Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2019 (20/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Jueves 20 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros 1780974-2

En Lima, a los cuatro días del mes de junio de dos mil diecinueve. DANIEL SALAVERRY VILLA Presidente del Congreso de la República LEYLA CHIHUÁN RAMOS Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

LEY Nº 30968
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros 1780974-3

LEY QUE PROMUEVE LA CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA A TRAVÉS DE LOS GOBIERNOS LOCALES
Artículo único. Modificación del artículo 82 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades Modifícase el artículo 82 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el siguiente texto: "Artículo 82. Educación, ciencia, tecnología, innovación tecnológica, cultura, deportes y recreación Las municipalidades, en materia de educación, ciencia, tecnología, innovación tecnológica, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno nacional y el gobierno regional las siguientes: [...] 21. Promover, desarrollar e implementar proyectos y actividades, a nivel piloto, sobre la base de los resultados de la investigación científica, tecnológica e innovación tecnológica, realizada por estudiantes de educación básica regular, educación superior no universitaria o educación universitaria, garantizando su posterior difusión, con la finalidad de incentivar la creatividad, la competitividad y la producción de nuevos bienes y servicios. 22. Promover y participar activamente en la generación de alianzas estratégicas y mecanismos de cooperación con entidades públicas y privadas, y organismos internacionales especializados en ciencia, tecnología e innovación tecnológica, con la finalidad de desarrollar y poner en valor los diseños, inventos, adaptaciones tecnológicas, a nivel piloto, desarrollados por los estudiantes de educación básica regular, educación superior no universitaria o educación universitaria. 23. Promover e impulsar proyectos y actividades de innovación tecnológica e introducción de nuevas tecnologías en el proceso productivo de bienes y servicios de la micro y pequeña empresa, con la finalidad de contribuir con el desarrollo local sostenible. [...]". Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

LEY Nº 30969
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA LA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA QUINTA DE LA LEY 30916, LEY ORGÁNICA DE LA JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA
Artículo único. Modificación de la disposición complementaria transitoria quinta de la Ley 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia Modifícase la disposición complementaria transitoria quinta de la Ley 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, quedando redactada de la siguiente manera: "DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS [...] QUINTA. Plazo para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia Para la primera elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia, la Comisión Especial debe elegir a los miembros de la Junta Nacional de Justicia en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario desde su instalación, vencido dicho plazo, se extenderá hasta ciento ochenta (180) días calendario. [...]". Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil diecinueve. DANIEL SALAVERRY VILLA Presidente del Congreso de la República LEYLA CHIHUÁN RAMOS Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

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