Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2019 (26/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Martes 26 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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numeral 1) referido a la prestación obligatoria adicional al vencimiento del contrato de concesión del servicio integrado de limpieza pública, señala que "(...) Según adenda suscrita el 4 de setiembre de 2008, el inicio de las operaciones fue el 5 de setiembre de 2008, por lo que el Contrato antes citado venció el 4 de setiembre de 2018. Al respecto, se ha evidenciado que actualmente la CONCESIONARIA continúa con la prestación obligatoria por 180 días adicionales al vencimiento en virtud al contrato que vence el próximo 4 de marzo de 2019, sin embargo se ha evidenciado que en el PAC 2019 de la entidad no se ha considerado la contratación de este servicio, por lo que la entidad debería tomar las previsiones del caso a fin de asegurar el acceso universal al servicio de limpieza pública, proteger la salud de la población y calidad ambiental del distrito. Que, con Memorándum Nº 39-2019-SGLPAVGOSP/MM recibido el día 05 de febrero del 2019, la Subgerencia de Limpieza Pública y Áreas Verdes remitió a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial los Términos de Referencia para la Contratación Directa de los servicios de mantenimiento, conservación, tratamiento y limpieza de áreas verdes públicas en el distrito de Miraflores, así como para la contratación del servicio de limpieza pública en el distrito de Miraflores por un plazo de 240 días calendarios; Que, con Memorando Nº 25-2019.SGP-GPP/MM del 18 de febrero del 2019, la Subgerencia de Presupuesto formula la certificación presupuestal para el servicio de Limpieza Pública para el distrito de Miraflores y con Memorando Nº 27-2019-SGP-GPP/MM del 18 de febrero de 2019, la Subgerencia de Presupuesto formula la certificación presupuestal del servicio de Mantenimiento, Conservación y Limpieza de Áreas Verdes Públicas en el distrito de Miraflores; Que, mediante Informe Técnico Nº001-2019-SGLCPGAF/MM de fecha 19 de febrero de 2019, la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial con el visto bueno de la Gerencia de Administración y Finanzas sustenta técnicamente que la contratación directa por situación de desabastecimiento para contratar los servicios de Mantenimiento, Conservación, Tratamiento y Limpieza de Áreas Verdes Públicas en el Distrito de Miraflores y el Servicio de Limpieza Pública en el Distrito de Miraflores se encuentra enmarcado dentro de los supuestos establecidos por la normativa de contratación pública; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 040-2019-GAJ/MM de fecha 20 de febrero de 2019, concluye que de conformidad con el artículo 27º de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 100º del Reglamento de la Ley aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, así como con base en lo Informado por la Subgerencia de Limpieza Pública y Áreas Verdes a través de su Informe Nº 01-2019-SGLPAV-GOSP/ MM y el Memorándum Nº 36-2019-SGLPAV-GOSP/MM, y conforme a lo indicado y sustentado técnicamente por la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial contando con el visto bueno de la Gerencia de Administración y Finanzas en su Informe Técnico Nº 001-2019-SGLCP-GAF/MM, la entidad se encuentra en una situación de desabastecimiento inminente de los Servicios de Mantenimiento, Conservación, Tratamiento y Limpieza de Áreas Verdes Públicas en el Distrito de Miraflores y del Servicio de Limpieza Pública en el Distrito de Miraflores, dado que los plazos para efectuar la contratación de los mismos acorde a las necesidades de la entidad o efectuar el trámite de evaluación de una nueva propuesta de iniciativa privada, sobrepasa el plazo de ejecución de cierre operativo de los contratos de concesión en mención, por lo que al término de dicho plazo, en caso de no contar con una empresa que desarrolle dichas actividades, se vería inminentemente afectada la continuidad del servicio a cargo de la entidad, por lo que excepcionalmente la Municipalidad de Miraflores podrá contratar directamente con un determinado proveedor la prestación de los servicios (...) debiendo aprobar dicha contratación directa bajo situación de desabastecimiento de los citados servicios públicos con la finalidad de evitar la afectación en la continuidad de la prestación; Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 001-2019-GM/MM de fecha 19 de febrero de 2019 se acoge la recomendación del OCI y se aprobó la Modificación del Plan Anual de Contrataciones de la Municipalidad de Miraflores correspondiente al Ejercicio Fiscal 2019; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 41º de la Ley Orgánica de

Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por Unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero. - DECLARAR la situación de desabastecimiento de los Servicios de Mantenimiento, Conservación, Tratamiento y Limpieza de Áreas Verdes Públicas en el Distrito de Miraflores y del Servicio de Limpieza Pública en el Distrito de Miraflores. Artículo Segundo.- APROBAR la Contratación Directa de los Servicios de Mantenimiento, Conservación, Tratamiento y Limpieza de Áreas Verdes Públicas en el Distrito de Miraflores y del Servicio de Limpieza Pública en el Distrito de Miraflores, por la causal de desabastecimiento, por un periodo de hasta doscientos cuarenta (240) días calendario o hasta que se suscriba y se implemente el contrato definitivo derivado del concurso público que se convoque. Artículo Tercero.- DISPONER que la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, en cumplimiento de sus funciones asignadas en el Reglamento de Organización y Funciones de la entidad aprobado mediante Ordenanza Nº 475-MM y modificatorias, se encargue de la contratación directa de los servicios mencionados, conforme a lo dispuesto para dicha contratación en la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, así como de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF. Artículo Cuarto.- DISPONER de conformidad con el último párrafo del artículo 100º del Reglamento de la Ley Nº 30225 Ley de Contrataciones del Estado, la determinación de responsabilidades de corresponder respecto de los servidores de la Entidad por cuya actuación u omisión se ha configurado la causal de desabastecimiento de los Servicios de Mantenimiento, Conservación, Tratamiento y Limpieza de Áreas Verdes Públicas en el Distrito de Miraflores y del Servicio de Limpieza Pública en el Distrito de Miraflores, debiendo remitirse los documentos pertinentes a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la entidad. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el SEACE con sus respectivos informes, en el plazo legal establecido; así como encargar a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación del presente dispositivo en el Portal Institucional (www.miraflores.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS MOLINA ARLES Alcalde 1744252-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE MI PERU
Ratifican Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2019 del distrito
ORDENANZA Nº 021-MDMP Mi Perú, 30 de enero del 2019. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ POR CUANTO: VISTO: en Sesión Extraordinaria de la fecha, el Informe Nº 10-2019/MDMP-GSC y el Memorándum Nº 044-2019MDMP/GSC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y el Informe Nº 015-2019-MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece

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