Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2019 (26/02/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Martes 26 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

19

CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 280-2018-PRODUCE, se designa al señor Juan Carlos Zavala De la Cruz en el cargo de Director de la Dirección de Ordenamiento de Productos Industriales y Fiscalizados de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, reservándose su plaza de carrera de la cual es titular, a la cual retornará al concluir la citada designación; Que, el señor Juan Carlos Zavala De la Cruz ha formulado renuncia al cargo citado en el considerando precedente, siendo necesario aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Juan Carlos Zavala De la Cruz al cargo de Director de la Dirección de Ordenamiento de Productos Industriales y Fiscalizados de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, quien retorna a su plaza de origen, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República la documentación relativa a las "Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas al crimen de agresión" adoptadas por la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma, en la ciudad de Kampala, República de Uganda, el 11 de junio de 2010. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1744481-3

Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al "Acuerdo entre la República del Perú y la República Argentina en materia de desastres"
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 035-2019-RE Lima, 23 de febrero de 2019 CONSIDERANDO:

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1744181-1

RELACIONES EXTERIORES
Remiten al Congreso de la República la documentación relativa a las "Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas al crimen de agresión"
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 034-2019-RE Lima, 23 de febrero de 2019 CONSIDERANDO: Que, las "Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas al crimen de agresión", fueron adoptadas por la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma, en la ciudad de Kampala, República de Uganda, el 11 de junio de 2010. Que, las referidas Enmiendas tienen como objeto y fin enmendar diversas disposiciones del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. En ese sentido, establecen una definición consensuada del crimen de agresión y las condiciones en las cuales la Corte Penal Internacional ejercerá su competencia sobre aquellos crímenes de agresión cometidos con posterioridad al 17 de julio de 2018. Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º incisos 1 y 2 y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú y el primer párrafo del artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano;

Que, el "Acuerdo entre la República del Perú y la República Argentina en materia de desastres" fue suscrito el 3 de noviembre de 2017, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina. Que, el referido Acuerdo tiene como objeto impulsar acciones conjuntas en materia de asistencia humanitaria y la gestión del riesgo de desastres, el cual incluye el diseño, la elaboración y la ejecución de programas, proyectos y planes conjuntos de contingencia, en caso de desastres, y la coordinación operativa ante posibles riesgos. Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º incisos 2 y 4, y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú y el primer párrafo del artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República la documentación relativa al "Acuerdo entre la República del Perú y la República Argentina en materia de desastres" suscrito el 3 de noviembre de 2017, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1744481-4

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.