Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2019 (20/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Jueves 20 de junio de 2019
A LA: Nº UBIGEO PLIEGO CÓDIGO ÚNICO

NORMAS LEGALES

15
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3. RECURSOS POR 1. RECURSOS OPERACIONES TOTAL ORDINARIOS OFICIALES DE CRÉDITO 1,800,000 1,800,000

PROYECTOS DE INVERSION

1

2

3

4

5

6

7

MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL SECTOR ESTE 2187709 DEL CENTRO POBLADO PUCCHUN, DISTRITO DE MARISCAL CACERES, PROVINCIA DE CAMANA - AREQUIPA MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA UNIDAD DE MUNICIPALIDAD 131202 2285008 MAQUINARIA Y EQUIPOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAO, DISTRITAL DE CHAO DISTRITO DE CHAO - VIRU - LA LIBERTAD INSTALACION DE MURO DE CONTENCION EN LA CALLE LOS OLIVOS, MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ADYACENTE AL AREA RECREACIONAL PUBLICA DE LA 4TA ZONA DEL 150118 2291962 LURIGANCHO ASENTAMIENTO HUMANO LA RINCONADA DEL BOSQUE YANACOTO (CHOSICA) LURIGANCHO, DISTRITO DE LURIGANCHO - LIMA - LIMA MUNICIPALIDAD MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL PARA LOS 150510 DISTRITAL DE NUEVO 2312038 SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DE NUEVO IMPERIAL, IMPERIAL DISTRITO DE NUEVO IMPERIAL - CAÑETE - LIMA MUNICIPALIDAD CREACION DE SERVICIOS DE PROTECCIÓN FRENTE A DESLIZAMIENTOS DISTRITAL DE EN LA CALLE LOS CEDROS DE LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA EL HUERTO 150118 2340057 DE NIEVERÍA 2DA Y 3RA ETAPA LURIGANCHO, DISTRITO DE LURIGANCHO LURIGANCHO (CHOSICA) - LIMA - LIMA CREACION DE SERVICIOS DE PROTECCIÓN FRENTE A DESLIZAMIENTOS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EN LA ASOCIACIÓN DE POBLADORES DEL ASENTAMIENTO HUMANO 150118 2340398 LURIGANCHO VIOLETA CORREA DE BELAUNDE DE CAJAMARQUILLA LURIGANCHO, (CHOSICA) DISTRITO DE LURIGANCHO - LIMA - LIMA MUNICIPALIDAD CREACION DE SERVICIOS DE PROTECCION FRENTE A DESLIZAMIENTOS DISTRITAL DE 150118 2340822 EN EL ASENTAMIENTO HUMANO CASA HUERTA LA CAMPIÑA SECTOR B LURIGANCHO LURIGANCHO, DISTRITO DE LURIGANCHO - LIMA - LIMA (CHOSICA) TOTAL

MUNICIPALIDAD 040204 DISTRITAL DE MARISCAL CACERES

1,895,459

-

1,895,459

163,531

-

163,531

390,383

-

390,383

975,541

-

975,541

-

2,927,132

2,927,132

687,390 4,112,304

4,727,132

687,390 8,839,436

ANEXO 2 INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO
CLASIFICADOR DE INGRESOS 1.8.2 2.1 1 TOTAL CONCEPTO BONOS DEL TESORO PÚBLICO IMPORTE S/ 4,727,132 4,727,132

1780974-5

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que ratifica procedimientos administrativos de las entidades del Poder Ejecutivo como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa
DECRETO SUPREMO Nº 117-2019-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la mejora de la calidad regulatoria es un proceso integral, permanente y continuo a través del cual el Poder Ejecutivo decide usar la regulación como un instrumento para alcanzar un objetivo de política pública, adoptando la decisión de regular basado en evidencia con la finalidad de promover la eficiencia y eficacia gubernamental en todos sus ámbitos y fomentar una cultura de servicio al ciudadano; Que, la mejora de la calidad regulatoria incrementa la eficiencia del marco normativo a través del análisis de

los posibles impactos de la regulación, la disminución de los requisitos, costos y tiempo en que incurren los administrados generando impactos positivos en la inversión, competitividad y productividad; Que, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) recomienda al Estado peruano implementar el análisis de impacto regulatorio; así como, realizar una revisión del stock normativo como parte de los esfuerzos de simplificación administrativa con la finalidad de identificar y reducir cargas administrativas en el marco de una política de calidad regulatoria alineada a los estándares internacionales; Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1448, Decreto Legislativo que modifica el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1310 que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa y perfecciona el marco institucional y los instrumentos que rigen el proceso de mejora de calidad regulatoria, dispone que las entidades del Poder Ejecutivo lleven a cabo un Análisis de Calidad Regulatoria de todos sus procedimientos administrativos establecidos en disposiciones normativas de alcance general, con excepción de aquellos contenidos en leyes o normas con rango de ley, a fin de identificar, eliminar y/o simplificar aquellos que resulten innecesarios, ineficaces, injustificados, desproporcionados, redundantes o no se encuentren adecuados a la Ley del Procedimiento Administrativo General o a las normas con rango de ley que les sirven de sustento; Que, el referido Decreto Legislativo N° 1310 permite una revisión sistemática e integral de los procedimientos administrativos que constituyen el stock en el Poder Ejecutivo y que concluido el proceso se obtiene una línea base para continuar simplificando y reduciendo cargas administrativas y generar prácticas en las entidades públicas orientadas a no crear trámites innecesarios;

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