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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2019 (07/06/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Viernes 7 de junio de 2019 El Peruano / de Justicia y Derechos Humanos, que tiene por fi nalidad defi nir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como de fi nir su estructura orgánica hasta el tercer nivel; Que, con Resolución Ministerial Nº 0007-2019-JUS, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 0026-2019-JUS, se delegó facultades en el (la) Viceministro (a) de Justicia, Viceministro (a) de Derechos Humanos, Secretario (a) General, Jefe (a) de la O fi cina General de Administración, Jefe (a) de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y en el (la) Jefe (a) de la Ofi cina General de Recursos Humanos; Que, el literal c) del numeral 2.3 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0007-2019-JUS, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 0026-2019-JUS, delegó en el Secretario General la facultad de suscribir la documentación correspondiente a la información contable trimestral, semestral y anual que deba ser presentada a la Dirección General de Contabilidad Pública, de conformidad a lo dispuesto en el Texto Ordenado de la Directiva Nº 003-2016-EF-51.01 “Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria con Periodicidad Mensual, Trimestral y Semestral por las Entidades Gubernamentales del Estado” actualizado, aprobado por Resolución Directoral Nº 004-2018-EF/51.01 o normas que la modi fi quen o sustituyan; Que, no obstante, mediante Resolución Directoral Nº 008-2019-EF/51.01, de la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, se aprobó la Directiva Nº 002-2019-EF/51.01, “Lineamientos para la elaboración y presentación de la información fi nanciera y presupuestaria mensual, trimestral y semestral de las entidades públicas y otras formas organizativas no fi nancieras que administren recursos públicos”, derogando el Texto Ordenado de la Directiva Nº 003-2016-EF-51.01 “Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria con Periodicidad Mensual, Trimestral y Semestral por las Entidades Gubernamentales del Estado”, por lo que corresponde actualizar la delegación de facultades prevista en el literal c) del numeral 2.3 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0007-2019-JUS; Que, de otro lado, en el marco de la Ley Nº 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 096-2018-EF, corresponde al Poder Ejecutivo implementar medidas de veeduría sobre la información económica, contable y fi nanciera de las personas comprendidas en las secciones I, II y III de la mencionada Ley, por lo que corresponde modi fi car el numeral 2.5 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0007-2019-JUS; Con el visado de la Secretaría General; de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la O fi cina General de Administración; de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, en señal de conformidad; De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos; el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 096-2018-EF, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 30737; y, la Resolución Directoral Nº 008-2019-EF/51.01, de la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, que aprueba la Directiva Nº 002-2019-EF/51.01, “Lineamientos para la elaboración y presentación de la información fi nanciera y presupuestaria mensual, trimestral y semestral de las Entidades Públicas y otras formas organizativas no fi nancieras que administren recursos públicos”;SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car las facultades delegadas en el (la) Secretario (a) General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante el literal c) del numeral 2.3, y numeral 2.5 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0007-2019-JUS, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “(...) 2.3 EN MATERIA CONTABLE, PRESUPUESTAL Y DE INVERSION PÚBLICA (...) c) Suscribir toda la documentación que la Directiva Nº 002-2019-EF/51.01 “Lineamientos para la elaboración y presentación de la información fi nanciera y presupuestaria mensual, trimestral y semestral de las entidades públicas y otras formas organizativas no fi nancieras que administren recursos públicos”, aprobada por Resolución Directoral Nº 008-2019-EF/51.01 de la Dirección General de Contabilidad Pública, haya reservado al Titular de la entidad, observando las formalidades previstas para su presentación y/o remisión según corresponda.” “(...) 2.5 EN MATERIA DE FIDEICOMISO a) Suscribir las adendas al Contrato de Fideicomiso de Retención y Reparación —FIRR, así como todos los documentos preparatorios necesarios para su formalización, incluyendo aquellos documentos preparatorios, de aclaración, perfeccionamiento o inscripción en el respectivo Registro Público, cuando corresponda. Asimismo, la suscripción de toda documentación y contrato conexo necesarios para cumplir los fi nes y objetivos del Contrato de Fideicomiso de Retención y Reparación — FIRR suscrito con el Banco de la Nación. b) Suscribir el Contrato de Fideicomiso en Garantía que coadyuve al pago de la reparación civil — FGCRC, incluyendo aquellos documentos preparatorios, de aclaración, de modi fi cación, perfeccionamiento o inscripción en el respectivo Registro Público, cuando corresponda. Asimismo, la suscripción de toda documentación y contrato conexo necesarios para cumplir sus fi nes y objetivos. c) Suscribir el Contrato de Fideicomiso de Garantía — FDG, incluyendo aquellos documentos preparatorios, de aclaración, de modi fi cación, perfeccionamiento o inscripción en el respectivo Registro Público, cuando corresponda. Asimismo, la suscripción de toda documentación y contrato conexo necesarios para cumplir sus fi nes y objetivos.” Artículo 2.- Mantener subsistentes los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 0007-2019-JUS, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 0026-2019- JUS. Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4.- Notifíquese la presente Resolución Ministerial a la Secretaría General, a los Directores Generales y Jefes de todos los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para conocimiento, cumplimiento y difusión. Artículo 5.- Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1776893-1