Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2019 (07/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Viernes 7 de junio de 2019

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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de Justicia y Derechos Humanos, que tiene por finalidad definir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como definir su estructura orgánica hasta el tercer nivel; Que, con Resolución Ministerial Nº 0007-2019-JUS, modificada por Resolución Ministerial Nº 0026-2019-JUS, se delegó facultades en el (la) Viceministro (a) de Justicia, Viceministro (a) de Derechos Humanos, Secretario (a) General, Jefe (a) de la Oficina General de Administración, Jefe (a) de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y en el (la) Jefe (a) de la Oficina General de Recursos Humanos; Que, el literal c) del numeral 2.3 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0007-2019-JUS, modificada por Resolución Ministerial Nº 0026-2019-JUS, delegó en el Secretario General la facultad de suscribir la documentación correspondiente a la información contable trimestral, semestral y anual que deba ser presentada a la Dirección General de Contabilidad Pública, de conformidad a lo dispuesto en el Texto Ordenado de la Directiva Nº 003-2016-EF-51.01 "Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria con Periodicidad Mensual, Trimestral y Semestral por las Entidades Gubernamentales del Estado" actualizado, aprobado por Resolución Directoral Nº 004-2018-EF/51.01 o normas que la modifiquen o sustituyan; Que, no obstante, mediante Resolución Directoral Nº 008-2019-EF/51.01, de la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, se aprobó la Directiva Nº 002-2019-EF/51.01, "Lineamientos para la elaboración y presentación de la información financiera y presupuestaria mensual, trimestral y semestral de las entidades públicas y otras formas organizativas no financieras que administren recursos públicos", derogando el Texto Ordenado de la Directiva Nº 003-2016-EF-51.01 "Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria con Periodicidad Mensual, Trimestral y Semestral por las Entidades Gubernamentales del Estado", por lo que corresponde actualizar la delegación de facultades prevista en el literal c) del numeral 2.3 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0007-2019-JUS; Que, de otro lado, en el marco de la Ley Nº 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 096-2018-EF, corresponde al Poder Ejecutivo implementar medidas de veeduría sobre la información económica, contable y financiera de las personas comprendidas en las secciones I, II y III de la mencionada Ley, por lo que corresponde modificar el numeral 2.5 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0007-2019-JUS; Con el visado de la Secretaría General; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Oficina General de Administración; de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en señal de conformidad; De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos; el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 096-2018-EF, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 30737; y, la Resolución Directoral Nº 0082019-EF/51.01, de la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, que aprueba la Directiva Nº 002-2019-EF/51.01, "Lineamientos para la elaboración y presentación de la información financiera y presupuestaria mensual, trimestral y semestral de las Entidades Públicas y otras formas organizativas no financieras que administren recursos públicos";

Artículo 1.- Modificar las facultades delegadas en el (la) Secretario (a) General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante el literal c) del numeral 2.3, y numeral 2.5 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0007-2019-JUS, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "(...) 2.3 EN MATERIA CONTABLE, PRESUPUESTAL Y DE INVERSION PÚBLICA (...) c) Suscribir toda la documentación que la Directiva Nº 002-2019-EF/51.01 "Lineamientos para la elaboración y presentación de la información financiera y presupuestaria mensual, trimestral y semestral de las entidades públicas y otras formas organizativas no financieras que administren recursos públicos", aprobada por Resolución Directoral Nº 008-2019EF/51.01 de la Dirección General de Contabilidad Pública, haya reservado al Titular de la entidad, observando las formalidades previstas para su presentación y/o remisión según corresponda." "(...) 2.5 EN MATERIA DE FIDEICOMISO a) Suscribir las adendas al Contrato de Fideicomiso de Retención y Reparación --FIRR, así como todos los documentos preparatorios necesarios para su formalización, incluyendo aquellos documentos preparatorios, de aclaración, perfeccionamiento o inscripción en el respectivo Registro Público, cuando corresponda. Asimismo, la suscripción de toda documentación y contrato conexo necesarios para cumplir los fines y objetivos del Contrato de Fideicomiso de Retención y Reparación -- FIRR suscrito con el Banco de la Nación. b) Suscribir el Contrato de Fideicomiso en Garantía que coadyuve al pago de la reparación civil -- FGCRC, incluyendo aquellos documentos preparatorios, de aclaración, de modificación, perfeccionamiento o inscripción en el respectivo Registro Público, cuando corresponda. Asimismo, la suscripción de toda documentación y contrato conexo necesarios para cumplir sus fines y objetivos. c) Suscribir el Contrato de Fideicomiso de Garantía -- FDG, incluyendo aquellos documentos preparatorios, de aclaración, de modificación, perfeccionamiento o inscripción en el respectivo Registro Público, cuando corresponda. Asimismo, la suscripción de toda documentación y contrato conexo necesarios para cumplir sus fines y objetivos." Artículo 2.- Mantener subsistentes los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 0007-2019-JUS, modificada por la Resolución Ministerial Nº 0026-2019JUS. Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4.- Notifíquese la presente Resolución Ministerial a la Secretaría General, a los Directores Generales y Jefes de todos los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para conocimiento, cumplimiento y difusión. Artículo 5.- Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1776893-1

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