Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2019 (06/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Jueves 6 de junio de 2019 /

El Peruano

Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Martha Isabel Taipe Rodríguez, con matrícula número N-4802, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1775791-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 2356-2019

Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1775812-1

Autorizan al Banco de la Nación el traslado de agencias ubicadas en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 2363-2019 Lima, 27 de mayo de 2019 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA

Lima, 27 de mayo de 2019 VISTA: EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor José Luis Aspillaga Domínguez para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 808-2019 se aprueba el Reglamento del Registro y se deroga parcialmente el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 1797-2011 y normas modificatorias; estableciéndose asimismo, en el Artículo Cuarto de la Resolución SBS N° 808-2019, que a los procesos de inscripción en curso a la fecha de entrada en vigencia de dicha norma, se les seguirá aplicando las disposiciones del Reglamento aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011; Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011, establece los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro respectivo; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 27 de marzo de 2019, ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor José Luis Aspillaga Domínguez postulante a Corredor de Seguros Generales y de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 16782018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor José Luis Aspillaga Domínguez, con matrícula número N-4801, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que esta Superintendencia autorice el traslado tres (03) agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "E"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1678-2018 y Resolución Administrativa N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación el traslado de tres (03) agencias, según el siguiente detalle:
Nombre La Punta Dirección actual Dirección nueva Distrito Provincia Departamento Islay Arequipa

Centro Poblado La La Av. San Martin Punta de Bombón Mz. Punta de N° 147 T1, Lote 4 Bombón Jr. Ayacucho Mz N Lt N° 5 Calle Comercio (Panamericana Sur) Calla Ayacucho Mz. Z Lote 8 Zona B, Centro Caravelí Poblado Caravelí Tradicional Centro Poblado Pueblo Tradicional de Chala Mz. 22 Lote 19-A Chala

Caravelí

Caravelí

Arequipa

Chala

Caravelí

Arequipa

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1774824-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Ordenanza Regional que ratifica Plan Regional de Seguridad Ciudadana - 2019
ORDENANZA REGIONAL Nº 407-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa

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