Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2019 (07/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

Viernes 7 de junio de 2019 /

El Peruano
En Soles

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas FLOR AIDEÉ PABLO MEDINA Ministra de Educación 1776984-1

: Gobierno Central 010 : Ministerio de Educación 026 : Programa Educación Básica para Todos CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular PRODUCTO 3000388 : Evaluación de los Aprendizajes y de la Calidad Educativa ACTIVIDAD 5000244 : Evaluación Censal De Estudiantes FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias ACTIVIDAD 1 : Recursos Ordinarios 56 317 778,00

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática
DECRETO SUPREMO N° 172-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el párrafo 39.1 del artículo 39 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), para el financiamiento de la aplicación de la evaluación en materia educativa; disponiéndose adicionalmente que las modificaciones presupuestarias, previa suscripción de convenio, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Educación, a solicitud de esta última; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante el Informe Nº 00512-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles, para financiar la ejecución de la Evaluación Censal de Estudiantes 2019 y la Evaluación Muestral 2019 en el marco del Convenio N° 071-2019-MINEDU; en virtud de lo cual, con Oficio N° 140-2019-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a una transferencia de partidas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, del pliego 010: Ministerio de Educación, hasta por la suma de S/ 87 383 012,00 (OCHENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOCE Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática para el financiamiento de lo señalado en el considerando precedente; De conformidad con lo establecido en el párrafo 39.1 del artículo 39 de la Ley Nº 30879; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, del pliego 010: Ministerio de Educación, hasta por la suma de S/ 87 383 012,00 (OCHENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOCE Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática para financiar la ejecución de la Evaluación Censal de Estudiantes 2019 y la Evaluación Muestral 2019 en el marco del Convenio N° 071-2019-MINEDU, de acuerdo al siguiente detalle:

5000252 : Evaluación Muestral Nacional 1 : Recursos Ordinarios 31 065 234,00 ------------------87 383 012,00 =========== En Soles

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias

TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO

: Gobierno Central 002 : Instituto Nacional de Estadística e Informática UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Estadística e Informática CATEGORÍA PRESUPUESTARÍA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5001975 : Encuesta Educativa 1 : Recursos Ordinarios 87 380 012,00 3 000,00 ------------------87 383 012,00 ===========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 2.5 Otros Gastos

TOTAL EGRESOS

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos, habilitador y habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de este Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para elaborar las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de esta norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

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