de la propiedad". - Por otro lado, a pesar de que en las bases de la Licitación Pública N° 007-2015-MPO/CE y en el contrato no estaba especificado, el alcalde otorgó un adelanto y, además, pagó la totalidad del valor del terreno sin que el propietario lo haya transferido. El ilegal pago se hizo de la siguiente manera: adelanto de S/ 310 000.00 mediante depósito bancario, el 23 de marzo de 2016; y por el pago total, también a través de depósito bancario, el 4 de abril de 2016. - El 19 y 22 de agosto de 2016, la Oficina Registral de Otuzco observó la inscripción de la compraventa de acciones y derechos, toda vez que no se contaba con el acuerdo del concejo municipal que apruebe la adquisición de dichas acciones y derechos, transgrediéndose, de ese modo, lo dispuesto en el artículo 58 de la LOM. - En razón de dicha observación, el 5 de octubre de 2016, se solicitó el desistimiento total de la rogatoria dándose, así, por concluido el procedimiento registral. Asimismo, el 18 de noviembre de 2016, mediante escritura pública autorizada por el regidor Kremers Antonio Villarreal Salirrosas, se resolvió el contrato de compraventa de acciones y derechos contenido en la Escritura N° 178. Para este efecto, en dicha escritura pública, se estipuló que la municipalidad devolvía el bien objeto de compraventa y, por su parte, los vendedores se comprometían al pago de los impuestos adeudados, quedando la suma pagada por el valor del precio a disposición de la municipalidad para la debida transferencia bancaria. Es decir, se devolvió el bien inmueble a sus propietarios, pero no el dinero que había sido dispuesto por el vendedor y que debió retornar al tesoro público. - Con la finalidad de regularizar la transferencia del bien, en sesión extraordinaria, de fecha 13 de diciembre de 2016, el concejo municipal aprobó la adquisición de 8 000 m2 de terreno para la construcción del hospital estratégico de Otuzco, así como la autorización al alcalde Luis Francisco Rodríguez Rodríguez para que suscriba la escritura pública de compraventa del precitado predio y autorizar la inscripción de este en la Partida Electrónica N° 11012783. Es así, que el 14 de diciembre de 2016, Luis Francisco Rodríguez Rodríguez, en representación de la Municipalidad Provincial de Otuzco, mediante Escritura N° 478, celebró un contrato de compraventa con Julio Enrique Armas Rodríguez y Ana María Castro de Armas, respecto del predio rústico denominado "Tupullo", de 8 000 m2, por un valor de S/ 450 000.00. En la escritura, se mencionó a los mismos vouchers de depósitos que constan en la Escritura N° 178, de fecha 29 de abril de 2016, a pesar de que esta fue anulada, el terreno fue devuelto y el pago realizado debió ser retornado al tesoro público. - Posteriormente, previa realización de gestiones referidas a la inscripción e independización del bien objeto de compraventa, en la sesión extraordinaria, de fecha 10 de febrero de 2017, el Concejo Provincial de Otuzco acordó, por unanimidad, aprobar la donación del terreno adquirido al Gobierno Regional de La Libertad. - Sostiene el solicitante que con los documentos que adjunta a su solicitud se acredita la existencia de un contrato de compraventa celebrado entre la Municipalidad Provincial de Otuzco y la mencionada sociedad conyugal. De esta manera se acredita el primer elemento de la causal de restricciones de contratación. - Sostiene, además, que valorados los hechos de manera conjunta, no se puede soslayar la existencia de graves irregularidades en el proceso de licitación. El

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