Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2019 (26/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Martes 26 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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comuna para completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018. 29. En tal sentido, en virtud del artículo 24 de la LOM, corresponde convocar a Walmer Edilberto Bermeo Bermeo, identificado con DNI Nº 03209128, candidato no proclamado de la organización política Movimiento de Afirmación Social - Acción, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Huancabamba, por el periodo comprendido entre el 11 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Duber Rolando Mauriola Labán, y, en consecuencia, REVOCAR el Acuerdo de Concejo Nº 016-S.E. Nº 006-2018-MPH/CM, de fecha 6 de marzo de 2018, que declaró improcedente la solicitud de vacancia presentada en contra de Arminda Bermeo Torres, regidora del Concejo Provincial de Huancabamba, departamento de Piura, y, REFORMÁNDOLO, declarar la VACANCIA de la regidora Arminda Bermeo Torres por la causal de nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Arminda Bermeo Torres, regidora del Concejo Provincial de Huancabamba, departamento de Piura. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Paúl Francisco Calderón Labán, identificado con DNI Nº 43095034, para que asuma, a partir del 9 de octubre de 2018, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Huancabamba, departamento de Piura, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para tal efecto se le debe otorgar la respectiva credencial que lo acredita como tal. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Walmer Edilberto Bermeo Bermeo, identificado con DNI Nº 03209128, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Huancabamba, departamento de Piura, por el periodo comprendido entre el 11 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1744236-4

Sudario en contra del Acta se Sesión Extraordinaria, de fecha 29 de noviembre de 2017, que rechazó la solicitud de vacancia presentada contra Bernardo Albino Masgo, alcalde de la Municipalidad Distrital de Sillapata, provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco, por la causal de restricciones de contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; teniendo a la vista el Expediente Nº J-2016-01413-T01, y oídos los informes orales. ANTECEDENTES Trámite realizado en el Expediente Nº J-201700082-Q01 Gelacio Gilberto Machado Sudario, con fecha 22 de febrero de 2017 (fojas 1 a 3), presentó su queja ante este órgano electoral, por defecto de la tramitación de su solicitud de vacancia. Informó que, con fecha 28 de diciembre de 2016, solicitó a la Municipalidad Distrital de Sillapata la vacancia de Bernardo Albino Masgo, alcalde de la entidad edil antes mencionada, debido al incumplimiento de los plazos establecidos legalmente, así como la omisión del trámite del pedido de vacancia. En tal razón, adjuntó los siguientes medios probatorios: - Copia certificada de la solicitud de vacancia presentada ante la Municipalidad Distrital de Sillapata, provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco (fojas 5 a 15). - Copia certificada del Formulario de Identidad Nº 200021, perteneciente a Nimela Alvino Borja (fojas 18). - Copia certificada del Registro Electoral del Perú Nº 22744183, perteneciente a Nimela Alvino Borja (fojas 20). - Copia Certificada del acta de nacimiento de Nimela Albino Borja (fojas 21). - Copia certificada de del Formulario de Identidad Nº 2111636542, perteneciente a Bernardo Albino Masgo (fojas 22). - Copia certificada del Registro Electoral del Perú Nº 22743641, perteneciente a Bernardo Albino Masgo (fojas 23). - Copia certificada del Formulario de Identidad Nº 211168648, perteneciente a Isidoro Albino Masgo (fojas 25). - Copia certificada del Registro Electoral del Perú Nº 22743639, perteneciente a Isidoro Albino Masgo (fojas 26). - Oficio Nº 238-2016/TRANSPARENCIA, de fecha 7 de setiembre de 2016 (fojas 28), expedido por el Organismo Superior de las Contrataciones del Estado (en adelante, OSCE), dirigido al solicitante de la vacancia, mediante el cual informa sobre el registro del Reporte de Orden de Compra Nº 12-2015, contratado por la Municipalidad Distrital de Sillapata, provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco, proveedora Nimela Alvino Borja, con RUC Nº 10227441831. - Copia certificada del Reporte de Orden de Compra Nº 12-2015 (fojas 29). - Copia simple del Oficio Nº 3596-2016-EF/45.01, de fecha 3 de octubre de 2016 (fojas 30), expedido por el Ministerio de Economía y Finanzas, el cual adjunta Informe Nº 1044-2016-EF/44.03, que con el Reporte de SIAF Nº 146 u Orden de Compra Nº 12-2015, así como el comprobante de pago y la documentación que acredite la cancelación a la proveedora Nimela Alvino Borja, con RUC Nº 10227441831, realizado por la Municipalidad Distrital de Sillapata, provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco. Asimismo, en merito a lo expuesto, mediante Auto Nº 1, del 22 de mayo de 2017 (fojas 79 a 82), el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones declaró fundada la queja presentada por Gelacio Gilberto Machado Sudario. Trámite realizado en el Expediente Nº J-201700082-A01 Respecto a la solicitud de declaratoria de vacancia Con fecha 28 de diciembre de 2016, Gelacio Gilberto Machado Sudario solicitó, a la Municipalidad Distrital de

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora del Concejo Distrital de Sillapata, provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco
RESOLUCIÓN Nº 2928-2018-JNE Expediente Nº J-2017-00082-A01 SILLAPATA - DOS DE MAYO - HUÁNUCO VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, once de setiembre de dos mil dieciocho VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Gelacio Gilberto Machado

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